Por medio de un documento de 228 páginas, la Sala Especial de Decisión número 16 del Consejo de Estado , negó la petición liderada por la activista Catherine Juvinao y otros ciudadanos, para que se decretara la “muerte política” del senador y precandidato presidencial del partido Conservador David Barguil.
El argumento de los demandantes consistía en que, según ellos, Barguil, como representante a la Cámara por Córdoba había “inasistido a seis o más sesiones plenarias en las que fueron votados proyectos de ley y/o actos legislativos dentro de los periodos de sesiones ordinarias comprendidos entre el 20 de julio y 16 de diciembre de 2014; entre el 16 de marzo y el 20 de junio de 2015; entre el 20 de julio y el 16 de diciembre de 2016; entre el 16 de marzo y el 20 de junio de 2017 y entre el 20 de julio y el 16 de diciembre de 2017”.
Según el Consejo de Estado, la solicitud de pérdida de investidura debe negarse debido a que en ninguno de los periodos demandados se demostró la inasistencia injustificada a 6 o más sesiones plenarias donde se hayan votado actos legislativos, proyectos de ley o mociones de censura.
Agrega que “no es posible sumar las diversas inasistencias a lo largo del periodo constitucional 2014-2018 en el que el congresista ejerció como representante a la Cámara. En otras palabras, no es viable sumar las inasistencias que a lo largo de los 4 años examinados la Sala encontró acreditadas”.
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Concluye que no pedirá a la Fiscalía que investigue supuestas falsedades o fraude procesal porque no se advierte posible falsificación de documentos dentro del proceso.
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