El presidente Gustavo Petro envió una extensa carta a la Procuraduría General en la que le señala que no cumplirá con la petición de una oficina delegada de esa entidad de suspender al alcalde de Riohacha, José Ramiro Bermudez Cotes. Las razones, que ya las ha expresado públicamente el presidente en otros casos, son porque considera que una autoridad administrativa no puede tomar esas determinaciones porque violan los derechos políticos y las decisiones de la Cidh.
“Se concluye que, la orden de la autoridad administrativa disciplinaria dispuesta en los autos referenciados y soportada bajo la figura de medida cautelar, contiene una manifiesta restricción al ejercicio pleno y eficaz de uno de los derechos políticos de las personas electas popularmente, según lo dispuesto en el artículo 23 No. 1 de la Convención ADH, nada menos, el de quedar impedido por la orden administrativa para ejercer temporalmente su cargo”, señala el cuarto punto de la carta.
Por eso, advierte el presidente que, si expide la norma con la suspensión del alcalde, “estaría desconociendo, vulnerando o incumpliendo el derecho humano reconocido para el sujeto disciplinado en el artículo 23 de la Convención ADH y comprometiendo la responsabilidad internacional del Estado”.
Y señala entonces que no le asiste la obligación convencional de proferir los actos de cumplimiento o ejecución de la medida cautelar requerida por la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción “en cuanto que, en los términos del inciso segundo del artículo 93 de la Constitución Política de Colombia y conforme a los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia con la expedición de dichos actos, se reitera, se consumaría la violación de los derechos humanos políticos del electo popularmente, implicando un serio riesgo de la responsabilidad internacional del Estado por un presunto acto ilícito internacional que en el futuro le sería reclamado a la República de Colombia”.
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Pide entonces que se devuelva la solicitud al funcionario administrativo de origen para que adopte los correctivos convencionales que correspondan en el ámbito de sus competencias.
“Enviase copia de la presente respuesta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que obre como documento de cumplimiento de lo ordenado al Estado colombiano dentro del caso Petro contra Colombia; a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; al embajador de Colombia ante la OEA para que sea puesto en conocimiento de los países miembros de la misma y sea leída en sesión ordinaria”, ordena el presidente Petro.
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Finalmente, informa que se remitirá copia de los antecedentes de este asunto, a la Fiscalía General de la Nación para que, “si a bien lo tiene, adelante las actuaciones que considere pertinentes dentro del marco de sus competencias”.
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