El Tribunal Superior de Cundinamarca concedió el permiso de trabajo como modelo webcam a una mujer condenada a cuatro años y medio de prisión por tráfico de estupefacientes.
En 2016, la mujer fue condenada a 56 meses de prisión, pero se le concedió la casa por cárcel. En ese momento el juzgado 14 de ejecución de penas y medidas de seguridad negó el permiso de trabajo.
La Procuraduría señaló que no sería posible garantizar el control y vigilancia por parte del INPEC y establecer el tipo y las condiciones de trabajo que adelantaría pues por tratarse contenido sexual podría vulnerar el derecho a la intimidad de la condenada y de sus clientes.
El Tribunal de Cundinamarca consideró que un juez puede autorizar al condenado a trabajar y estudiar fuera de lugar de residencia y que se debe cumplir mediante vigilancia electrónica.
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Señaló que “la intención es trabajar para mejorar su situación económica pues según su dicho, debe hacerse cargo de su hijo”.
En la sentencia se lee que la mujer cumple con los requisitos para conseguir ese permiso pues se establece un lugar específico en donde desempañar a las funciones y el horario que tendrá.
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Manifestó que “no se encuentra que haya hecho ninguna referencia específica a una labor como prostituta” y que se le concederá el permiso para trabajar como modelo webcam. Añade que se debe controlar el cumplimiento de la pena “mediante un mecanismo de vigilancia electrónica” dentro de los horarios establecidos en el compromiso que adquirió con la justicia y que aportó para adquirir el permiso de trabajo.