El Gobierno nacional dio a conocer la actualización de las cuotas moderadoras y los copagos para los usuarios cotizantes y beneficiarios delsistema de salud . Esta medida busca ajustar los valores que los afiliados deben pagar por servicios médicos autorizados por las EPS.
La cuota moderadora es un monto fijo que los afiliados al régimen contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) deben pagar por la utilización de algunos servicios de salud. El monto de la cuota moderadora depende del ingreso base de cotización del afiliado y del tipo de servicio de salud que se requiera.
La cuota moderadora se aplica a los siguientes servicios de salud
- Consulta médica general
- Consulta médica especializada
- Exámenes de laboratorio
- Exámenes de imagenología
- Procedimientos quirúrgicos
- Hospitalización
La cuota moderadora no se aplica a los siguientes servicios de salud
- Atención de urgencias
- Maternidad
- Enfermedades catastróficas y de alto costo
- Trasplantes de órganos y tejidos
¿Cómo quedaron las cuotas moderadoras?
Las cuotas moderadoras para el régimen contributivo se establecieron de la siguiente manera: para ingresos menores a 2 salarios mínimos, 4.500 pesos; entre 2 y 5 salarios mínimos, 18.200 pesos; y superiores a 5 salarios mínimos, 47.700 pesos.
Por otro lado, el copago es un porcentaje del valor del servicio de salud que los afiliados al régimen contributivo y subsidiado del SGSSS deben pagar por la utilización de algunos servicios de salud. El porcentaje del copago depende del tipo de servicio de salud que se requiera.
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El copago se aplica a los siguientes servicios de salud
- Consulta médica general
- Consulta médica especializada
- Exámenes de laboratorio
- Exámenes de imagenología
- Procedimientos quirúrgicos
- Hospitalización
¿Cómo quedaron los topes máximos de los copagos?
En cuanto a los topes máximos de los copagos, se han definido según los eventos médicos. Para ingresos inferiores a 2 salarios mínimos, el tope es de 337.999 pesos; entre 2 y 5 salarios mínimos, 1.354.351 pesos; y para ingresos mayores a 5 salarios mínimos, el tope máximo es de 2.708.700 pesos.
Cabe destacar que los afiliados al régimen subsidiado no deben pagar cuotas moderadoras, según lo reiteró la Superintendencia. Además, se establecen topes máximos para los copagos, siendo 588.847 pesos por evento o servicio y un tope anual de 1.177.695 pesos para cirugías o hospitalizaciones con atención no quirúrgica en el año 2024.
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