Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Niegan tutela de MinSalud contra Sanitas por crisis de medicamentos en Cruz Verde

El Juzgado asegura que los argumentos del Ministerio no tienen fundamentos suficientes. Lo que se planteó en la tutela es que la suspensión por parte de la EPS Sanitas en la dispensación de medicamentos no financiados con la Unidad de Pago por Capitación.

Medicamentos
Foto: AFP
Foto: AFP

El Juzgado 33 penal municipal con función de conocimiento de Bogotá resolvió una acción de tutela interpuesta por el director jurídico del Ministerio de Salud Rodolfo Enrique Salas, contra la EPS Sanitas.

Salas, que actuaba como "agente oficioso" de los usuarios de Sanitas, aseguraba que la EPS estaba incurriendo en una presunta vulneración del derecho a la salud.

Lo que se planteó en la tutela es que la suspensión por parte de la EPS Sanitas en la dispensación de medicamentos no financiados con la Unidad de Pago por Capitación (UPC) a sus afiliados, a partir del 15 de noviembre de 2023. Esta medida, según el Ministerio, representaría una amenaza futura al derecho a la salud de un número grande de afiliados.

Entre los argumentos presentados, se destaca el incumplimiento por parte de la EPS Sanitas de su obligación de proporcionar los medicamentos contemplados en el Plan de Beneficios en Salud (PBS), así como la presunta falta de justificación válida para la suspensión de estos suministros. A pesar de los requerimientos realizados por la Superintendencia Nacional deSalud y el Ministerio de Salud, la EPS Sanitas habría respondido de manera incompleta y tardía.

Publicidad

El Ministerio de Salud asegura que el supuesto desabastecimiento de medicamentos se atribuye a un presunto incumplimiento de un contrato de naturaleza privada, alegando que este argumento no justifica que la EPS omita sus deberes hacia los afiliados.

Pese a estos argumentos, la juez del juzgado 33 penal municipal con función de conocimiento deBogotá , Alba Luz García, negó el amparo solicitado en la acción de tutela. Esta decisión se basa en la falta de fundamentos suficientes para otorgar el amparo reclamado.

Publicidad

  • Publicidad

Publicidad