Una grave calamidad doméstica es algo para lo que nadie está preparado, pues son hechos que suceden de forma inesperada en un día cotidiano. La licencia remunerada le da potestad a un trabajador tanto del sector público como privado de ausentarse en caso de presentar un problema inesperado que lo involucre, sea familiar o personal.
Segúnlo establece el artículo 57 numeral 6 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) , indica que, todo empleado tiene derecho a esta licencia. Sin embargo, la norma no indica cuánto días de licencia remunerada recibe.
Estos son los días de licencia remunerada por grave calamidad doméstica
La ley 1280 de 2009, que adicionó el numeral 10 al artículo 57 indicó que en caso de “luto” del trabajador, tendrá derecho a 5 días hábiles de licencia remunerada por grave calamidad. Siendo el tiempo que es más usado por los empleadores.
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Existen otras dos normas establecidas y validas durante elecciones, en especial para trabajadores que participen en la jornada electoral: artículo 3 de la Ley 403 de 1997, dice que el votante tiene derecho a medio día de descanso. Mientras que, el jurado de votación, según el inciso tercero del artículo 105 del Código Electoral tiene un día compensatorio.
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