El polémico artículo incluido en la ley anticorrupción que permitiría la censura a la prensa en los presuntos casos de injuria y calumnia fue aprobado tanto en Senado como en Cámara de Representantes. Los dos tienen sanciones para quienes cometan estos delitos.
Al proyecto de ley anticorrupción, que fue aprobado en la Cámara de Representantes, únicamente le falta que sea votado en la conciliación para que sea ley de la República.
Es de señalar que este polémico artículo también fue aprobado en el Senado en octubre del año pasado y busca castigar a las personas que cometan el delito de injuria y calumnia.
"El que mediante injuria o calumnia debidamente comprobada pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o su familia, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses", dice el artículo.
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Además, establece una “multa de 13.33 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal”.
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Por su parte, el artículo en la Cámara indica: “El juez de control de garantías o el juez de conocimiento, según el caso, previa solicitud del fiscal o la víctima, ordenara a la autoridad competente que, previo cumplimiento de los requisitos legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece, en los mismos términos del artículo 91 de la ley 906 de 2004”.
En las próximas horas se espera que esté lista la ponencia para que sea votada en las plenarias del Senado y Cámara de Representantes.
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