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Supersalud defiende circular, de la que dicen, ordenaría cambio de sexo en niños

La circular ha dado para mucho: de hecho, ya hay una demanda por considerar que ordenaría cirugías de cambio de sexo a menores transgénero. El superintendente aclara.

Luis Carlos Leal
Luis Carlos Leal, superintendente de Salud
Foto: X Luis Carlos Leal

El Superintendente de Salud, Luis Carlos Leal , se encuentra en el ojo del huracán tras la polémica desatada por la reciente emisión de la Circular 115 del 20 de septiembre, que regula la atención a la población trans en el sistema de salud colombiano.

Durante una entrevista en Mañanas Blu con el periodista Néstor Morales, Leal defendió enfáticamente el contenido de la circular y rechazó las acusaciones de que esta permitiría o alentaría el cambio de sexo en menores de edad.

Contexto de la circular


La circular en cuestión establece 15 directrices para que hospitales y clínicas ofrezcan atención adecuada, oportuna y sin discriminación a la población trans, con base en fallos previos de la Corte Constitucional de Colombia. No obstante, ha sido el apartado relacionado con la atención a infancias y adolescencias trans el que ha generado una controversia significativa, sobre todo en el Congreso, donde algunos opositores acusan a la Superintendencia de promover cambios de género en menores.

Leal fue enfático al afirmar que dichas acusaciones son falsas y malintencionadas.

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"De ninguna manera. Es una mentira que se ha reproducido lamentablemente en distintos espacios", sostuvo Leal en la entrevista. Aclaró que la circular se basa en el marco legal vigente y busca garantizar que todos los actores del sistema de salud, desde hospitales hasta gestores farmacéuticos, puedan brindar atención sin barreras ni discriminación a la población trans, incluyendo niños y adolescentes.

 

La polémica sobre la atención a menores trans


Uno de los puntos más controvertidos de la circular es el literal "h", que menciona específicamente a la niñez trans.

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Este apartado ha sido interpretado por algunos sectores como una puerta abierta a la esterilización química o cirugías de cambio de sexo en menores. Sin embargo, Leal desmintió estas interpretaciones y explicó que el literal no es una orden sino un antecedente.

"Eso no hace parte de las órdenes, hace parte del considerando de los grupos focales identificados de acuerdo con las sentencias de la Corte", explicó.

Leal también aclaró que la circular no determina una edad específica para que los menores puedan recibir atención relacionada con su identidad de género.

"No hay una edad específica o estipulada para poder determinar en qué momento se construye la identidad de género de una persona", afirmó.

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La circular establece que los menores trans pueden recibir atención médica de manera integral, pero esto no implica que se realicen tratamientos invasivos sin un proceso adecuado y consensuado, según dijo.

“Acompañar ese proceso no significa que en la primera consulta se programe una cirugía o que se haga un tratamiento hormonal”, precisó.

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Sí ordena baños neutros


Leal argumentó que la circular responde a la necesidad de garantizar el respeto por la dignidad y la identidad de las personas trans en los servicios de salud, un sector donde, según él, aún existen barreras y maltratos.

"Lo que vemos es un sistema donde hay maltrato en entidades que deberían ser dedicadas al cuidado, pero que desconocen la identidad de las personas al ingresar a cada una de las instituciones", denunció.

Entre las órdenes incluidas en la circular se encuentra la creación de baños neutros en los centros de salud, una medida que ha generado resistencias pero que Leal defiende como necesaria para evitar la violencia y la segregación hacia las personas trans.

"Un baño neutro es una instancia sanitaria que no debe tener ningún tipo de segregación o violencia", subrayó.

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Atención farmacéutica y terapias hormonales


Otro aspecto importante de la circular, que también ha generado discusión, es el acceso a las terapias de reemplazo hormonal. Estas son fundamentales en los procesos de afirmación de género, y la circular establece que los gestores farmacéuticos deben garantizar la entrega oportuna de estos tratamientos.

Las terapias de reemplazo hormonal requieren una continuidad en su acceso para que puedan ser efectivas en su tratamiento”, explicó Leal

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