Esta iniciativa, presentada por la representante Olga Lucia Velásquez en el Congreso, introduce una obligación para los futuros esposos, incluso, de declarar por escrito, que antes de contraer matrimonio civil decir si padecen de ciertos comportamientos que pueden afectar negativamente la convivencia conyugal.
Entre estos comportamientos se incluyen: irascibilidad, es decir, episodios recurrentes de ira o impulsividad; celos patológicos, episodios reiterados de violencia como mecanismo de resolución de conflictos; consumo habitual de alcohol o sustancias psicoactivas y la presencia de enfermedades infectocontagiosas graves de origen sexual.
Se establece que dicha declaración debe ser confidencial, y, aunque estará anexada al acta matrimonial en un sobre cerrado, ambas partes deben tener conocimiento previo de la información.
Además, se estipula que los contrayentes podrán implementar acciones preventivas como terapias, técnicas de manejo del estrés o cambios en hábitos nocivos, para minimizar los riesgos asociados a estos comportamientos.
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En este se deja claro que, si uno de los contrayentes oculta intencionalmente esta información, se habilita la causal de nulidad del matrimonio y la posibilidad de exigir indemnización por daños y perjuicios.
¿Cuáles son los cambios que se realizan en los artículos del Código Civil y el Decreto Ley?
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En el caso del artículo 115 del Código Civil se adicionan incisos que obligan a los futuros esposos a informar sobre episodios de celotipia, violencia o adicciones, y se incluye la importancia del respeto mutuo y la no violencia dentro del matrimonio. Asimismo, en el artículo 135, donde se especifica que los jueces deben explorar la voluntad de las parejas para unirse en matrimonio y advertir sobre la importancia del respeto a los derechos humanos y la transparencia sobre conductas como la celotipia.
Finalmente, en el 140, se añade la ocultación de celotipia como causal de nulidad del matrimonio
La representante Velásquez asegura que el propósito de esto es prevenir situaciones de violencia, abuso o conflictos graves dentro del matrimonio civil.