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Exalcaldesa de California no controló minería ilegal en Santurbán: Procuraduría

Ocho años y seis meses fue la sanción interpuesta de la Procuraduría a la exalcaldesa de California. La entidad indicó que la omisión provocó que el agua fuera contaminada con mercurio.

Exalcaldesa de California, Genny Gamboa y procuradora Margarita Cabello.
Exalcaldesa de California, Genny Gamboa y procuradora Margarita Cabello.
Foto: Facebook alcaldesa de California y Procuraduría.

La Procuraduría General de la Nación afirmó que “la omisión de la exalcaldesa de California, Genny Gamboa, condujo a que el agua de la quebrada La Baja, ubicada en jurisdicción de ese municipio y afluente del río Suratá , fuera contaminada con mercurio, lo que debía evitar, prevenir y combatir".

Se conoció que dichos hechos habrían originado un riesgo grave y un deterioro de la salud humana para quienes se abastecen del líquido, y también para el medio ambiente.

Por ello, la Procuraduría resaltó que la exalcaldesa "quebrantó los principios de moralidad, eficacia y responsabilidad administrativa al pasar por alto el desarrollo de acciones efectivas de protección, tendientes a cumplir los deberes de vigilancia y control sobre este tipo de actividades que se realizaban en el municipio que dirigía".

Además, la entidad formuló un segundo cargo a Gamboa Guerrero por “no asistir entre el 1ro de enero y el 29 de marzo de 2023 como veedora y garante a las actuaciones para la concertación y conservación para la delimitación del Páramo jurisdicciones Santurbán -Berlín”, a lo que como primera autoridad del municipio estaba obligada.

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"La alcaldesa ese la máxima autoridad y debe velar por prevenir, combatir y evitar las prácticas de minería ilegal", por lo que el ente de control señaló que, en ese caso, Gamboa Guerrero afectó sus deberes sin justificación alguna.

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La Procuraduría aseguró que Gamboa "no siguió el principio de moralidad al que debería estar sujeta como mandataria, puesto que no dio cumplimiento a la orden dada en ese sentido por la Corte Constitucional y, por ende, también el de función administrativa al no coordinar sus acciones con las demás autoridades administrativas y alcanzar los fines estatales.

Finalmente, la Sala de Juzgamiento calificó de forma definitiva las faltas en las que incurrió la exalcaldesa como gravísima cometida a título de culpa gravísima por el primer cargo endilgado, y como grave a título de dolo la segunda.

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