“El derecho de la propiedad intelectual está supremamente regulado en Colombia siguiendo directrices internacionales y se divide en dos grandes ramas: propiedad industrial y derecho de autor”, expresó.
Sobre el caso de plagio de la periodista del diario El Colombiano Diana Carolina Jiménez, que sus escritos coincidían con un artículo del periódico estadounidense The New York Times, se refiere específicamente al derecho de autor.
“El plagio es presentar como propio algo que hizo un tercero. Es decir, que el derecho de autor no protege las ideas sino el estilo con el que cada persona plasma su idea”, añadió.
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¿Repetir una noticia es plagio?
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En cuanto a la noticia dijo que “como no se está hablando de hechos de ficción sino de algo real no se puede hablar de plagio en ella, pero sí en el estilo en que se muestra y se publica”. Es decir, que el hecho como tal no lo es, pues es de conocimiento de una masa de personas, pero varía en la forma como se muestra, se transcribe y se publica, eso es lo que la ley protege.
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¿Cómo citar?
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“La cita implica transcribir un pedazo de otra obra en la propia para efectos de sustentación o explicación, pero se debe nombrar adecuadamente la fuente de dónde se extrajó”, agregó el experto.
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Cuando alguien toma como suyo un texto cambiándole algunas palabras, pero manteniendo la idea, aseveró, “se puede decir que se incurre en plagio simulado porque la ley protege el estilo con que una persona presenta sus ideas”.
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Las penas
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En cuanto a las sanciones penales y económicas, Márquez explicó que dentro de la ley se establece que los delitos solo se pueden cometer a manera de dolo, es decir solo con la intención manifiesta de hacer el daño.
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“Hay sanciones de privación de libertad y multas económicas dependiendo del grado de plagio que se comete y las entidades que son víctimas de ello”, finalizó.