
El Ministerio de Salud dio a conocer un borrador de decreto con el que se reglamentaría la apertura y el traslado de farmacias y droguerías en el país. Esta propuesta busca facilitar el acceso a medicamentos en regiones donde actualmente hay una oferta limitada de estos establecimientos.
El documento establece que los municipios, distritos y departamentos deberán priorizar la instalación de farmacias en sectores con alta demanda insatisfecha, tomando en cuenta factores como el número de habitantes y las condiciones socioeconómicas de las comunidades. La iniciativa apunta a reducir las desigualdades en el acceso a medicamentos, especialmente en zonas rurales y apartadas.
Asimismo, se incentivará a las entidades territoriales a fomentar la apertura o traslado de farmacias a lugares donde se evidencie una escasa oferta. Esta política se enmarca dentro del principio de función social del servicio farmacéutico, que busca garantizar el derecho a la salud para toda la población.

El decreto también exige a los entes territoriales reportar al Ministerio de Salud , cada semestre, la información relacionada con la localización, apertura y traslado de estos establecimientos. Este reporte incluirá un análisis sobre las zonas del territorio que carecen de acceso adecuado a servicios farmacéuticos, lo que permitirá fortalecer la política pública en esta materia.
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Finalmente, se otorga un plazo de seis meses a los municipios, distritos y departamentos para implementar el sistema de reporte, utilizando los medios que el Ministerio de Salud y Protección Social disponga. Una vez publicado, el decreto entrará en vigencia y derogará cualquier disposición contraria, incluyendo el decreto 3554 de 2008.