Alejandro Gómez, abogado experto en derecho laboral, explicó en BLU Al Derecho de BLU Radio en qué consiste el teletrabajo y cómo funciona en el país.
“El teletrabajo es una modalidad de trabajo que se encuentra regulada en la ley 1221 de 2008, la cual dice que es una forma de organización laboral que no requiere la presencia física del trabajador en las instalaciones de la empresa”, dijo.
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Explicó que, en cambio de la presencia del empleado, la empresa y el empleador utilizan medios tecnológicos y de comunicación como las TIC.
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El teletrabajo, según lo manifestó Gómez, se clasifica en tres grandes grupos:
-La modalidad autónoma: En esta el trabajador presta sus servicios en su domicilio o en otro lugar escogido por él, pero por fuera de la empresa.
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-La modalidad móvil: En esta el teletrabajador no tiene un lugar establecido de trabajo y utiliza para ello las tecnologías de la información y comunicación en dispositivos móviles. Aquí el empleado utiliza su celular para realizar sus funciones.
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-La modalidad suplementaria: En esta se le permite al trabajador prestar sus servicios dos o tres días desde su domicilio y los otros días dentro de la empresa o compañía.
Asimismo, precisó que para que la ley reconozca el teletrabajo, es necesario que el empleado labore como mínimo dos días de la semana por fuera de las instalaciones de la compañía.
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Finalmente, mencionó que en el teletrabajo no aplican las horas extra, trabajo dominical y festivos o recargos nocturnos.
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Escuche la entrevista completa en el audio adjunto.
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