En la audiencia que se realizó este jueves 5 de septiembre en el Tribunal Administrativo de Santander contra el alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán, investigado en un proceso de nulidad electoral por presunta doble militancia, se formalizó el decreto de pruebas de las partes demandantes, es decir, los videos y fotografías que demostrarían que el mandatario incurrió en el delito electoral.Según explicó Juan Nicolás Gómez, abogado demandante, durante la audiencia también quedó definido el problema jurídico que se debe resolver en el juicio.“Se trazan las líneas del juzgamiento. Se hizo saneamiento del proceso, es decir que sanearon todas las nulidades o irregularidades que pudieran presentarse hasta el momento en las contestaciones de la demanda y las peticiones probatorias de las partes; y, en tercer lugar, se formaliza el decreto de pruebas de la parte, de las partes demandantes, es decir los videos y los documentos aportados de las demandas, se formalizan las pruebas allegadas por la parte demandada a través del apoderado Holman Ibáñez”, explicó el abogado Gómez.Agregó que, “también se dio trámite al recurso de tacha de falsedad que se propuso ahí por parte de la defensa técnica del alcalde en relación con los videos que son la muestra fehaciente de la doble militancia”.También quedó determinado el peritaje que se realizará a los videos para establecer su veracidad. Los resultados se conocerán en audiencia.“Se convoca para una próxima audiencia una vez que alleguen los dictámenes periciales y en término de 10 días hábiles se va a convocar a una audiencia y se corren los traslados se va a convocar una audiencia para citar a los peritos para que hablen sobre la autenticidad de la evidencia digital de los videos donde se ve al alcalde apoyando a otros candidatos al Concejo de Bucaramanga una audiencia de trámite bastante importante porque ya queda decantada la regla del juicio”, puntualizó el abogado demandante Juan Nicolás Gómez.Cabe anotar que, contra el alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán, fueron instauradas cuatro demandas de nulidad electoral, acumuladas en un solo proceso, porque durante la campaña habría invitado a la ciudadanía a votar y respaldar a candidatos al Concejo de otros partidos diferente a Colombia Justa y Libres por el cual aspiró a la alcaldía municipal.
Se trata de un fallo de primera instancia del Tribunal Administrativo de Santander en una demanda de nulidad electoral contra el concejal y actual presidente del Concejo de Bucaramanga, Elkin Yesid Bello, del partido de la U, quien al momento de su elección estaba inhabilitado para aspirar a cargos de elección popular por haber suscrito un contrato de prestación de servicios con la Gobernación de Santander.Según las pruebas presentadas por los demandantes Roberto Ardila Cañas y Fabián Darío Bohórquez, el concejal Bello firmó el 11 de febrero de 2023 el contrato de servicios profesionales identificado CO1.PCCNTR.4609877 que tuvo como objeto “prestar servicios profesionales como administrador de empresas especializado en la Secretaría de Educación del Departamento de Santander dentro del marco del proyecto servicio de asesoría profesional, apoyo a la gestión y asistencia técnica para el fortalecimiento institucional del Departamento de Santander”.Alegaron los demandantes que la norma violada por el concejal está contemplada en la Ley 617 de 2000. “No podrá ser inscrito como candidato ni elegido concejal municipal o distrital: (…) 3. Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito. Así mismo, quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito (…)”.El análisis por parte de los magistrados estuvo centrado en el componente territorial del medio de control de nulidad y, teniendo en cuenta ya un antecedente jurisprudencial del Consejo de Estado sobre violación al régimen de inhabilidades por parte de un concejal en el departamento de Norte de Santander, dado que el concejal Bello no podía haber suscrito el contrato con la Gobernación de Santander porque sus instalaciones quedan en el municipio de Bucaramanga y la ejecución fue en la misma ciudad donde resultó electo.“Como claramente se explica en la sentencia, no interesa si hubo un beneficio para la entidad o entidades objeto del contrato; verbi gratia, los municipios no certificados en educación o donde reposaban los predios a sanear, sino, el lugar de la ejecución del contrato”, dice la parte motiva de la sentencia.La causal de nulidad también se hace extensiva a Germán Wandurraga Malagón, del partido de la U, como potencial aspirante a ocupar la curul del concejal Bello en el municipio de Bucaramanga para el período 2024-2027.
Avanza el peritaje de las pruebas aportadas en el proceso por doble militancia que adelanta el Tribunal Administrativo de Santander contra el alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán Martínez.Los abogados del mandatario habían solicitado al alto Tribunal ampliar el plazo del peritaje de videos y fotografías presentadas por los cuatro demandantes, pero la solicitud fue negada.“Negar la solicitud de ampliación del término otorgado mediante auto 02.08.2024 al demandado (alcalde de Bucaramanga) para aportar el dictamen pericial anunciado en las contestaciones a las demandas de los procesos radicados”, señaló la magistradaSegún los demandantes, Jaime Andrés Beltrán, en época de campaña, cometió el presunto delito de la “doble militancia política”, violando el artículo 107 de la Constitución y la Ley Estatutaria 1475 de 2011.Nicolas Gómez Herrera aportó como pruebas videos y fotografías donde el candidato a la Alcaldía de Bucaramanga, por el partido Colombia Justa y Libres, aparecía invitando a la ciudadanía a votar y respaldar a candidatos al Concejo de otros partidos diferentes al que le entregó el aval para que se inscribiera en la contienda electoral.“Yo presenté una demanda pidiendo la anulación de la elección del alcalde municipal de Bucaramanga porque está in curso en las causales de inhabilidad electoral o anulación electoral o doble militancia, porque Jaime Andrés Beltrán se inscribe por una coalición que se llama Defendamos Bucaramanga integrada por tres partidos políticos, uno que se llama Colombia Justa y Libres, Movimiento de Salvación Nacional, y en ese orden de ideas él resulta haciendo campaña, pidiendo votos por candidatos al Concejo de Bucaramanga de otras colectividades políticas que no tenían parte en esa coalición”, explicó Juan Nicolás Gómez, abogado litigante, especialista en derecho administrativo, asesor de entidades de derecho público.Beltrán Martínez también aparecía en la época electoral en vallas respaldando a candidatos al Concejo que no eran de su partido, como, por ejemplo, a Yesid Bello del partido de la U, quien es hoy el presidente del Concejo de Bucaramanga."Esta inhabilidad sería de rango constitucional, porque en campaña, Jaime Andrés Beltrán, fue apoyado por Colombia Justa Libre. En ese orden de ideas, no podía subirse a una tarima y dar apoyo a quienes no fuesen de su propio partido. Hay fotos y videos en los que, al parecer, apoya a gente del Concejo y Asamblea de otros partidos políticos, eso configura doble militancia", afirmó el experto en demandas electorales, Carlos Alfaro.Documento del Tribunal Admnistrativo de Santander: Como se recordará, el Tribunal Administrativo de Santander negó la medida de suspensión provisional del alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán, como había solicitado los demandantes mientras avanza el proceso en su contra.
En una carta dirigida a la magistrada del Tribunal Administrativo de Santander, María Eugenia Carreño Gómez, ponente en la demanda de nulidad electoral contra el alcalde de Piedecuesta, Oscar Javier Santos, la Procuraduría 47 judicial II para asuntos administrativos le solicitó se acepten las pretensiones de la demanda interpuesta por Sergio Armando Pérez y otros, y que busca la nulidad de la elección del mandatario por doble militancia.Según explica la Procuraduría en un documento de 27 páginas, queda demostrado, según las normas que regulan el actuar de los candidatos de elección popular, que el alcalde Santos incurrió en doble militancia por apoyar a aspirantes al concejo de ese municipio diferentes al partido Liberal que fue del que recibió el aval.Los ciudadanos que interpusieron la demanda consideraron que “se configuró la causal del numeral 8 del artículo 275 de la Ley 1437 de 2011, esto es la consistente en haber incurrido en doble militancia en la modalidad de apoyo, al haber violado el artículo 2 de la Ley 1475 del 2011".Afirman que el alcalde Santos “se presentó para las elecciones de alcalde del municipio de Piedecuesta con el aval del partido Liberal y coavalado por el Partido Centro Democrático y AICO por lo cual recibió el apoyo de los candidatos al concejo municipal de esas colectividades. No obstante, el Partido Liberal inscribió candidatos propios al Concejo Municipal de Piedecuesta considerándose que no debió manifestar su apoyo a los candidatos al concejo de otros partidos, así estos integraran la colación mencionada”.Después del análisis que realiza la Procuraduría a la demanda interpuesta por varios ciudadanos concluye lo siguiente: “al haberse conformado una coalición para la inscripción del demandado como candidato a la alcaldía de Piedecuesta, siendo uno de los partidos coaligados el de su militancia, no se configuró la proscripción legal. Recuérdese que, en estos casos, cada partido coaligado otorga avales individuales a sus candidatos, luego el aval del señor Santos Galvis lo otorga el Partido Liberal Colombiano, mientras que su inscripción se realizó en forma conjunta por los miembros de la coalición”.Por tal razón, el ente de control disciplinario solicita a la magistrada ponente del Tribunal Administrativo de Santander y demás magistrados, se concedan las pretensiones de la demanda declarando la nulidad de la elección de Oscar Javier Santos Galvis como alcalde de Piedecuesta, Santander, para el período 2024 – 2027, por doble militancia política.
Según el fallo del Tribunal Administrativo de Santander, Edgar Enrique Gómez Silva financió, con recursos propios, su campaña electoral para llegar al Concejo de Floridablanca, por a estar imputado y acusado por la Fiscalía por los delitos de prevaricato por acción y omisión y, fraude a resolución judicial.Según la decisión judicial, el concejal conocido como ‘Lleras’, del Partido Verde, se autofinanció su campaña para reelegirse como concejal de Floridablanca cuando el artículo 27 numeral 5 de la ley 1475 lo prohíbe ya que está acusado por delitos contra la administración pública.Cabe recordar que el concejal Edgar Enrique Gómez Silva fue acusado, igual que otros 17 concejales de Floridablanca, por la elección irregular de Robiel Barbosa como personero municipal en 2016. En ese proceso judicial está implicado el hoy alcalde José Fernando Sánchez, contra quien también cursa un proceso de nulidad electoral.Dice el fallo judicial que, “de acuerdo con lo anterior, habiéndose probado que al señor Edgar Enrique Gómez Silva, la Fiscalía General de la Nación le formuló imputación y acusación por el delito de prevaricato por acción y omisión y, fraude a resolución judicial, actuación que se sigue en el proceso 68001600882820160015500 ante el Juzgado Quince Penal Municipal de Bucaramanga con Funciones de Control de Garantía y, que éste financió con recursos propios su campaña electoral al Concejo Municipal de Floridablanca; hay lugar a declarar la nulidad del acto administrativo contenido en el formulario E-26 CON del seis de noviembre de 2023”.“La estructuración de la conducta prohibitiva establecida en el numeral 5 del artículo 27 de la ley 1475 de 2011, puede conllevar a la anulación del acto administrativo electoral, por configurarse la causal de infracción a las normas en que debería haberse fundado el acto administrativo electoral, también conocida como la nulidad por violación del ordenamiento superior o de la regla de derecho de fondo que se exigía para su sustento; sin que se entienda, que la declaratoria de nulidad electoral e incluso la limitación que estableció el legislador estatutario para el financiamiento de las campañas electorales, conlleve un tratamiento inconvencional no permitido en desmedro de los derechos políticos”, dice el fallo del Tribunal Administrativo de Santander contra el concejal Gómez Silva.La Procuraduría determinó la responsabilidad disciplinaria por la comisión de la falta grave cometida con culpa grave cuando se eligió a Robiel Barbosa como personero de Floridablanca en 2016, sin tener en cuenta que quien ocupó el primer puesto en el concurso de méritos fue el abogado Luis José Escamilla, donde esta implicado el concejal Edgar Enrique Gómez Silva.En el proceso, la Procuraduría encontró que los concejales no dieron cumplimiento al principio de imparcialidad al calificar a Robiel Barbosa en la prueba de la entrevista con un puntaje de 100 y a Luis José Escamilla quien hasta ese momento ocupaba el primer puesto del concurso, un puntaje de 1.Este es el fallo del Tribunal Administrativo de Santander:
El Tribunal Administrativo de Santander admitió la demanda de pérdida de investidura contra los concejales de Barichara, Santander, Carlos Heli Afanador Castro, Carlos Lozano Ballesteros y Ramón Bernardo Castillo García del movimiento político Juntos por Barichara; Sebastián Torres Torres del partido Verde; y Diego Buenahora Aparicio, del partido Centro Democrático, por aprobar el proyecto de acuerdo promovido por el actual alcalde para otorgar un subsidio de transporte para estudiantes de colegios públicos de este municipio.La demanda interpuesta por Isabel Díaz Cala pretende la desvinculación de los concejales, quienes, según los hechos, no se declararon impedidos para aprobar el subsidio del cual se ven beneficiados por tener hijos en instituciones públicas.Dos concejales de Nariño fueron atacados a bala cuando salían de La Picota, en Bogotá“El Concejo municipal de Barichara (Santander), a su juicio, actuó con dolo por cuanto buscó burlar la norma al expedir y autorizar esta clase de subsidio de transporte escolar donde estos dineros salen del impuesto y se le paga a un grupo de personas que sacaron y compraron busetas que carecen de legalidad, que no pertenecen a ninguna empresa de servicio público, dineros que van a particulares solo para cumplir compromisos políticos”, dice un aparte de la demanda de pérdida de investidura.La demandante también solicitó medida cautelar de suspensión provisional de los cinco concejales de Barichara, la cual fue notificada a los demandados, pero aún sin solución por parte del Tribunal Administrativo de Santander.
Sigue la controversia en Bucaramanga por la posible compra de votos en la elección de Hernando Villamizar para ser elegido por los concejales como personero municipal, luego de que se conociera un audio donde un concejal y un exconcejal se reclaman entre si por la repartición burocrática y de 80 millones de pesos.Ante el Tribunal Administrativo de Santander fue radicada una demanda de control de nulidad por la elección de Hernando Villamizar que tras ser tercero en el examen académico para el cargo resultó ser primero cuando los concejales realizaron la entrevista. “Fue un salto de conejo”.“Lo que buscamos es que se revise las denuncias de irregularidades y la falsa motivación en un acto administrativo que expidió el Concejo de Bucaramanga para modificar las normas que regían para la calificación de los aspirantes al cargo de personero. De una forma extraña cambiaron las reglas de juego en la puntuación que le daban a los seis más opcionado en la entrevista con los concejales tras los resultados de la prueba académica donde mi defendido, Pedro María Osma, era el primero”, dijo a Blu Radio el abogado Dilmar Ortiz.Entre las pruebas aportadas al Tribunal Administrativo de Santander se encuentra el audio donde el concejal del Partido Conservador Óscar Díaz discute con el exconcejal Carlos Barajas por temas burocráticos y dinero.Por la elección del contralor de Bucaramanga se habría pactado, al parecer, el pago de una millonaria coima representada en dinero en efectivo y nombramientos de personas cercanas de cada uno de los implicados en este escándalo en la Personería, Concejo y Alcaldía, dicen los demandantes.“Usted no me dijo que había una bolsa de 80 millones, usted no fue claro conmigo”, le dijo el concejal Óscar Diaz al exconcejal Barajas, quien lo ayudó a conseguir votos para su elección en octubre pasado.Ante esa frase, el exconcejal Barajas le dice a Díaz lo siguiente: “Son 30 millones que son míos, usted después en dos y cuatro años podrá tener lo mismo en las elecciones del secretario del Concejo, de contralor y de Control Interno también podría ganar dinero porque eso va a ser suyo”, afirmó.Carlos Barajas le reclama al concejal Díaz que se siente ignorado por él y le dice "hoy usted tiene los gloriosos, yo siento que la relación de los dos no va a durar mucho. Mire los negocios que tengo para hacer con Nixon, $35 millones por Plan de Desarrollo que nos podemos ganar”, se escucha en el audio.“Sin sus votos y sin los míos no hubiera sacado la credencial entonces esto es compartido, entonces yo quiero saber si podemos recomendar a algunas personas”, hablan del tema los dos implicados.En diálogo con Blu radio, el exconcejal de Bucaramanga, Carlos Barajas, señaló que él no ha cometido ningún delito y que ese audio que circula en redes sociales es una manipulación de su voz a través de la IA (Inteligencia Artificial).
La Alcaldía de Barrancabermeja confirmó que fue levantada la medida cautelar que tenía suspendidas las obras del Mirador del Río y el BIT por lo que en una semana reiniciarán los trabajos para terminar los proyectos.La obra del BIT del Río tiene una inversión aproximada de $14.000 millones que incluye la interventoría y un avance del 70%; la obra del Mirador del Río es de $26.000 millones, también incluye la interventoría.“Se estima que aproximadamente en una semana se estarán realizando los inicios de cada una de las actividades teniendo en cuenta la contratación del personal”, confirmó Johana Paola Santos, secretaria de Infraestructura de Barrancabermeja.Sobre la acción judicial y el proceso en contra de los dos proyectos el secretario Jurídico de la Alcaldía Distrital, Dayron Aguilera Cárdenas, explicó: “en el año 2023 con ocasión de una acción popular impetrada por un ciudadano, cuyo conocimiento tuvo el Juzgado Oral Tercero Administrativo de Barrancabermeja, se decretó una suspensión de las obras (del Mirador del Río y del BIT) como medida cautelar. En octubre de 2023 la Secretaría Jurídica de la Alcaldía Distrital apeló esta decisión, cuyo conocimiento y competencia tuvo el Tribunal Administrativo de Santander, que en un auto el día 6 de febrero de 2024 procedió a revocar la medida de suspensión de obras del BIT y Mirador del Río, al considerar que en Barrancabermeja no existen bienes de interés cultural del nivel distrital debidamente declarados”.Indicó que: “la Alcaldía Distrital está comprometida en la tarea de proteger los bienes patrimoniales que se encuentran listados en el Plan de Ordenamiento Territorial, pero hemos encontrado a partir de un análisis jurídico que estos bienes no fueron declarados en debida forma, de conformidad al ordenamiento jurídico vigente. Por ello la Secretaría de Cultura, Turismo y Patrimonio se encuentra realizando, a través del Consejo Distrital de Patrimonio Cultural, todas las acciones pertinentes para la protección idónea de tales bienes en Barrancabermeja”.
El Tribunal Administrativo de Santander negó la medida de suspensión provisional del alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán, en medio de una demanda que busca anular el acto administrativo de elección del mandatario para el período 2024 -2027 por doble militancia.Según el auto de la magistrada Luisa Fernanda Flórez, los videos y fotografías aportados como pruebas por el demandante no permitían concluir que el alcalde Beltrán había incurrido en doble militancia cuando fue candidato para las alecciones de octubre de 2023.Dice la decisión sobre la medida cautelar lo siguiente:“Siendo los videos aportados por la parte demandante la única prueba con la que se pretende probar la doble militancias alegada y habiendo sido estos desconocidos por el señor Jaime Andrés Beltrán, sin que pueda el Tribunal comprobar en estos momentos la fuente de este o su veracidad, en aplicación del art. 244, no se podrán tener por ciertos los fundamentos fácticos de la demanda, haciéndose necesario surtir del debate probatorio propio del medio de control de la referencia, puesto que, los videos por sí mismos no logran corroborar que fueran difundidos en algún medio de comunicación o red social y la veracidad y autenticidad de los mismos”.Cabe anotar que contra el alcalde de Bucaramanga hay cuatro demandas de nulidad electoral que fueron interpuestas por el senador del partido Verde Fabián Díaz Plata y los abogados Edgar Solier Millares Escamilla, Sandra Serrano y Jaime Nicolás Gómez.Las cuatro fueron acumuladas por el Tribunal Administrativo de Santander, explicó el abogado Carlos Alfaro Fonseca, consultor y especialista en derecho administrativo y constitucional.“Decidió aceptar la acumulación de demandas esto no implica nada el proceso sigue normalmente y las partes demandantes y consideran pueden interponer el recurso de operación contra el auto que niegan la medida cautelar y ese lo resuelve la sesión quinta del Consejo de Estado Recurso de apelación será en el efecto evolutivo así que no hay inconveniente el proceso tal como como lo ordena la ley 1437 del 2011 y ahora que sea se dio la acumulación seguramente va a avanzar un poco más rápido”, indicó el abogado.Hollman Ibañez Parra, abogado defensor del alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán, dijo que la decisión de la magistrada de negar la medida cautelar es una excelente noticias. Esto escribió en su cuenta en X donde publicó la decisión.
Una nueva demanda electoral fue interpuesta contra el alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán Martínez, por presunta doble militancia. Con esta ya son cuatro las demandas que han sido radicadas en el Tribunal Administrativo de Santander en contra del mandatario.La cuarta demanda fue interpuesta por el abogado Jaime Nicolas Gómez Herrera, quien solicitó la nulidad de la elección de Beltrán Martínez por haber incurrido en delitos electorales.Según el demandante, Jaime Andrés Beltrán, en época de campaña, cometió el presunto delito de la “doble militancia política”, violando el artículo 107 de la Constitución y la Ley Estatutaria 1475 de 2011.Nicolas Gómez Herrera aportó como pruebas videos y fotografías donde el candidato a la Alcaldía de Bucaramanga, por el partido Colombia Justa y Libres, aparecía invitando a la ciudadanía a votar y respaldar a candidatos al Concejo de otros partidos diferentes al que le entregó el aval para que se inscribiera en la contienda electoral.Blu radio consultó al reconocido abogado, Carlos Alfaro, sobre las cuatro demandas que ya fueron interpuestas contra el alcalde de Bucaramanga por posible doble militancia y señaló lo siguiente:"Esta inhabilidad sería de rango constitucional, porque en campaña, Jaime Andrés Beltrán, fue apoyado por Colombia Justa Libre. En ese orden de ideas, no podía subirse a una tarima y dar apoyo a quienes no fuesen de su propio partido. Hay fotos y videos en los que, al parecer, apoya a gente del Concejo y Asamblea de otros partidos políticos, eso configura doble militancia", afirmó el experto en demandas electorales.Beltrán también aparecía en la época electoral en vallas respaldando a candidatos al Concejo que no eran de su partido, como, por ejemplo, a Yesid Bello del partido de la U, quien es hoy el presidente del Concejo de Bucaramanga.El magistrado del Tribunal Administrativo de Santander, Iván Fernando Prada Macías, al conocer esta nueva demanda electoral contra el alcalde Bucaramanga ordenó, mediante un auto, la acumulación de procesos (contra Jaime Andres Beltrán) en los términos del artículo 282 del CPACA.“Se destaca la existencia de una causa común, porque en virtud de ella, a la luz del artículo 88 del CGP, resulta procedente conocer de manera acumulada las controversias, lo que permite un trámite más expedito de éstas, un desgaste menor para las autoridades judiciales y propicia un escenario para que la decisión que se adopte esté en consonancia con los principios de igualdad y seguridad jurídica, evitando una distorsión aleatoria de decisiones” dice el fallo del magistrado.Las otras tres demandas electorales que fueron aceptadas por el Tribunal Administrativo de Santander fueron interpuestas por el senador del partido Verde, Fabián Díaz Plata, y los abogados Edgar Solier Millares Escamilla y Sandra Cecilia Serrano Rodríguez.Documento del Tribunal Administrativo de Santander:
Este domingo 24 de noviembre será la jornada de votación para definir si Cali, Candelaria, Dagua, Jamundí, Palmira, Puerto Tejada y Villa Rica, municipios de Valle y Cauca, se unen al Área Metropolitana del Suroccidente Colombiano. Para que la jornada transcurra con normalidad, las autoridades decidieron decretar ley seca, la medida tiene horarios definidos para bares, discotecas, estancos y establecimientos que comercialicen bebidas alcohólicas. "Para establecimientos sin consumo interno de bebidas alcohólicas (como estancos y tiendas): la medida inicia a las 10:00 de la noche del sábado 23 de noviembre. Para establecimientos con consumo interno (bares, discotecas y restaurantes), la medida inicia a la medianoche del mismo día. La restricción estará vigente hasta las 6:00 de la mañana del lunes 25 de noviembre", dijo Diego Fernando Hau, secretario de Gobierno de la Alcaldía de Cali. También se instalará un Puesto de Mando Unificado (PMU) en el Comando de la Policía Metropolitana de Cali y habrá un despliegue de uniformados en todos los puestos de votación para garantizar el derecho al voto de los ciudadanos."El domingo es importante acudir a las urnas desde las 8 de la mañana hasta las 4:00 pm en el mismo puesto de votación donde se encuentra la cédula de ciudadanía registrada, de esta misma manera la policía junto con la fuerza pública y la Alcaldía de Cali garantizara el derecho a la democracia y garantizara que todas las personas que salgan a votar lo hagan de manera libre y segura", manifestó Hau. Durante la jornada estará prohibido el transporte de carga pesada, materiales de construcción, escombros, pipas, pimpinas de gas y trasteos, así como el porte, tenencia o transporte de armas blancas.Finalmente, desde este sábado y hasta el lunes, los centros médicos tienen activada la alerta amarilla para garantizar la prestación oportuna de los servicios de salud ante una posible emergencia.
"Daremos todo", dijo el técnico Pablo Peirano, de Santa Fe, tras la goleada que recibió el club en la primera fecha de cuadrangulares por parte de Atlético Nacional (5-0), que espera recuperar terreno contra Millonarios en el clásico capitalino; sin embargo, el partido podría tener un problema que ninguno de los clubes tenía en la mente.La Comisión Distrital de Seguridad, Comodidad y Convivencia para el Fútbol de Bogotá (CDSCCFB) emitió un comunicado en donde asegura que, este partido, no se podrá disputar el lunes, 25 de noviembre, como dice el calendario Dimayor debido a que no existen las garantías mínimas de seguridad para que este compromiso se lleve a cabo en el horario estipulado, esto debido a que el desmontaje del concierto de Iron Maiden, que será tres antes, demoraría más tiempo en completarse.“En tal sentido y de acuerdo a lo establecido en el reglamento interno de la CDSCCFB, con el fin de garantizar las condiciones de seguridad, comodidad y convivencia en cualquier partido de fútbol, se decide que el partido programado entre Santa Fe y Millonarios por la segunda fecha de la fase de grupos debe ser aplazado en la fecha que defina la Dimayor, considerando que se deben garantizar las condiciones de seguridad, comodidad y convivencia para el desarrollo del mismo”, indicaron.Asimismo, sugieren que se dispute un día después, es decir, el martes, 26 de noviembre, a la misma hora. No obstante, de darse esto, Dimayor debería correr toda la fecha 3, pues está programada para el jueves de esa semana y los clubes deben contar con mínimo tres días de descanso en sus planteles profesionales. La otra opción es aplazarlo por completo y dejarlo tentativo para cuando se disputen las finales de Copa.“Se invita a todos los integrantes del ecosistema del fútbol a trabajar de manera armónica y ordenada para garantizar una adecuada realización de los diferentes eventos deportivos”, puntualizaron.
El Servicio Geológico Colombiano reportó, durante la tarde de este jueves 21 de noviembre, que se presentó un sismo de magnitud 4.0 con epicentro en el municipio de Tona, Santander. El sismo tuvo una profundidad de 182 kilómetros y también se sintió en Santa Barbara y Floridablanca.
Este jueves en Voz Populi hablamos de los diferentes temas políticos, nacionales e internacionales más importantes, acompañados del humor característico de cada uno de nuestros personajes en el programa.Escuche el programa completo
Crepes & Waffles, una de las marcas colombianas más icónicas, continúa expandiendo su presencia internacional, consolidándose como una multinacional con restaurantes en varios países, incluyendo Europa. Uno de sus locales, ubicado en Madrid, fue recientemente visitado por un grupo de españolas que compartieron su experiencia en redes sociales.“Hoy decidimos venir con unas amigas al restaurante Crepes & Waffles, llegado desde Colombia y que cuenta con tres sedes en Madrid”, comentó una de ellas a través de la cuenta de Instagram Elkomedir, donde compartieron detalles sobre los platos que probaron y los precios.Así fue la reacción de las españolasEl grupo comenzó su velada probando las famosas tomatinas, una entrada de mozzarella con pesto y vinagre balsámico, por 5,90 euros (alrededor de 27.000 pesos colombianos).En cuanto a los platos principales, eligieron una variedad de opciones representativas del menú:Waffle Madam con queso sajonia, huevo y salsa parmesana: 10,50 euros (48.000 pesos colombianos).Crep de gambas al ajillo: 15,90 euros (73.000 pesos colombianos).Pita de champiñón bucket con mozzarella, champiñones, tomates secos y rúcula: 10,20 euros (46.000 pesos colombianos).Crep sombrero volteado, una combinación de carne desmechada, puré de plátano, crema agria, aguacate y pico de gallo: 13,90 euros (64.000 pesos colombianos).Finalmente, cerraron la experiencia con un waffle con dulce de leche, helado de vainilla y nata, a un sorprendente precio de 1,80 euros (8.000 pesos colombianos).“Hace unos días estuvimos en este restaurante de origen colombiano con unas amigas (gracias Jessi por salir en nuestro vídeo 😘) y nos gustó bastante", escribieron en la publicación. Aunque mencionaron que el servicio fue un poco lento, destacaron la calidad de la comida y los precios competitivos, especialmente considerando la ubicación del restaurante en la popular calle Fuencarral.