El Gobierno nacional expidió el decreto 0489 del 2024 donde oficializa los ajustes anunciados en el sistema de salud por el mecanismo de un giro directo en el régimen contributivo.
Según esta norma, la Adres llevará a cabo el giro directo, en nombre de las EPS y las EOC, a las IPS y los proveedores de tecnologías en salud, utilizando el monto correspondiente por concepto de UPC.
Dichos ajustes se aplicarán en casos específicos, como cuando se infrinja la normativa vigente sobre el patrimonio adecuado, donde el porcentaje mínimo será del 80 % del valor de las Unidades de Pago por Capitación (UPC) correspondientes al proceso de compensación respectivo. En dichas situaciones donde la entidad esté bajo vigilancia especial, intervención administrativa o en proceso de liquidación, el porcentaje mínimo también será del 80 % de las UPC reconocidas.
Esta medida establece que los porcentajes y condiciones para el giro de recursos a las entidades de salud - régimen contributivo y obligadas a - EOC, por concepto de UPC, y aplica a diversas entidades del sistema de salud, sin embargo, las EPS bajo vigilancia especial o intervención podrán autorizar giros directos por un valor superior al porcentaje definido.
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Cabe aclarar que el giro directo de los recursos provenientes de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) se realizará en eventos específicos, como cuando las Entidades Promotoras de Salud y Entidades Obligadas a Compensar (EOC) no cumplan con el indicador de patrimonio adecuado, se encuentren bajo vigilancia especial, intervención o liquidación por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, o deseen acogerse voluntariamente al mecanismo de giro directo.
Además, aseguran que estas medidas lo que buscan brindar una gestión más eficiente de los recursos en el sistema de salud, especialmente en lo concerniente a la compensación y prestación de servicios y tecnologías en salud, tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado.
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