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Corte Constitucional se pronuncia sobre los tratamientos de embarazos asistidos

El alto tribunal vuelve a llamarle la atención al Congreso de la República para que regule los tratamientos de transferencias de embriones de fertilización in vitro

Embarazo
Imagen de referencia de embarazo
Foto: Suministrada

Este pronunciamiento de la Corte Constitucional se debe al estudio de una tutela que interpuso una mujer de 39 años, que inició un proceso de fertilización in vitro (embarazos asistidos) junto a su esposo, Andrés, este tratamiento involucraba la transferencia de un embrión fecundado con un óvulo donado y el esperma de su entonces pareja sentimental.

El conflicto surgió cuando, días antes de la transferencia del embrión al útero de ella, su esposo notificó a la clínica su decisión de no continuar con el procedimiento debido a la inminente separación de la pareja. Ante la decisión del hombre, la clínica optó por suspender el tratamiento.

En ese sentido, ella considerando que esta suspensión vulneraba sus derechos, interpuso una acción de tutela contra la clínica, y el médico tratante solicitando que se ordenara la transferencia del embrión basándose en la sentencia.

En este caso lo que dice concretamente la Corte Constitucional es que estos tratamientos de reproducción asistida deben tener una normativa no solo en los centros especializados donde se practican, sino que además las parejas que se someten a una fecundación in vitro deben tener en cuenta como pueden resolverse las disputas que puedan ocurrir entre sí.

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"El consentimiento informado de los tratamientos de reproducción asistida no es solamente la firma de un documento en el que los usuarios asumen de antemano todos los riesgos derivados de este procedimiento. Esos tratamientos suponen la afectación de diferentes factores emocionales, sociales y psicológicos que pueden variar a lo largo del proceso y, por tanto, es equivocado pensar que desde un principio las partes entiendan y asuman todas las consecuencias”, dice la Corte.

Hay un punto importante en este pronunciamiento por parte de la Corte y es que el consentimiento informado de los tratamientos de reproducción asistida no se trata solamente de firmar un documento si no que hay varios factores para tener en cuenta.

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Finalmente, la Corte le reiteró al Gobierno y al Congreso que regule integralmente las técnicas de reproducción asistida, dicha regulación debe contemplar protocolos para ejercer de manera adecuada el derecho a la revocatoria de estos procedimientos.

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