
En medio de la presentación de las medidas adoptadas por el Gobierno para enfrentar el pico de casos de fiebre amarilla en el país, que entre 2024 y 2025 ha registrado 60 casos con 30 fallecimientos; el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, desató la polémica al afirmar que los padres no pueden negarse a vacunar a los niñas, niños y adolescentes contra esta enfermedad viral, ya que en ese caso intervendrá el Estado.
“De todo niño, niña, adolescente, menor de 18 años, la patria potestad es del Estado. Si hay alguna negación por parte de algún padre o madre para vacunar al niño, intercede el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Ya hay una alcaldía que lo ha hecho muy bien y ha reportado más de 20 casos para que el Instituto Nacional de Salud intervenga para que estos niños sean vacunados. Porque la patria potestad sobre los niños está a nombre del Estado. Entonces ningún padre se puede negar a que sus hijos sean vacunados”, señaló el ministro.
Esta respuesta generó el malestar de diversos sectores políticos y sociales que le recordaron al funcionario que tanto la Constitución, el Código Civil y el Código de Infancia y Adolescencia dejan claro que la patria potestad corresponde a los padres y son los derechos que les concede la ley sobre los hijos.
“Estas palabras traen a la memoria los sombríos ejemplos de regímenes autoritarios socialistas y comunistas que usaron el control y adoctrinamiento de los niños para sus fines políticos. Ningún Gobierno tiene el derecho a cruzar esta línea inviolable. No permitiremos que, en Colombia, se posicione un relato como este y que vulnere la ley que protege la esencia de nuestras familias, como núcleo de la sociedad, así como el derecho de los padres a educar a sus hijos bajo sus principios (...) El ministro desconoce la fortaleza de las familias colombianas cuando se las amenaza”, señaló el Partido Conservador en un mensaje en la red social X.
Rechazamos con vehemencia las declaraciones del Ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo quién afirmó públicamente que los niños pertenecen al Estado hasta los 18 años y que la patria potestad es del Gobierno.
— Partido Conservador (@soyconservador) April 10, 2025
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“Ministro, los hijos no son del Estado. La patria potestad es un derecho y deber natural de los padres, no una concesión gubernamental. Pretender que el Estado sustituya a la familia es propio de regímenes totalitarios”, aseguró la senadora por el Centro Democrático, María Fernanda Cabal.
Ministro, los hijos no son del Estado. La patria potestad es un derecho y deber natural de los padres, no una concesión gubernamental. Pretender que el Estado sustituya a la familia es propio de regímenes totalitarios.
— María Fernanda Cabal (@MariaFdaCabal) April 10, 2025
No se equivoque que las familias colombianas no están… pic.twitter.com/HJA9wV2x05
“La patria potestad de los niños y niñas le pertenece a los padres, madres o representantes legales, no al Estado. Ahora bien, el acceso a la salud es un derecho fundamental de la infancia que debe ser garantizado”, afirmó la directora para Colombia de Save The Children, María Mercedes Liévano.
La patria potestad de los niños y niñas le pertenece al a los padres, madres o representantes legales, no al Estado. Ahora bien, el acceso a la salud es un derecho fundamental de la infancia que debe ser garantizado @savechcolombia @NoticiasCaracol @alianzaninez https://t.co/WX0gRKHPa2
— María Mercedes Liévano (@mmlievano) April 10, 2025
Según el Concepto 086 de 2016 del ICBF, la vacunación de los niños en Colombia es una acción que debe ser priorizada por los padres, al tratarse de una expresión concreta del derecho fundamental a la salud, que debe ser garantizado por el Estado, la familia y la sociedad. El principio del interés superior del menor, consagrado en la Constitución y en tratados internacionales, prevalece sobre cualquier consideración individual, incluidos los deseos de los padres, especialmente cuando se pone en riesgo la vida o integridad del niño; por lo que la omisión de este deber puede dar lugar a procesos de verificación y restablecimiento de derechos, al considerarse una vulneración a la salud del niño y los padres no pueden negarse a vacunar a sus hijos, salvo que exista una contraindicación médica específica debidamente certificada.