Teniendo en cuenta el auge de estas actividades en redes sociales durante los últimos meses, en las que se destacan los famosos ‘Giveaways’, sorteos, concursos y actividades promocionales, Coljuegos destacó que la norma es explícita en afirmar que las personas como influenciadores o empresas, que pretendan organizar y operar juegos como estos, deben solicitar y obtener el respectivo permiso, siempre y cuando el juego sea de carácter nacional.
“Están optando por un juego promocional y deben solicitar, según lo establecido en la norma, un permiso previo de las autoridades competentes. De acuerdo con el decreto 1068 de 2015, se entiende como juego promocional de carácter nacional cuando el mismo se opera en la jurisdicción de dos o más departamentos”, dijo John Jairo Altamiranda, vicepresidente comercial de la entidad.
Coljuegos advirtió, además, que las personas o empresas que realicen estos juegos sin la respectiva autorización están sujetas a sanciones y multas de hasta 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilidad para operar y realizar nuevas actividades y juegos promocionales por cinco años.
“Las sanciones a imponer son sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar, de las sanciones administrativas y aduaneras que impongan las autoridades competentes o de la responsabilidad fiscal”, agregó.
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Cabe recordar que los dineros que son recaudados por los juegos promocionales, como en este caso se encasillan los ‘Giveaways’, tienen como destino la financiación de los servicios de salud en Colombia.
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