El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha dado un paso más en el caso que involucra al embajador de Colombia en México, Álvaro Moisés Ninco, al rechazar los recursos de reposición y apelación presentados por los abogados del presidente Gustavo Petro y del diplomático.La decisión, emitida por la magistrada ponente Claudia Elizabeth Lozzi Moreno el pasado 8 de febrero, deja claro que no se admite ningún recurso ordinario frente a este dictamen.En un fallo de noviembre de 2023, se declaró la nulidad del decreto 0190 mediante el cual Ninco fue designado en su cargo. Ante esta situación, los abogados del presidente Petro y del embajador presentaron una solicitud de nulidad procesal, la cual fue rechazada de plano por la magistrada Lozzi Moreno.Según lo establecido en la ley, esta decisión no puede ser objeto de recurso ordinario alguno.La justificación para rechazar los recursos de reposición y apelación radica en la improcedencia de los mismos, según explicó la magistrada. Esto significa que las demandantes del nombramiento de Ninco, Adriana Marcela Sánchez Yopasá y Mildred Tatiana Ramos Sánchez, han logrado una victoria en este proceso judicial al ver rechazados los recursos presentados por la defensa del presidente.“Razón por la cual, este despacho le da la razón a la señora Adriana Marcela Sánchez Yopasá en su calidad de demandante y a la señora Mildred Tatiana Ramos Sánchez en calidad de coadyuvante de la parte demandante y rechazará por improcedentes los recursos de reposición y en subsidio de apelación presentados por el apoderado judicial del señor presidente de la República contra la providencia del ocho (8) de febrero de 2024″, dice la decisión.Una de las peticiones de las demandantes era imponer una multa contra el abogado defensor del presidente Petro, alegando dilación del proceso debido a la presentación de recursos improcedentes. Sin embargo, esta solicitud también fue negada por la magistrada, quien no encontró evidencia de una dilación injustificada en el proceso.Ahora, la atención se centra en el Consejo de Estado, que deberá pronunciarse sobre los recursos presentados por los abogados del funcionario diplomático y del presidente de Colombia. La resolución del Tribunal Administrativo de Cundinamarca deja en claro que el caso sigue avanzando y que la decisión final recaerá en esta instancia superior.
Se siguen conociendo reacciones al nombramiento de Moisés Ninco Daza como nuevo embajador de Colombia en México, el cual ha sido duramente cuestionado por sindicatos de trabajadores de carrera diplomática, por no tener título profesional ni experiencia relacionada con sus nuevas funciones en la embajada.Ante la evidencia de que Ninco no cumplía los requisitos para ser embajador, la Cancillería elevó una consulta a la comisión evaluadora de méritos para que les diera un concepto sobre si la hoja de vida podía ser avalada por su experiencia laboral, en la UTL de Gustavo Bolivar, la campaña presidencial y un simulacro universitario de la ONU.La comisión se reunió el pasado 16 de enero y, allí, se procedió a votar si se debía avalar la hoja de vida del joven embajador. Ese día estaban presentes el ministro de Ciencias, Arturo Luna, el director de Función Pública, Cesar Manrique y la rectora de la Universidad Nacional, Dolly Montoya; esta última fue la única que se opuso a avalar a Ninco.“La Dra., Dolly afirma que, realizada la revisión de los documentos, en la experiencia relacionada en la hoja de vida expuesta por el señor Álvaro Moisés Nico Daza, no encuentra el suficiente mérito en relación a los estudios profesionales que no ha terminado. Además, en relación a su experiencia laboral, considera que no es indicada para el papel fundamental que asumiría el señor Álvaro Moisés Ninco Daza, si se tiene en cuenta la responsabilidad con el país de Estados Unidos Mexicanos, y la importancia como aliado comercial, político, económico, y cultural, entre otros”, se advierte en el acta conocida por Blu Radio.“No se está de acuerdo con que se aplique lo establecido en el Artículo 1 del Decreto Ley 770 de 2005, para que en razón a los oficios y saberes de Ninco, se pueda compensar excepcionalmente los requisitos para desempeñar el cargo de Embajador”, advirtió la rectora.“Se hace una revisión exhaustiva y el grupo Efi SAS es una empresa privada de la cual no figura página web. Por otra parte, ser asistente l en una Unidad de Trabajo Legislativo (es el grado más bajo) y la certificación del Modelo de las Naciones Unidas MUN Unisabana de representante sobresaliente, realizado en un día específico del 3 de mayo de 2015, son aspectos que no demuestran una labor destacada en área alguna.”, aseveró Montoya.Sin embargo, fue derrotada en la votación por el ministro de Ciencias, Arturo Luna y el director de Función Pública, Cesar Manrique, quienes sí aceptaron y, por eso, se procedió a recomendar al canciller Leyva su nombramiento.Luna, ministro de Ciencias advirtió que “se puede inferir que (Ninco) tiene las cualidades para ejercer a plenitud dicho cargo, a pesar de no cumplir con los requisitos de formación académica. Adicionalmente, las áreas de foco de lo que ha sido su experiencia, están alineadas con la política del Gobierno del señor presidente Gustavo Petro”.Le puede interesar "Los reparos del fiscal Francisco Barbosa a la ley de sometimiento":