La Plenaria de la Cámara de Representantes negó las proposiciones que buscaban eliminar el polémico artículo 68 del proyecto anticorrupción, que censuraría a la prensa en Colombia por denunciar a servidores públicos; 73 votaron por el no sobre 51 votos por el sí.
El representante a la Cámara Germán Navas Talero calificó la decisión como un "engendro". “Los servidores públicos tenemos que dar ejemplo, debemos dar ejemplo. Recibimos un premio de la sociedad cuando se nos entrega el cargo. Es los que más debemos someternos al escrutinio público. Cual es el miedo que tiene algunos servidores públicos”.
“Esto es especialmente grave para periodistas, para ciudadanía que hace veeduría o partidos que hacen control político. Limitar de esta manera la libertad de expresión a el derecho de oposición es inconstitucional. Es abiertamente a la comisión Interamericana. Este es el camino de regímenes autoritarios a lo largo y ancho del continente”, señalo la representante Juanita Goebertus.
Esta fue la proposición derrotada 👇🏽 pic.twitter.com/Cw84gihU8L
— Juanita Goebertus (@JuanitaGoe) December 7, 2021
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"Actualmente, la ley permite que un funcionario público pueda controvertir la información sobre lo que se publica, pero, adicionalmente, la injuria y la calumnia ya están tipificadas en el código penal y tiene unas penas que aumentan en un 3.75%", dijo Mauricio Toro.
¡Dejen la hipocresía!
— Mauricio Toro (@MauroToroO) December 7, 2021
Lo que buscan es acallar e intimidar a los medios de comunicacion que se han atrevido a denunciar la corrupción de este Gobierno.
Una verguenza lo que pasa en el Congreso a esta hora... pic.twitter.com/hFBqWbeI7A
“Aquí no estamos hablando de si se puede criticar o no, estamos hablando de hechos falsos, la pregunta es si en este país alguien está autorizado para señalarle hechos falsos a otra persona”, dijo el representante y autor del articulo el representante Cesar Lorduy.
Representante @clorduy: “Aquí no estamos hablando de si se puede criticar o no, estamos hablando de hechos falsos, la pregunta es si en este país alguien está autorizado para señalarle hechos falsos a otra persona”. #PlenariaCámara
— Cámara de Representantes de Colombia (@CamaraColombia) December 7, 2021
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“Pero lo que si hay que empezar es a ponerle, creo yo, tate quietos a quienes utilizan maliciosamente, dolosamente los mecanismos donde están para hacerle daño a los funcionarios públicos. Muchas veces pagos, porque aquí hay también que hablar de la corrupción de algunos sectores, de algunos influencies que pagos siempre le están haciendo daño a uno y al otro”, indico el representante Edward Rodríguez.
Se cae articulo 68 como estaba en la ponencia y que preocupaba a periodistas y medios de comunicación, pero salva el paquete anticorrupción que castiga a las empresas que se presten para robarse los impuestos de los Colombianos.
— Edward Rodríguez 🇨🇴 (@EDR_CD) December 7, 2021
El artículo hacía parte de los 89 artículos del proyecto de ley que "adopta medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción".
Así quedo el polémico articulo
“Cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un servidor publico o exservidor público, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria y la utilice para cometer el delito, el juez de control de garantías o el juez de conocimiento, según el caso, previa solicitud del fiscal o la víctima, ordenará a la autoridad competente que, previo cumplimiento de los requisitos legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece, en los mismos términos del articulo 91 de la ley 906 de 2004”.