Son varias las polémicas que han rodeado al proyecto conocido como el Central Park paisa, que lleva meses sin contar con un contratista o interventor que saque adelante las obras y que ha pasado ya por al menos tres gobernadores, contando al actual.Ahora, la tragedia invade nuevamente al proyecto, pues Jhon Jairo Uribe Urrego, un subcontratista de Urba Eléctricos, de la Unión Temporal la Alpujarra, falleció electrocutado mientras realizaba sus labores, las mismas que abordaba la unión comprendida en el marco del contrato 553 de 2022, celebrado en la administración del exgobernador de Antioquia Aníbal Gaviria.Según explica Carlos Contreras, defensor de derechos humanos y veedor de la ciudadanía al Central Park, este contrató que ya se encontraba terminado, junto a las responsabilidades civiles, recaería sobre la actual administración, además indica que el operario se encontraba realizando estas labores porque presuntamente no se le había pagado y esta era una forma de quizás acelerar el proceso."Estaba tratando de hacer una conexión dado que EPM ya les había supuestamente entregado el contrato y en un acto de desesperación para que les pagaran, pues se cometieron algunos errores de tipo técnico que terminó cobrando la vida de esta persona", explicó el defensor a Blu Radio.El cuerpo de bomberos y los paramédicos de Bello, atendieron la situación y le brindaron los primeros auxilios al hombre; sin embargo, debido a la gravedad de las heridas, falleció.Por el momento, la veeduría señala que el proyecto no solo estaría rodeado de retrasos, sino también de polémicas en torno a la titularidad del predio y la presunta afectación ambiental causada por sus obras, por el momento, advierten que es necesario que las autoridades departamentales se apropien de la situación para sacar el proyecto adelante y evitar este tipo de tragedias.
En Colombia, la dotación laboral es un derecho obligatorio que tienen todos los trabajadores, garantizado por la ley. Según el experto en derechos laborales Jackson Peláez, este beneficio consiste en la entrega del vestuario y calzado necesarios para que el trabajador pueda desempeñar sus labores de forma adecuada y segura.¿Cuántas veces al año se debe entregar la dotación?La ley establece que los empleadores deben entregar tres dotaciones al año a sus empleados. Estas deben ser entregadas en las siguientes fechas:AbrilAgostoDiciembreLa dotación debe incluir elementos esenciales como ropa adecuada al trabajo y zapatos específicos para garantizar la protección del trabajador, como botas antideslizantes en ambientes industriales o de riesgo.¿Quiénes tienen derecho a la dotación?Este beneficio aplica para los empleados que:Tengan un contrato laboral vigente.Perciban un salario igual o inferior a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.Hayan cumplido más de tres meses continuos de trabajo.¿Qué pasa si el empleador no entrega la dotación?El incumplimiento en la entrega de la dotación puede generar graves consecuencias legales para el empleador. Jackson Peláez detalla los siguientes escenarios:Sanciones administrativas:El Ministerio de Trabajo puede imponer multas significativas a las empresas que no cumplan con la entrega de la dotación en las fechas estipuladas. Estas sanciones pueden ser cuantiosas, dependiendo de la gravedad y la reincidencia de la falta.Demandas por perjuicios:Si la falta de dotación genera algún daño o perjuicio al trabajador, este tiene derecho a demandar a la empresa. Por ejemplo, si un empleado que trabaja en una fábrica no recibe botas de seguridad y sufre un accidente laboral, puede exigir una reparación por los daños ocasionados, incluyendo los costos médicos y perjuicios derivados de la negligencia del empleador.Responsabilidad civil:En caso de accidentes relacionados con la falta de dotación, las empresas son responsables de cubrir todas las consecuencias legales y económicas derivadas del incumplimiento.Peláez enfatiza que la dotación no es solo una obligación legal, sino una herramienta fundamental para garantizar la seguridad y el bienestar de los trabajadores. Elementos como botas antideslizantes o ropa adecuada no solo facilitan el desempeño laboral, sino que también previenen accidentes y riesgos en el lugar de trabajo.Por lo tanto, las empresas deben asegurarse de cumplir con este deber para evitar sanciones y proteger tanto a sus empleados como a su propia reputación ante el Ministerio de Trabajo y la sociedad en general.
El Ministerio de Trabajo anunció el inicio de un proceso administrativo para estudiar la petición de despido masivo en Tigo-Une.La entidad confirmó que Tigo-Une pretende despedir a 81 de sus 745 trabajadores, es decir, al 10.8 % del total, y por eso en las últimas horas la compañía le hizo una solicitud de despido masivo al Ministerio del Trabajo.En el proceso administrativo se va a determinar si se le da vía libre al despido o no.Inicialmente, se verificará el cumplimiento de los requisitos legales de la solicitud y en caso de que se reúnan, se continuará con las distintas etapas que involucran el decreto y la práctica de pruebas a través de las cuales la autoridad competente, en este caso el Ministerio del Trabajo, "Se hace un criterio suficientemente informado que le permite tomar la decisión que corresponda".Garantizar el debido proceso a trabajadores de Tigo-UneDicen desde el Gobierno nacional que aquí van a garantizar el debido proceso y los derechos de los trabajadores."El papel del ministerio en estos casos es ser garante de los derechos laborales y en estas situaciones es importante activar los escenarios de diálogo social para la resolución de los conflictos laborales que puedan permitir una solución más armónica a partir de acuerdos que generen la menor afectación posible, es lo que está diciendo en este momento el Ministerio del Trabajo", señaló la entidad.¿Qué se debe cumplir para un despido masivo?Cuando una empresa planea realizar un despido colectivo, debe obtener autorización previa del Ministerio del Trabajo, según lo estipulado en el artículo 57 de la Ley 50 de 1990.La solicitud debe incluir:Una explicación detallada de los motivos detrás del despido colectivo.Las justificaciones correspondientes que respalden la necesidad de esta medida.Una notificación por escrito a los empleados afectados, informándoles sobre la solicitud presentada al Ministerio.
EPM Telecomunicaciones S.A., conocida como UNE, ha informado sobre la implementación de dos nuevas políticas en el marco de una reestructuración organizativa. Una de ellas contempla un retiro voluntario anticipado, dirigido a colaboradores que deseen acogerse libremente a esta medida, incluidos pre-pensionados y aquellos que ya han alcanzado la edad para pensionarse.La primera política anunciada corresponde a una reestructuración organizativa, mientras que la segunda se enfoca en el retiro anticipado para empleados. Según UNE, estas medidas buscan ajustarse a las dinámicas naturales del mercado, en un sector de telecomunicaciones que actualmente enfrenta múltiples desafíos.En un comunicado oficial, la empresa expresó:¿Qué implica esta medida?El retiro voluntario estará disponible para los colaboradores que decidan acogerse de manera libre a esta política. Sin embargo, UNE no ha precisado cuántas personas podrían optar por esta medida ni cuántos empleados estarían involucrados en el proceso de reestructuración organizativa.¿Cómo se realiza un despido colectivo?El despido colectivo es una figura laboral regulada en Colombia que se presenta cuando una empresa decide desvincular a un porcentaje significativo de sus empleados dentro de un periodo de seis meses. Sin embargo, este tipo de desvinculación está sujeto a estrictas normativas legales para proteger los derechos de los trabajadores y garantizar que las empresas cumplan con los procedimientos establecidos.De acuerdo con el numeral 4º del artículo 67 de la Ley 50 de 1990, un despido es considerado colectivo si afecta, en un lapso de seis meses, a un porcentaje específico de trabajadores dependiendo del tamaño de la empresa:Número de empleadosPorcentaje máximo permitidoDe 10 a 5030%De 51 a 10020%De 101 a 20015%De 201 a 5009%De 501 a 1.0007%Más de 1.0005%Es importante señalar que solo se consideran los despidos sin justa causa al calcular este porcentaje. Los casos en los que el contrato finaliza por vencimiento del plazo pactado o por causales legales justificadas no se incluyen en este cálculo.Cuando una empresa planea realizar un despido colectivo, debe obtener autorización previa del Ministerio del Trabajo, según lo estipulado en el artículo 57 de la Ley 50 de 1990.La solicitud debe incluir:Una explicación detallada de los motivos detrás del despido colectivo.Las justificaciones correspondientes que respalden la necesidad de esta medida.Una notificación por escrito a los empleados afectados, informándoles sobre la solicitud presentada al Ministerio.¿Se reconoce la indemnización en un despido colectivo?El despido colectivo no constituye una justa causa para la terminación del contrato de trabajo, lo que significa que los trabajadores afectados tienen derecho a recibir la indemnización por despido sin justa causa correspondiente.El numeral 6 del artículo 67 de la Ley 50 de 1990 del Código Sustantivo del Trabajo establece:Esto implica que, aunque el despido colectivo sea autorizado por el Ministerio del Trabajo, dicha autorización no convierte el despido en justo, sino en legal, por lo que se mantiene la obligación de pagar la indemnización correspondiente por terminación sin justa causa.No obstante, el Código Sustantivo del Trabajo también contempla excepciones:"Si la empresa o el empleador tiene un patrimonio líquido gravable inferior a mil (1.000) salarios mínimos mensuales vigentes, el monto de la indemnización será equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la antes mencionada."
En Colombia, la ley laboral garantiza a todos los trabajadores ciertos permisos remunerados o llamados días libres que son obligatorios y que muchos desconocen. Conocer estos derechos es fundamental para aprovechar los beneficios que la legislación ofrece. Según el experto en temas laborales y abogado Jackson Peláez, son cinco los permisos que cada trabajador puede solicitar al año y remunerados. ¿Qué permisos se pueden pedir en el trabajo?Permiso para votar: La ley establece que los trabajadores tienen derecho a un permiso remunerado para ejercer su derecho al voto en elecciones nacionales o locales. Este permiso es un incentivo para fomentar la participación ciudadana.Permiso para citas médicas: Todo trabajador tiene derecho a ausentarse del trabajo para asistir a citas médicas. Este permiso es remunerado y debe ser coordinado con el empleador, siempre que se presenten los soportes documentales a que haya lugar, y demás documentos solicitados por el empleadorpara demostrar dicha situación.Licencia de Maternidad y Paternidad: La licencia de maternidad garantiza 18 semanas de descanso para las madres, mientras que los padres tienen derecho a una licencia de paternidad de 2 semanas. Ambos permisos son obligatorios y cubiertos por el sistema de seguridad social.Permiso por calamidad doméstica: En caso de una emergencia familiar (como un accidente o enfermedad grave de un familiar cercano), el trabajador puede solicitar este permiso remunerado para atender la situación.Licencia por luto: Cuando un familiar en primer grado de consanguinidad o afinidad fallece, el trabajador tiene derecho a una licencia por luto de hasta 5 días hábiles, según lo establece la ley.Muchos trabajadores no están al tanto de estos beneficios legales y, como resultado, no los solicitan, cuando están amparados por la ley y deben ser respetados por los empleadores. ¿Qué dice la ley sobre los permisos laborales?Según la norma colombiana el empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días, cuando medie justa causa. Corresponde al jefe del organismo respectivo, o a quien haya delegado la facultad, el autorizar o negar los permisos.Cuando la causa del permiso sea una calamidad doméstica el empleado deberá informar inmediatamente la situación y, una vez se reincorpore al ejercicio de sus funciones, justificar ante el nominador o su delegado el motivo que la originó con los soportes necesarios para demostrarla, quien determinará si existió mérito suficiente para la ausencia laboral. De no existir mérito suficiente se procederá a descontar los salarios por el día o días no laborados.
El Gobierno nacional decretó este 24 de diciembre un incremento del 9,54% en el salario mínimo para el año 2025, elevándolo a $1'423.500 mensuales, desde los $1.300.000 establecidos en 2024 y en 1'623.500 pesos si se le suma el auxilio de transporte. Cálculo del aumento del salario mínimo para 2025Según datos del Ministerio de Trabajo, el ajuste del salario mínimo se fundamenta en varios indicadores económicos clave, pero la inflación fue el dato crucial para esta decisión. Inflación proyectada:Inflación 2024: Según estimaciones del Banco de la República, se prevé que la inflación cierre en 5,3% para finales de 2024. Banco de la RepúblicaInflación 2025: Se proyecta una disminución de la inflación al 3,1% para finales de 2025. Promedio de Inflación 2024 y 2025: El promedio de estas proyecciones es 4,2%.Productividad por hora trabajada:El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) reportó un incremento en la productividad laboral del 3,43%.Contribución de los Salarios al Ingreso Nacional:La participación de las remuneraciones de los asalariados en el Ingreso Nacional Bruto aumentó en 2 puntos porcentuales.Sumando estos factores, el incremento total del salario mínimo se establece en 9,53%, redondeado al 9,54% decretado por el Gobierno.Colombia enfrenta desafíos significativos en términos de desigualdad y pobreza:Índice de Gini: Con un coeficiente de 0,556 en 2024, Colombia se posiciona como el tercer país con mayor desigualdad a nivel mundial.Distribución de Ingresos:Más de 3 millones de personas perciben un salario mínimo.Más de 10 millones ganan menos de un salario mínimo.El salario mínimo es una herramienta esencial en las políticas destinadas a superar la pobreza y reducir la desigualdad, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), señaló el Ministerio de Trabajo. Gremios empresariales no acompañan este aumentoJaime Alberto Cabal, presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), fue uno de los primeros en alzar la voz contra la decisión, señalando que esta medida podría tener efectos perjudiciales para la economía. Para Cabal, el aumento del salario mínimo no tiene en cuenta la realidad de las pequeñas y medianas empresas, que enfrentan ya altas presiones económicas debido a la inflación y a la incertidumbre económica. Según su opinión, la medida es "populista" y "alejada de la realidad", pues no se habría evaluado el impacto que tendría sobre los costos operativos y la sostenibilidad financiera de muchos negocios."Es un tiro en el pie decretar un alza tan fuerte en el salario mínimo porque los congresistas serán conscientes de que elevar aún más los costos laborales pondría en serio peligro a las micro, pequeñas y medianas empresas. Además, el panorama fiscal se complicará aún más al aumentar fuertemente los gastos de la nómina estatal, y como por si fuera poco, el Banco de la República será mucho más cauteloso para reducir las tasas de interés. Sin duda, la decisión de hoy atenta contra la estabilidad económica del país", aseguró.Por otro lado, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) celebró el aumento. Fabio Arias, presidente de la CUT, destacó que el incremento es un "buen resultado" para los trabajadores colombianos. Arias defendió que el aumento es necesario para contrarrestar los efectos de la inflación y mejorar las condiciones de vida de los trabajadores de menor ingreso, que se han visto golpeados.
En un acto público desde Zipaquirá, el presidente Gustavo Petro firmó el decreto que oficializa el aumento del salario mínimo 2025.¿En cuánto subió el salario mínimo con auxilio de transporte para 2025?Según el anuncio, el salario mínimo para el 2025 queda en 1'423.500 pesos pesos tras el aumento del 9,54 %. Mientras que el auxilio de transporte quedó en 200.000 pesos.Eso quiere decir que el salario mínimo para el 2025 con auxilio de transporte queda en 1.623.500 pesos. El jefe de Estado señaló que con un salario mínimo más alto, muchas más personas pueden salir de la pobreza y no la teoría de los gremios de que podría ser perjudicial para la economía del país. De hecho, este mismo martes, 24 de diciembre, los gremios empresariales enviaron un comunicado señalando que el aumento del salario mínimo debía ser consecuente con las metas de reducción de la inflación, dado que este fenómeno afecta de manera significativa a los trabajadores y hogares colombianos, quienes sufren el mayor impacto."Es una decisión populista y alejada de la realidad económica del país", así calificó Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, la decisión del Gobierno de aumentar el salario mínimo para el 2025 en un 9.54 %. “Con esta decisión no sólo pone en riesgo la viabilidad de cientos de micro, medianas y pequeñas empresas, sino que afecta la generación de nuevos empleos, arriesga los puestos de trabajo que ya existen y fomenta la informalidad”, señaló.Este aumento se da por decreto luego de que la mesa de concertación entre las centrales obreras y los gremios no llegaran a un acuerdo.
Luego de semanas de negociación entre centrales obreras y gremios empresariales, no se llegó a una concertación para el aumento del salario mínimo que regirá en 2025. La decisión se tomó hoy, martes 24 de diciembre, y fue anunciado al país por el presidente Gustavo Petro desde Zipaquirá.¿En cuánto queda el salario mínimo en 2025?El salario mínimo 2025 queda en 1'423.500 pesos con el aumento del 9,54 % lo que representa 123.500 pesos, según lo decretó el presidente Gustavo Petro. Con auxilio de transporte, el salario se ubicará el próximo año en 1'623.500 pesos.En un comunicado, los gremios le pidieron al Gobierno "ser consecuente" y que el aumento sea un espacio para que el Banco de la República continúe reduciendo la tasa de interés, que es otro factor de gran incidencia en el ingreso disponible de las familias. Estas son las cifras clave del aumento del salario mínimo 2025Los sindicatos solicitaban un incremento salarial de dos dígitos, específicamente del 12 %, eso es un aumento en dinero de 156.000 pesos para que el salario quede en 1'456.000 pesos sin auxilio de transporte. Mientras que los empresarios proponían un aumento más moderado, argumentando que un alza significativa podría impactar negativamente en el empleo.En detalle, estas fueron las propuestas presentadas durante las negociaciones: La CUT planteó un aumento del 12 %, equivalente a $1.456.000Acopi sugirió un 6,83 %, lo que se traduce en $1.388.790Los empresarios propusieron un ajuste del 5,2 %, que correspondería a $1.367.000.Es importante recordar que, en 2023, el incremento fue de 162.000 pesos, uno de los más altos registrados, y se decretó de forma unilateral tras no alcanzar un consenso en la mesa de diálogo.En un momento, durante las jornadas de negociación, el ministro de Hacienda, Diego Guevara, expresó que el aumento del salario mínimo podría estar cerca de 6,8 %, que equivale a la inflación del año en el país de 5,1 % y la productividad que está cerca del 1,75 %Esta cifra de minhacienda equivaldría a 88.400 pesos adicionales para los ciudadanos que gana un mínimo. Por lo que el mínimo podría quedar, según las declaraciones de Guevara, en 1'388.400. Sin embargo, todo se aclarará este martes de Navidad.
El próximo año, los trabajadores en Colombia tendrán un importante cambio en su jornada laboral gracias a la implementación gradual de la Ley 2101 de 2021. Esta normativa, que empezó a aplicarse desde el 16 de julio de 2023, establece la reducción de la jornada máxima laboral semanal sin afectar el salario ni los derechos adquiridos de los empleados. Jornada laboral en Colombia cambiará en 2025La buena noticia es que a partir del 16 de julio de 2025, la jornada laboral en Colombia pasará de 46 horas semanales a un máximo de 44 horas.Una reducción progresiva hasta 42 horas semanalesLa Ley 2101 de 2021 modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, reduciendo la jornada laboral de 48 horas semanales, como se establece actualmente, a un máximo de 42 horas. Esta transición se realiza de manera escalonada:Desde el 16 de julio de 2023: Reducción a 47 horas semanales.Desde el 16 de julio de 2024: Reducción a 46 horas semanales.Desde el 16 de julio de 2025: Reducción a 44 horas semanales.Desde el 16 de julio de 2026: Jornada laboral máxima de 42 horas semanales.Este ajuste permite que los trabajadores disfruten de más tiempo libre, acercando al país a los estándares internacionales recomendados por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).No afecta el salario ni los derechos adquiridosLa ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, ha enfatizado que esta ley no perjudica a los empleadores y que la reducción de la jornada no implica una disminución salarial. Además, esta disposición no modifica las jornadas laborales inferiores para quienes tienen horarios especiales, como los menores de edad que trabajan con permiso del Ministerio de Trabajo.Con la reducción de la jornada semanal, el valor de la hora diaria de trabajo aumentará, ya que los trabajadores seguirán recibiendo la misma remuneración por menos tiempo laborado. Este cambio también tendrá efectos en el cálculo de horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos, que deberán ajustarse respetando el principio de favorabilidad hacia los empleados.¿A quiénes aplica esta ley?Es importante destacar que esta norma se dirige exclusivamente a los trabajadores del sector privado cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo. No aplica para servidores públicos, salvo aquellos empleados de empresas estatales que estén sujetos al mismo código.Vea también
El SENA decidió suspender el Acuerdo 10 de 2023, que proponía cambios en las reglas de contratación de aprendices en Colombia, incluyendo modificaciones controvertidas en la lista de oficios y ocupaciones que las empresas debían cubrir.Este acuerdo había causado controversia debido a las modificaciones en la lista de oficios y ocupaciones que las empresas debían contratar, como gigoló, modelo webcam, aseadores, conductores y mensajeros, entre otros. Estas propuestas generaron preocupaciones en los gremios, quienes solicitaron una revisión de las nuevas normativas.La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, apoyó la solicitud de los representantes de los gremios y pidió al SENA que suspendiera el acuerdo hasta que se estableciera una metodología adecuada para actualizar la lista de oficios y ocupaciones. Esta decisión fue tomada con el compromiso de realizar una nueva versión del acuerdo en el próximo año, lo que permitirá equilibrar las necesidades del sector productivo y los objetivos de formación del SENA, colocando al aprendiz como eje central de la estrategia laboral del país.>> Lea también: Sena ofrece 100 vacantes para trabajar en Alemania con sueldos de hasta $ 15 millonesUna de las modificaciones más polémicas del Acuerdo 10 era el cambio en la base para calcular la cuota de aprendices. En lugar de calcularla solo sobre los trabajadores administrativos, como se hacía previamente, el acuerdo proponía que la cuota se calculase sobre el total de la nómina. Esta medida representaba un aumento significativo en los costos laborales y en las cargas tributarias para las empresas, lo que generaba un impacto negativo en su economía.Por otro lado, el SENA aclaró que los contratos firmados bajo el Acuerdo 10 seguirán vigentes hasta su finalización, lo que da cierto respiro a las empresas que ya se habían ajustado a las nuevas normativas. Además, el abogado Cristian Eduardo Stapper Buitrago presentó una demanda ante el Consejo de Estado solicitando la nulidad del acuerdo, argumentando que el SENA no había verificado adecuadamente la necesidad de formación profesional para los oficios incluidos en la lista.