Cualquier país en desarrollo podrá autorizar, mediante cualquier mecanismo legal a su alcance, la fabricación de vacunas contra el COVID-19 , sin necesidad de contar con la patente, es decir, sin pagar regalías a los laboratorios que lograron desarrollar estas vacunas; esto tras la reunión ministerial de la OMC.
La autorización para nuevos fabricantes no solo se puede tomar a través de leyes ordinarias, sino también a través de mecanismos como órdenes ejecutivas, decretos de urgencia y órdenes judiciales. Hay cinco años de plazo para aprovechar.
Además, se podrán tomar medidas a la hora de pagar a los fabricantes, pues “podrá tenerse en cuenta la finalidad humanitaria y no lucrativa de los programas específicos de distribución de vacunas, destinados a proporcionar un acceso equitativo a las vacunas contra la COVID-19, con el fin de apoyar a los fabricantes de los miembros admisibles para que produzcan y suministren estas vacunas a precios asequibles para dichos miembros”.
Eso sí, los países que produzcan estas vacunas más baratas no podrán exportarlas al mundo desarrollado.
Asimismo, a más tardar en seis meses, los miembros de la OMC adoptarán una decisión sobre la liberación de patentes para la producción y el suministro de medios de diagnóstico y tratamientos contra la COVID-19.
“Recalcamos la importancia de la seguridad alimentaria mundial para aumentar la resiliencia y responder a la actual pandemia y a pandemias futuras. Reconocemos los efectos particularmente negativos de la pandemia de COVID-19 en la seguridad alimentaria de los países en desarrollo", señalan los documentos.
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