La Procuraduría General de la Nación le pidió al alcalde municipal de Fómeque, Cundinamarca, Eduar Esneider Acosta, que implemente acciones urgentes para garantizar un equipo de bomberos, de manera óptima e ininterrumpida, en el marco de la situación de desastre nacional.
El ente de control aseguró que, debido a la falta de convenio o contrato en el municipio de Fómeque, el incendio forestal del Parque Natural Nacional Chingaza tuvo que ser atendido por bomberos de Bogotá, las Fuerzas Militares y las brigadas de Parques Nacionales.
Publicidad
“Ante la anterior situación y teniendo en cuenta que Colombia se encuentra en una situación de desastre nacional por variabilidad climática, es fundamental que la administración municipal adopte las acciones necesarias para garantizar la prestación del servicio esencial de bomberos en el municipio, ya que, si bien la emergencia fue atendida en el marco del principio de subsidiariedad, no exime de responsabilidad a la administración municipal como primer respondiente”, asegura la carta de la Procuraduría.
Por todo lo anterior, el Ministerio Público le pidió a la Alcaldía de Fómeque que realice un informe detallado en donde se describan varios aspectos puntuales:
- Estado de las gestiones adelantadas por la administración para garantizar la continuidad en la prestación del servicio de bomberos, teniendo en cuenta la temporada seca y la amenaza de incendios.
- Estado del cronograma establecido para suscribir contratos con el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Fómeque.
- Acta que evidencie si el municipio cuenta con un espacio administrativo para transferir directamente los recursos por sobretasa bomberil.
- Relación de los contratos o convenios con el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Fómeque en las vigencias 2022, 2023, 2024 y 2025 (relacionando montos, fecha de inicio, finalización y modificaciones).
La información requerida deberá enviarse a la Procuraduría en un término de tres días hábiles siguientes a esa carta.
“Finalmente, se recuerda que omitir, retardar o no suministrar debida y oportuna respuesta a las solicitudes de las autoridades, constituye falta disciplinaria, de conformidad con lo establecido en el Código General Disciplinario”, afirmaron desde el Ministerio Público.
Lea también:
Publicidad