En un acto público en la Plaza de Armas de la Casa de Nariño, el presidente Gustavo Petro y la ministra de Salud, Carolina Corcho, radicaron formalmente la reforma a la salud ante el Congreso de la República.
Según el articulado, conocido en primicia por Blu Radio, el Gobierno Petro no está dispuesto a que se creen más Empresas Promotoras de Salud (EPS) y sí va a cambiar su sistema de operación y atención.
“A partir de la vigencia de la presente Ley, no habrá autorización de ingreso al sistema de salud de nuevas Entidades Promotoras de Salud”, dice un aparte del proyecto de reforma radicado ante el Congreso.
Según el Gobierno: “Se hará en forma progresiva y ordenada, de manera que en ningún caso esta población quede desprotegida en su derecho fundamental a la salud”.
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Para la armonización de la operación de transición y evolución de las Entidades Promotoras de Salud con el nuevo Sistema de Salud , se observarán las siguientes reglas:
- Por cada hogar, todos sus miembros deberán estar afiliados en una misma Entidad Promotora de Salud.
- En un territorio donde haya una sola Entidad Promotora de Salud, esta no podrá rechazar el aseguramiento de la población existente en el mismo, siempre que sea viable su operación.
- En los territorios donde no queden Entidades Promotoras de Salud, la Nueva EPS asumirá preferentemente el aseguramiento o, en su defecto, lo harán aquellas Entidades Promotoras de Salud con capacidad de asumir la operación en esos territorios.
- Para el reordenamiento territorial de los afiliados durante la transición, la Nueva EPS o las EPS existentes podrá asumir los afiliados de Entidades Promotoras de Salud liquidadas o en incapacidad de atender a sus afiliados.
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La Nueva EPS contratará los Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud (Capirs), si fuere necesario, o adscribirá la población a ella afiliada en tales centros que estén operando bajo las reglas del nuevo Sistema de Salud, en las subregiones o municipios priorizados en su implementación.
La Nueva EPS contribuirá con la organización de la prestación de los servicios de salud en el marco del aseguramiento social en salud, facilitará su infraestructura en cada territorio para organizar y hacer el tránsito hacia la organización de la inscripción territorial de la población y la estructuración del sistema de referencia y contrarreferencia.
El texto también señala: “Las Entidades Promotoras de Salud que cumplan los requisitos de habilitación al momento de expedición de la presente Ley, no podrán cesar en su operación de afiliación y atención en salud, hasta que se realice una entrega ordenada de sus afiliados a los Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud. Operarán bajo las reglas del aseguramiento y el manejo de la UPC y las reglas establecidas para la transición del Sistema General de Seguridad Social en Salud al nuevo sistema de aseguramiento social del sistema de salud”.
Además, ratifica que la Adres se encargará del manejo de recursos de la salud: “La Administradora de Recursos para la Salud, Adres, efectuará el reconocimiento y giro pago de las Unidades de Pago por Capitación y demás recursos del aseguramiento social en salud”.
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La reforma también contempla que el Ministerio de Salud adelantará “progresivamente un proceso de territorialización de las EPS, concentrando su operación en las ciudades y departamentos".
Por último, la reforma lleva un aparte especial en el que deja en claro que las EPS privadas no van a desaparecer al considerar que las que tienen "como objeto social la venta de planes prepagados o voluntarios de salud podrán seguir funcionando y comercializando sus servicios, bajo las reglas y normas de funcionamiento, financiación y prestación".
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