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Mujeres podrán pedir licencias durante su ciclo menstrual: reforma laboral

En este artículo se incorporan situaciones fundamentales como las citas médicas de urgencia, ciclos menstruales incapacitantes, obligaciones escolares de hijos e hijas y miembros del núcleo familiar

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ciclo menstrual
Foto: Pexels

La Cámara de Representantes aprobó el artículo 18 de la reforma laboral , el cual amplía los casos en los que los trabajadores tendrán derecho a licencias.

En este artículo se incorporan situaciones fundamentales como las citas médicas de urgencia, ciclos menstruales incapacitantes, las obligaciones escolares de hijos e hijas y miembros del núcleo familiar. Aquí se incluyen las siguientes situaciones:

  • Para el ejercicio del sufragio.
  • Para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación.
  • En caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada, entendiéndose como todo suceso personal, familiar, caso fortuito o fuerza mayor cuya gravedad afecte el normal desarrollo de las actividades del trabajador.
  • Para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización, o para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avise con la debida oportunidad al empleador o a su representante y que, en los dos últimos casos, el número de los que se ausenten no sea tal que perjudique el funcionamiento de la empresa.
  • Para asistir a citas médicas programadas o citas médicas de urgencia, incluidos los casos en los que la persona trabajadora presente ciclos menstruales incapacitantes, dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación, asociados a endometriosis ya diagnosticada.

“Este artículo introduce importantes avances en materia de licencias para las y los trabajadores, contribuyendo a un mayor equilibrio entre la vida familiar y personal y la vida laboral. Es importante destacar que estas nuevas licencias no solo responden a necesidades reales de las familias trabajadoras, sino que también honran el mandato constitucional que tenemos como legisladores de garantizar una protección progresiva e incremental de los derechos fundamentales”, dijo la ponente María Fernanda Carrascal.

Sin embargo, gran polémica desató esto, ya que representantes como Catherine Juvinao aseguraron que dichas incapacidades no tendrían que contar con el aval de un médico, sino que una persona trabajadora podría expresar su malestar físico y pedir la incapacidad a su empleador, lo cual se podría prestar para engaños.

“Nuestra proposición buscaba dejar claro que cuando los empleados vayan a citas médicas, cualquier incapacidad que surja tendrá que ser expedida por el médico tratante. Aquí buscan eliminar esto bajo un argumento ridículo y es el hecho de que no nos queda bien a los congresistas pensar que los empleados podrían inventar excusas médicas de mala fe (…) Si una mujer tiene un ciclo menstrual incapacitante y la ley no exige que esto sea certificado por un médico tratante, podría pasar que un empleador le otorgue a la mujer una incapacidad muy corta que no cumpla realmente con lo que necesita la persona para recuperarse”, dijo Juvinao.

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Además, Juvinao aseguró que denunciará al presidente de la Cámara, Jaime Raúl Salamanca, ya que afirma que no permitió la discusión sobre las proposiciones del artículo 18.

"Cuando estábamos pidiéndole al Gobierno que no levantara de manera arbitraria la obligación de presentar las excusas médicas por parte del médico tratante, no es solo para que los empleados no abusen, sino para que los empleadores no lo hagan tampoco. Esto que acaba de pasar es bárbaro, no nos dejaron dar la discusión. Le pido a la Corte Constitucional que tome nota".

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