La Personería Distrital de Medellín informó que realizó una visita administrativa a las oficinas de control interno disciplinario de Plaza Mayor, para verificar cómo avanzan las averiguaciones disciplinarias que cursan en dicha dependencia, con el fin, según esta agencia del Ministerio Público, de garantizar que los procesos se tramiten de acuerdo a lo consagrado en el Código Disciplinario, que se respeten las garantías de los sujetos procesales y ejercer el poder preferente en los procesos que así lo ameriten.
En la visita administrativa y en conversaciones con el secretario general de Plaza Mayor, este informó que la administración del exalcalde Daniel Quintero no entregó informe de empalme de los procesos disciplinarios en la etapa de juzgamiento, por lo que se estaría violando la Ley 951 de 2005 en su Artículo 5. Este aparte indica que el empalme y acta de entrega es de obligatorio cumplimiento de todos los servidores de la administración pública. Al respecto se refirió Oswaldo Patiño, personero Delegado 20D (e) de Decisión Disciplinaria.
"La administración anterior no entregó informe de empalme teniendo así una violación a la ley 951 del 2005 este informe será trasladado al proceso de vigilancia administrativa e instrucción disciplinaria con el fin de determinar posibles irregularidades", dijo Patiño.
Los servidores públicos del Estado y los particulares enunciados en el Artículo 2, están obligados en los términos de esta ley a entregar al servidor público entrante un informe mediante acta de informe de gestión, los asuntos y recursos a su cargo, debiendo remitirse para hacerlo al reglamento y/o manual de normatividad y procedimiento que rija para la entidad, dependencia o departamento de que se trate.
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Por tal motivo, la Personería anunció que el informe se trasladará al proceso de Vigilancia Administrativa e Instrucción Disciplinaria con el fin de que se inicie una Indagación Previa para determinar las posibles irregularidades y determinar así los sujetos disciplinables.