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Médico de Medellín que malinterpretó examen de esperma, obligado a pagar manutención de bebé nacida

El fallo, de primera instancia, castiga a un especialista en obstetricia que hizo una lectura errónea de un examen de espermograma de un paciente que se sometió a una vasectomía.

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Embarazo, foto de referencia / SrdjanPav/Getty Images

La decisión del juez séptimo del circuito de Medellín Diego Naranjo Úsuga abre una discusión ética y legal sobre la responsabilidad de los médicos cuando sus decisiones cusan perjuicios morales e inmateriales a sus pacientes.

El caso puntual corresponde a un paciente de la liquidada EPS Saludcoop que se sometió a una vasectomía como método de planificación, pero el médico tratante dio por exitoso el procedimiento cuando en realidad el examen de esperma indicaba todo lo contrario.

“Fruto de esa conclusión inopinada no recomendó al paciente seguir utilizando métodos anticonceptivos para evitar el riesgo de embarazo”, indicó el juez al demostrar que el médico actuó de manera culposa.

“Al quedar probado que los padres no querían procrear más hijos, se concluyó que hubo una afectación a sus proyectos de vida que repercutió en el campo inmaterial”, continua el fallo.

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Además, el juez analizó perjuicios tales como el daño moral y el desasosiego respecto a la obligación alimentaria, “más aún cuando existía una situación económica precaria por las patologías del padre que le impedían actualmente trabajar”.

El juez también sumó el daño a la vida de relación de pareja, porque con la concepción no planeada los afectados no pueden desarrollar actividades diarias de la misma manera en que las ejecutaban antes, al tener que emplear ahora su tiempo en la crianza y cuidado del menor.

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Asimismo, el juez agregó que hubo “un daño en el ejercicio de su sexualidad y libertad reproductiva”, pues la lectura errada del espermograma y la materialización del riesgo que produjo un daño en el ejercicio de su sexualidad y libertad reproductiva.

Por esas razones, el juez séptimo del circuito de Medellín condenó al médico Pablo Fernando Salgado y a la EPS Saludcoop, que está en liquidación, a pagar la manutención de la recién nacida hasta que cumpla 18 años de edad.

En consecuencia, las partes demandadas deberán pagar 80 salarios mínimos legales ($92.800.000) por perjuicios morales y daños a la vida, más 143 millones de pesos por daños emergentes (manutención) y casi 60 millones de pesos más para cubrir los costos de la demanda.

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