Con mucha preocupación ve la Asociación De Alumbrado Público el anuncio del agente interventor de Air-e, Carlos Diago, de no recaudar más a través de la factura de energía el servicio de alumbrado público , además de la tasa de seguridad, y el servicio de aseo en la Costa Caribe.
Dicen que en el caso de alumbrado público la ley 1819 de 2016 fue la que impuso la agencia de recaudo, por lo que existe un marco jurídico que, en caso de suspenderse el recaudo, generaría sanciones económicas para la empresa Air-e.
Armando Gutiérrez, presidente de esta asociación, señala han invitado al agente interventor de Air-e a dialogar o tendrán que acudir a acciones jurídicas, pues si se deja de facturar el impuesto, hay un riesgo de apagón de las calles.
“En el caso en que prosigas la decisión, tendremos que accionar en todos los órdenes, atacar el acto, atacar la actuación. Esto perjudicaría a la empresa Air-e porque las agencias de recaudo tienen sanciones muy graves desde el punto de vista del estatuto tributario. Si no hay forma de solución y se deja de recaudar el impuesto que tiene sentencia de constitucionalidad, se van a pagar las calles, no habrá mantenimiento, se suspenderán contratos y se suspenderá la prestación del servicio, entonces estaremos en la oscuridad”, dijo Gutiérrez.
Gutiérrez dice que de enviarse una factura solo de alumbrado público o de aseo, el índice de recaudo escasamente alcanzaría el 5 u 8% y se quebraría el sistema.
Publicidad
Por su parte frente al retiro del cobro de terceros de la factura de energía , el gobernador Eduardo Verano confrontó al agente interventor de Air-e, quien había dicho que los cobros de terceros en la factura eran inconstitucionales. Frente a esto el mandatario señaló que dichos recaudos están enmarcados en la ley y esto se debe respetar.
“Inconstitucional no puede ser lo que está en la constitución y la ley, hay un ordenamiento jurídico que se debe respetar”, dijo el gobernador.
Publicidad
Desde la Asociación Nacional de Alumbrado Público y Ciudades Inteligentes, dicen que de enviarse una factura solo de alumbrado público o de aseo, el índice de recaudo escasamente alcanzaría el 5 u 8% y se quebraría el sistema.