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Por negar tratamientos médicos, SuperSalud impuso medidas cautelares a EPS Capital Salud y Coosalud

Se exigió a la entidad programar los servicios para garantizar el acceso a la salud de los pacientes. En caso de incumplimiento por parte de la EPS, se iniciará una investigación administrativa sancionatoria correspondiente.

Médico
Foto: AFP

Una mujer estaba buscando una remisión para valoración por neurocirugía, así como la programación de una estereotáxica cerebral, pero le fue negada en varias oportunidades por parte de la EPS Capital Salud; es el argumento que sostiene la decisión de la Superintendencia Nacional de Salud para imponer medidas cautelares contra esa EPS.

Ella tiene un tumor de comportamiento incierto o desconocido en las meninges cerebrales, por lo que requiere estos exámenes y que dice la SuperSalud han sido negados en varias oportunidades configurando una serie de violaciones reiteradas al derecho a la salud de una de las afiliadas de dicha entidad. Esta usuaria lleva desde el 31 de enero a la espera de una respuesta por parte de su EPS y no se le ha dado solución a sus solicitudes.

La usuaria en cuestión requiere con urgencia una remisión para valoración por un especialista, así como la realización de un procedimiento médico. Estas medidas cautelares lo que le ordenan a EPS Capital Salud deben ser programados en un plazo máximo de 24 horas para garantizar una atención oportuna y adecuada.

Además de las medidas cautelares, la Superintendencia ha solicitado al representante legal de Capital Salud, Omar Benigno Perilla Ballesteros, que proporcione evidencia del cumplimiento de las instrucciones impartidas. Esto incluye la presentación de un informe detallado sobre el trámite y el resultado de la prestación de los servicios ordenados a la usuaria.

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En caso de incumplimiento por parte de la EPS , se iniciará una investigación administrativa sancionatoria correspondiente. La EPS y su representante legal tienen derecho de proceder con un recurso de reposición contra esta Resolución, el cual deberá ser interpuesto dentro de los 10 días hábiles siguientes a su comunicación.

Además, la Superintendencia de Salud también impuso una medida cautelar contra la EPS Coosalud para restablecer el derecho a la salud de dos de sus afiliados, que requieren con urgencia el acceso a los servicios de atención en salud para garantizar sus vidas.

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La SuperSalud ordenó a esta EPS garantizar la protección de dos de sus afiliados ubicados en Machetá (Cundinamarca ) y Girón (Santander), quienes gozan de protección constitucional especial dadas las patologías con las que se encuentran diagnosticados.

En el primer caso, la Supersalud ordenó que en un máximo de 24 horas se programe un procedimiento urgente a un menor recién nacido que requiere una vitrectomía en uno de sus ojos que padece una patología congénita, y quien desde hace un mes se encuentra a la espera de la autorización del procedimiento antes de que su condición de salud empeore.

En el otro caso relacionado en el mismo acto administrativo, la Superintendencia le dio un plazo de 48 horas a la EPS Coosalud para que autorice quimioterapia y haga entrega completa de los medicamentos e insumos que requiere una usuaria para el tratamiento de un tumor maligno.

En este sentido, la Supersalud remitió los incumplimientos en estos dos casos de la EPS Coosalud a la delegada de investigaciones administrativas para lo de sus competencias y el incumplimiento a las ordenes impartidas acarreará el inicio de las investigaciones administrativas sancionatorias correspondientes.

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