José Miguel Narváez Martínez, exsubdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), fue condenado a 12 años y 6 meses de prisión por el Juzgado 10 Penal Especializado de Bogotá. La sentencia, que se suma a una condena previa relacionada con el asesinato del humorista Jaime Garzón, reconoce la tortura psicológica infligida a la periodista Claudia Julieta Duque Orrego, quien fue víctima de un hostigamiento sistemático durante varios años.Entre 2003 y 2004, Narváez Martínez ocupó un cargo directivo en el DAS y lideró el Grupo Especial de Inteligencia 3 (G-3). Desde esta unidad, se realizaron seguimientos ilegales a periodistas, opositores y magistrados, entre los cuales Duque Orrego se destacó como una de las principales víctimas. La periodista, que investigaba el crimen de Jaime Garzón Forero y la manipulación del DAS en la investigación judicial, fue sometida a persecuciones, amenazas, hostigamientos y robos, lo que la obligó a exiliarse en 2001. Posteriormente, se confirmó que los vehículos que la seguían pertenecían al DAS.La sentencia, compuesta por 83 páginas, declara que estos actos, ocurridos entre julio de 2001 y diciembre de 2004, constituyen crímenes de lesa humanidad. Según el fallo, Narváez Martínez estaba al tanto de todas las acciones ilegales ejecutadas contra Duque Orrego y otras personas consideradas opositoras al gobierno de la época. La judicatura subrayó la gravedad de estas violaciones sistemáticas de derechos humanos, que incluyeron la tortura continuada sufrida por la periodista.En respuesta a la sentencia, Claudia Julieta Duque Orrego señaló: “También se compulsan copias para que se investigue a otros funcionarios que, de acuerdo a las pruebas, tuvieron responsabilidad en los actos de tortura”.La sentencia ordena compulsar copias ante la Fiscalía General de la Nación para investigar la posible participación de varios exfuncionarios del DAS, entre ellos Jorge Noguera Cotes y Felipe Muñoz Gómez, exdirectores del DAS; Jacqueline Sandoval y Martha Leal, exsubdirectoras; Milton Jair Moreno, Germán Albeiro Ospina Arango, Francia Jimena Vaquero Espitia, Rafael Bustamante Pérez, Alexander Velásquez Sánchez, y el fiscal Francisco Javier Pedraza Pérez. Se les investigará por su posible participación en actos de tortura agravada, secuestro y otras conductas punibles contra Duque Orrego, incluyendo actos de tortura que se habrían extendido desde 2005 en adelante.Además, se reiteró la orden de compulsar copias ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes para determinar si hay mérito para investigar al expresidente Álvaro Uribe Vélez en relación con los hechos objeto de este proceso.
En su última sesión de audiencia única de verdad ante la JEP, el exjefe paramilitar Salvatore Mancuso entregó información sobre presuntas alianzas entre funcionarios del DAS y las Autodefensas, asegurando que las comunicaciones entre los directores de la entidad y el paramilitarismo se hacían por medio de Carlos Castaño.En el mismo sentido, dijo que conoció personalmente a Jorge Noguera Cotes, exdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).“A Jorge Noguera me lo presenta ‘Jorge 40’ en una finca que se llama 06 en Santa Fe de Ralito, ahí conozco yo a Jorge Noguera”, señaló Mancuso.Por otro lado, explicó que supuestamente el exsubdirector del DAS José Miguel Narváez le habría entregado a los paramilitares un listado con “objetivos militares”, entre los que se encontraba la senadora Piedad Córdoba, el canciller Álvaro Leyva y el presidente Gustavo Petro.“También el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, especialmente a Alirio Uribe, pero había otras personas. También el mismo canciller Álvaro Leyva, el mismo presidente Gustavo Petro, fueron parte de los objetivos militares que nos entregaba el señor José Miguel Narváez”, señaló Mancuso.Según el relato del exjefe paramilitar, algunos directores del DAS en distintas zonas del país habrían sido nombrados por los paramilitares y algunos comandantes de las Autodefensas habrían llegado, incluso, a utilizar vehículos que pertenecían a esta entidad.Le puede interesar:
La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidió rechazar de manera definitiva el sometimiento de José Miguel Narváez, exsubdirector del DAS, quien fue condenado por el homicidio del humorista y periodista Jaime Garzón.Narváez asistió a tres diligencias, pero sus aportes de verdad no han sido suficientes, ni para las víctimas ni para esta jurisdicción, según señaló la JEP.Asimismo, no investigará su posible participación en los homicidios del político Manuel Cepeda Vargas, en la presunta participación en el secuestro de la hoy senadora de la República Piedad Córdoba y las torturas y amenazas contra la periodista Claudia Duque.La decisión se tomó porque Narváez incumplió su compromiso de hacer aportes efectivos de verdad, en los casos por los que ha sido investigado o condenado en la justicia ordinaria."El señor NARVÁEZ MARTÍNEZ continuó con su actitud omisiva en los ajustes de CCCP que presentó el 13 de julio de 2020. En su segunda intervención, no hizo ninguna alusión al homicidio de Manuel Cepeda y se limitó a identificar algunas verdades que aportaría sobre el manejo del DAS y el proceso por la muerte del periodista Jaime Garzón Forero. Solo hasta el recurso de apelación, el solicitante se refirió a la investigación del crimen de lesa humanidad en contra de Manuel Cepeda, para indicar que es inocente y debe extendérsele la absolución que recibió Carlos Castaño por ese delito", indicó la JEP.Sin embargo, aunque la JEP decidió no aceptar el sometimiento de Narváez, aseguró que puede ser llamado a rendir testimonio de ser requerido; pues igual podría aportar información en las investigaciones de los casos en los que presuntamente está involucrado."Una vez más es posible constatar que su disposición para atender los requerimientos de la JEP y de las víctimas fue deficiente, evasiva y dilatoria. Los ajustes al CCCP demandados por la Sala, las víctimas y el Ministerio Público no fueron satisfechos por el señor NARVÁEZ MARTÍNEZ en ningún sentido. Hizo caso omiso de las observaciones, el procedimiento dialógico y el avance del trámite transicional, y solo reiteró las generalidades que componían su primera intervención", manifestó la Jurisdicción.De esta manera, la Sección de Apelación rechazó el sometimiento de Narváez y el trámite de las investigaciones continuará en la justicia ordinaria.Escuche el podcast “Zorros y Erizos” y conozca lo que ha pasado con la salud del mandatario en los últimos días:
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas rechazó, por el momento, el sometimiento del ex subdirector del DAS José Miguel Narváez, quien ha sido condenado por la Corte Suprema de Justicia por el homicidio del periodista Jaime Garzón. La justicia determinó que Narváez sostuvo encuentros con el paramilitar Carlos Castaño donde se habrían tomado decisiones referentes al asesinato del humorista.Lo que ha determinado la JEP es que Narváez en su propuesta no aportó información nueva sobre las investigaciones que le adelanta la justicia ordinaria por la muerte de Garzón y otros homicidios cometidos por el paramilitarismo como el de Manuel Cepeda Vargas y el secuestro de Piedad Córdoba, entre otros casos.Ante esta situación la JEP le da un ultimátum a Narváez y hará una audiencia reservada donde deberá aportar información sobre los crímenes por los cuales se le investiga con el fin de determinar si acepta su sometimiento. En esta audiencia deberá superar la verdad que ya es conocida por la justicia ordinaria.“En relación con el homicidio del periodista Jaime Hernando Garzón Forero, por el cual fue condenado, solo indicó que aportaría información sobre una presunta colusión entre el ente acusador y los abogados de la parte civil, para ejecutar un fraude procesal. Afirmación que no solo se aleja de los presupuestos conceptuales de lo que debe contener una propuesta de verdad plena, sino que es revictimizante”, asegura la JEP.Lo que había asegurado el ex subdirector del DAS al presentar su sometimiento es que la muerte de Jaime Garzón está relacionada con el conflicto armado y que él era un tercero en el conflicto por no haber hecho parte de ningún grupo armado, por lo que su caso y sus investigaciones eran competencia de la JEP. Por el momento, la sala de definición remitió su proceso a la justicia ordinaria para que sigan su curso.“Respecto de los demás casos en los que está vinculado el señor Narváez Martínez como el asesinato del exsenador Manuel Cepeda Vargas; el secuestro de la exsenadora Piedad Esneda Córdoba y las torturas de la periodista Claudia Julieta Duque Orrego, ningún aporte a la verdad plena efectuó”, indicó.
Cristina Hurtado y José Narváez, una de las parejas más conocidas del entretenimiento colombiano, y también una de las más queridas, celebraron este 16 de agosto su aniversario número 18 donde reafirmaron su amor en pareja.En su cuenta de Instagram la presentadora se encargó de preparar la celebración con diferentes historias, donde mostró detalles previos al encuentro con su pareja, quien estuvo casi un mes en Puerto Rico siendo el presentador de un programa de concurso.En su celebración, la presentadora le dio la bienvenida con globos rojos y otros plateados que tenían el número 18, fotografías familiares y espejos y ventanas llenos de mensajes, aparte de lucir un hermoso vestido rojo. Cristina y José se conocieron en el 2002 y terminaron por contraer nupcias en septiembre de 2013. Aunque al comienzo las cosas no iban bien porque la presentadora vivía en Bogotá y él no, lograron superar los obstáculos para seguir juntos y ahora ya forman una hermosa familia.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia mantuvo en firme la condena contra el exsubdirector del DAS José Miguel Narváez, sentenciado a 26 años de cárcel por el Tribunal Superior de Bogotá como determinador del homicidio del periodista Jaime Garzón.Para la Corte, durante el proceso se tuvieron en cuenta todos los testimonios y no hubo vulneración a garantías procesales contra Narváez.El alto tribunal rechazó la demanda de casación presentada por la defensa del exsubdirector y argumentó que Diego Fernando Murillo Bejarano, alias ‘Don Berna’, corroboró durante la etapa de juzgamiento la participación de Narváez en el crimen.Según la Corte, en la sentencia de primera instancia proferida por un juez especializado, no se dejaron por fuera del proceso testimonios, sino que fueron desestimados, como, por ejemplo, Jorge Iván Laverde, Raúl Emilio Hasbún, Hollman Morris o Rodrigo Pérez Alzate.Además, la Sala Penal trae al presente que en su momento el Tribunal Superior dio absoluta credibilidad a los testimonios recogidos por la Fiscalía que dan cuenta de la presencia de José Miguel Narváez en campamentos de los paramilitares en los años 90, exactamente en las fincas de Iván Roberto Duque, Salvatore Mancuso y Fredy Rendón Herrera, alias ‘El Alemán’.Quedó establecido y corroborado que Narváez, era un asesor de Carlos Castaño Gil, comandante jefe de las Autodefensas Unidad de Colombia, AUC, y los instigó para que ordenara el asesinato de Jaime Garzón el 13 de agosto de 1999, bajo el argumento que el periodista tenía nexos con la guerrilla del ELN y que supuestamente se estaba beneficiando económicamente en su labor humanitaria para la liberación de secuestrados.Justamente, Mancuso y ‘El Alemán’ declararon en contra de Narváez y manifestaron que el subdirector le hablaba al oído a Castaño y le sugería que acciones tomar en contra de quienes criticaban a los paramilitares.Posteriormente se conoció que Castaño contrató a sicarios de la banda La Terraza para que le hicieran seguimientos al periodista y perpetraran el asesinato.El asesinato de Garzón se produjo a las 5:45 de la mañana del 13 de agosto de 1999 en el barrio Quinta Paredes cuando se desplazaba a la emisora RadioNet, donde trabaja en el noticiero de la mañana.
El exnegociador de paz Álvaro Leyva dio a conocer este lunes una carta enviada por Salvatore Mancuso desde la cárcel de Irwin, Estados Unidos, en la que el exjefe paramilitar aseguró que tiene un compromiso con las víctimas del conflicto en Colombia, que fue un testigo excepcional de los crímenes y que su extradición se debió a una venganza.Vea también: Colombia está a la espera de la notificación oficial para la deportación de Mancuso"Se han utilizado medios coercitivos para intimidarme, como torturas, amenazas, persecución judicial a través de montajes como los que he denunciado pública y judicialmente, todo tratando de callarme, ni que decir, cuando conté de forma detallada de las relaciones del Estado y las AUC, Colombia ya sabe lo que me ocurrió, como venganza criminal y para callarme fui extraditado, debido a que relaté como colaboradores, funcionarios cercanos al gobierno del presidente Álvaro Uribe", escribió Mancuso, quien mencionó a Francisco Santos, José Miguel Narváez y el fallecido Pedro Juan Moreno."También narré lo referente a algunas situaciones que se presentaron con el mismo presidente Uribe y a pesar de todo esto, sumado a otras situaciones perpetradas en contra nuestra, seguimos y seguiremos honrando nuestro compromiso con las víctimas y la verdad", agregó.Mancuso negó su estrategia judicial sea para escabullirse de la justicia para no contar la verdad.Lea también: Sorprende que tras 263 versiones libres no haya dicho verdad: Ceballos sobre Mancuso"Se dice en Colombia que lo que está ocurriendo actualmente con mi situación jurídica, carcelaria, migratoria, es una estrategia o justificación para no contar la verdad, nada más alejado de la realidad, es absolutamente falso, lo único que busco son las garantías necesarias para proteger mi vida y la de mi familia", indicó.Esta es la carta que le envío Mancuso a Álvaro Leyva:
Por considerar que es “un tercero dentro del conflicto armado” y estar involucrado en el crimen de Jaime Garzón, donde “la investigación surge de la versión entregada por Jorge Iván Laverde, alias ‘El Iguano’”, exintegrante de las AUC, el ex subdirector del DAS José Miguel Narváez solicitó a los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá que se dé traslado de su caso a la JEP.En la solicitud de 2 páginas, el ex subdirector del DAS explica que cumplen con los parámetros para someterse a la justicia transicional porque está actualmente vinculado a una investigación penal antes del 6 de junio 2019.“En mi caso fui vinculado al proceso de la referencia mediante indagatoria rendida el 19 de octubre de 2009 y me encuentro en el plazo de 3 meses contados a partir de la fecha límite dada por la ley estatutaria para iniciar esta solicitud”, dijo.Le puede interesar: Tribunal de Bogotá rebaja condena a José Miguel Narváez por crimen de Jaime Garzón Tras ser condenado, en principio, a 30 años de prisión por ser el instigador del crimen del periodista y humorista Jaime Garzón y luego recibir una rebaja de 4 años el pasado mes de julio, al someterse a la JEP, Narváez podría quedar en libertad si hace aportes importantes y extraordinarios de verdad.Sin embargo, será el Tribunal Superior de Cundinamarca quien decida si traslada la solicitud a la JEP. En ese caso, la petición deberá ser aprobada o denegada por los mismos magistrados de la justicia transicional.
El Tribunal Superior de Bogotá le bajó la condena de 30 a 26 años de prisión a José Miguel Narváez, exsubdirector del DAS y principal determinador del homicidio de Jaime Garzón.Le puede interesar: Apelarán para que tribunal declare crimen de lesa humanidad el caso Jaime GarzónLos magistrados explicaron en la sentencia que el homicidio de Garzón, asesinado en agosto de 1999, no se puede catalogar como de lesa humanidad porque para esa fecha en el país aún no “estaban tipificados en el ordenamiento jurídico colombiano” ese tipo de crímenes. La decisión se da un año después de que el juez séptimo penal especializado de Bogotá condenó a Narváez a 30 años de prisión como principal determinador de la muerte del periodista. El juzgado aseguró que la Fiscalía entregó pruebas suficientes para demostrar que Narváez aprovechó su estrecha relación con el exjefe paramilitar Carlos Castaño para sugerirle que le quitara la vida. Según lo que Narváez ha sostenido, Garzón era cercano o tenía afinidad con la guerrilla.
El juzgado séptimo especializado condenó, por el delito de homicidio agravado, a 30 años de prisión al exsubdirector del DAS José Miguel Narvaez por el crimen de Jaime Garzón, perpetrado en 1999.Vea también: Aumenta la condena a José Miguel NarváezSegún un juez, es responsable de instigar el crimen del periodista. Es decir, que es condenado en calidad de determinador.Durante el juicio, que duró cerca de 8 años, Narváez aseguró que no existían pruebas para vincularlos en este caso y que los testigos son de oídas.Sin embargo, el juez apoyó la tesis de la Fiscalía de que los testigos, como alias ‘Don Berna’, tenían conocimiento directo sobre las supuestas reuniones que él sostuvo con el máximo comandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Carlos Castaño, en las que Narváez habría instigado al máximo jefe de las AUC a que diera la orden de asesinar al periodista y humorista, a quien señalaban de tener vínculos con el ELN.La familia de Garzón le pidió a la Fiscalía que declarara el asesinato del periodista como un crimen de lesa humanidad, pues aseguraban que fue una estrategia sistemática de las AUC para eliminar a sus opositores.Narváez se encuentra detenido por cuenta de otra condena de 8 años en el capítulo de las llamadas ‘chuzadas’ del Das. Narváez fue hallado culpable por la creación del grupo clandestino de espionaje G-3, que se encargó de intimidar y enlodar a sectores de la izquierda en Colombia.Al respecto, Sebastián Escobar, abogado de la familia del periodista, dijo que el testimonio de ‘Don Berna’ fue clave en la condena, que se da 19 años después del asesinato.“Además de esta declaración, hay declaraciones de alias ‘El Alemán’, quien reafirma la celebración de esta reunión y de las conferencias en las que Narváez explicaba por qué era lícito matar comunistas y como estas la totalidad de la plana mayor de las AUC confirmó la relación de él con los paramilitares, pero también con el asesinato de Jaime Garzón”, indicó.Finalmente, Escobar aclaró que en la decisión, el juez no determinó el crimen de lesa humanidad, algo que, dijo, le parece preocupante dado que ya existe otras determinaciones en ese sentido.“Nos parece grave la incoherencia de las distintas autoridades judiciales, sobre todo si se trata e los mismos hechos”, agregó. El juzgado también condenó a Narváez Martínez a pagar, en menos de un mes, 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes a favor de Gloria Cecilia Krong Hernández, Marisol Garzón Forero, Alfredo Garzón Forero y Manuel Alfredo Garzón Forero, familiares del periodista.Asimismo, el juzgado declara la inhabilidad para el ejercicio de los derechos y funciones públicas por un lapso de diez años, la cual cumplirá simultáneamente con la pena principal de prisión. Razón por la cual, el funcionario también le niega la posibilidad de: suspensión condicional de la ejecución de pena y la prisión domiciliaria.Cabe resaltar que uno de los puntos más importantes es que el mismo juzgado toma la decisión de "Abstenerse de declarar delito de lesa humanidad, el homicidio de Jaime Hernando Garzón Forero".
Las fuertes y más recientes lluvias han dejado graves emergencias en el Cesar, donde más de un kilómetro de la vía que comunica a los municipios de La Gloria y La Mata se encuentra totalmente inundado producto del desbordamiento del río San Alberto.En videos aficionados compartidos a través de redes sociales, quedó registrado el momento en el que la fuerza del agua rompió una especie de muralla que, tiempo atrás, había sido instalada para evitar emergencias por desbordamientos.“Nos encontramos en el río San Alberto y Caño Oscuro, mire como rompió la muralla, toda esa agua se nos metió”, se escucha en el video.Por otra parte, un fuerte aguacero que se extendió por más de cuatro horas generó graves inundaciones en diferentes zonas de Valledupar, entre las que se encuentran la Terminal de Transportes, la carrera cuarta con el barrio Los Mayales y el sector conocido como Cola de Caballo.Y es que, dada la crisis invernal que se registra desde hace varias semanas en en este departamento, las autoridades mantienen las alertas encendidas por riesgo de avalanchas en por lo menos 11 municipios, seis de ellos bajo alerta roja. Petrona Romero, directora de la Oficina de Gestión del Riesgo del Cesar, confirmó que en el departamento sigue activa la Sala de Crisis (PMU) y los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo por emergencias.“Desde el pasado viernes se activó la Sala de Crisis, que es como un PMU, contando con la participación de las autoridades locales, departamentales y militares. Desde ese día mantenemos también los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo activos bajo coordinación permanente por las emergencias”, manifestó Romero.Además, en el río Cesar tuvo que ser declarada la alerta roja ante el riesgo por posibles desbordamientos, lo que también mantiene bajo especial atención al río Guatapurí que, a su vez, ha generado alertas en los asentamientos Nueve de Marzo, San Juan, Pescaito, Zapato en Mano, entre otros.
Un juzgado especializado condenó este viernes a Edwin Raúl Murcia Rodríguez y Kevin Sebastián Hernández Socha por el delito de terrorismo agravado, tras comprobarse su responsabilidad en el ataque al CAI del barrio La Aurora, sur de Bogotá, durante el estallido social, la noche del 4 de mayo de 2021. En el lugar se encontraban refugiados 15 policías y los agresores emplearon piedras, palos y bombas incendiarias para llevar a cabo el ataque.La sentencia se basó en pruebas contundentes presentadas durante el juicio. Los videos de las cámaras de seguridad, el reconocimiento fotográfico y los testimonios de las víctimas señalaron a Murcia Rodríguez y Hernández Socha como los responsables del ataque. Además, se encontró que los artefactos explosivos incautados en la vivienda de Murcia Rodríguez coincidían con las sustancias empleadas contra las instalaciones policiales.El juez desestimó las pruebas presentadas por la defensa y las calificó de inconsistentes y, contradictorias. En su fallo, afirmó que quedó demostrado “más allá de toda duda razonable” que los acusados actuaron con dolo y que las conductas punibles fueron ejecutadas con premeditación y violencia.El Ministerio Público también respaldó la condena. El procurador enfatizó que no se trató de una protesta social, como argumentaba la defensa, sino de un acto deliberado de terrorismo destinado a intimidar y generar temor. “Se comprobó la materialidad de las conductas y la responsabilidad penal de los procesados”, afirmó, añadiendo que el allanamiento realizado en la vivienda de Murcia Rodríguez cumplió con todos los protocolos legales.
La Superintendencia Nacional de Salud encabezada por Giovanni Rubiano, ha decidido adelantar la toma de posesión de la EPS Coosalud en Cartagena tras ordenar su intervención forzosa para la administración. Esta medida se fundamenta en una serie de hallazgos que según la entidad evidencian serias falencias, esta EPS tiene a más de 3.3 millones de afiliados.La intervención llega en el momento en el que Coosalud se encuentra dentro de las cuatro EPS que están siendo investigadas por la Fiscalía General de la Nación, a raíz de las denuncias presentadas por Luis Carlos Leal, el anterior superintendente por presunta corrupción.En un contexto de grandes reformas al sistema de salud, el presidente Gustavo Petro había declarado con firmeza durante la posesión de Giovanni Rubiano como nuevo superintendente, que la vigilancia de las EPS es una de las tareas cruciales en el marco de la reforma al sector. "Antes de la aprobación del proyecto de reforma a la salud, la Superintendencia debe vigilar las EPS" había dicho el mandatarioY es que recordemos que durante esta posesión el mandatario solicitó a la Fiscalía General de la Nación investigar a fondo nuevas denuncias sobre corrupción en EPS. Al respecto, se refirió a la EPS Coosalud "Esta EPS no responde a las intervenidas, hoy por hoy es privada, aunque en mi opinión debería ser intervenida", señaló PetroLa intervención de Coosalud es la octava de este tipo y es la primera intervención ordenada por Rubiano desde su nombramiento. Durante la intervención el superintendente posiciono como agente interventor a Mauricio Camaro Fuentes. Coosalud es una de las EPS más grandes del país, ocupando la quinta posición en número de afiliados, con un total de 3.369.583 personas cubiertas bajo su servicio.
Un accidente de tránsito dejó tres personas lesionadas, dos de ellas de consideración grave, en un choque múltiple que involucró tres motocicletas y un bus. El incidente ocurrió en el kilómetro 14+180 de la vía Medellín-Bogotá, en el sector conocido como Peñolsito.De acuerdo con las primeras versiones y un video difundido en redes sociales, el accidente se presentó en condiciones de baja visibilidad debido a la niebla. En el siguiente video se observa cómo un bus se detiene en la vía, momento en el que uno de los motociclistas no logra frenar a tiempo y choca contra la parte trasera del vehículo. Tras el impacto, el motociclista cae sobre la calzada, provocando que las otras dos motocicletas que venían detrás también se estrellaran y terminaran en el suelo.Las autoridades de tránsito acudieron rápidamente al lugar para atender la emergencia y coordinar el traslado de los heridos a centros asistenciales cercanos. Se informó que dos de los lesionados presentan heridas de consideración y están bajo observación médica, mientras que el tercero sufrió lesiones menores.El tráfico en el sector se vio afectado durante varias horas mientras se realizaban las labores de atención y limpieza de la vía. Las autoridades hicieron un llamado a los conductores para extremar las precauciones, especialmente en condiciones de baja visibilidad, y recordaron la importancia de mantener distancias seguras y respetar los límites de velocidad para evitar este tipo de accidentes.
La Sección de Apelación de la JEP decidió declarar improcedente la solicitud de nulidad que presentó el general en retiro Mario Montoya Uribe, excomandante del Ejército, quien fue imputado por su responsabilidad en casos de falsos positivos que se registraron en Antioquia mientras él comandó la Brigada Cuarta.“La Subsala consideró que tenía bases suficientes para señalar, entre otros, al compareciente MONTOYA URIBE como máximo responsable en calidad de autor por crímenes de guerra de homicidio en persona protegida y desaparición forzada y los crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada, en su calidad de comandante de la Brigada IV del Ejército Nacional, dada su posición de garante por competencia institucional y en atención al ejercicio de tal calidad en la configuración de los patrones macrocriminales analizados por la SRVR en el ADHC”, explicó la JEP.Montoya pidió anular dicha imputación y en una primera medida esa solicitud fue negada, por lo que su abogado volvió a apelar.“Mediante escritos del 17 y 24 de mayo de 2024, el representante judicial del compareciente interpuso de forma oportuna el recurso de apelación contra el auto 024 del 6 de mayo de 202445. Fundamentó su inconformidad en cuatro ejes temáticos: (i) Sobre la imputación como autor por instigación a título de dolo, cuestionó la decisión de la SRVR pues en su criterio los títulos de “autor” e “Instigador” usados por la Sala de justicia implican una mixtura de figuras legales, en tanto el primer vocablo alude al dominio del hecho y el segundo no. Situación que resulta confusa, incoherente e incomprensible para el compareciente y deviene en un vicio del consentimiento de cara a una posible aceptación46. (ii) La falta de enunciación de los hechos” explica la JEP.La defensa aseguraba que algunos hechos imputados se encuentran fuera del rango temporal en el que Montoya ejerció la comandancia en dicha Brigada y que habría violaciones a los derechos en el proceso.“ninguno de los disensos que elevó el representante judicial del señor MONTOYA URIBE configura una violación a sus garantías y derechos fundamentales, pues de lo conocido por la SA en el trámite, no es posible acreditar los principios, reglas y subreglas que regulan las nulidades ante la JEP. Por un lado, esta Sección referirá que lo alegado respecto al ADHC son aspectos sustanciales que no pueden ser objeto de nulidad pues hacen parte de la esfera valorativa de la SRVR, lo que deviene inevitablemente en una improcedencia de la solicitud de nulidad respecto a la controversia tanto en la imputación realizada por la Sala de Justicia como por la forma en que relacionó los hechos jurídicamente relevantes en el ADHC. Luego de analizar los argumentos de disenso, el a quo consideró que el procedimiento dialógico adelantado cumplió con las garantías procesales que le asisten al compareciente y que, contrario a lo sostenido por el recurrente, no hubo afectación de los derechos fundamentales al debido proceso. Como quedó reseñado, en la solicitud de nulidad se realizó una amplia serie de reproches, por lo que cabe aclarar que la SA sólo se ocupará de verificar el cumplimiento de los requisitos para la procedibilidad de los cargos de nulidad, en los que se insiste en la vulneración de garantías procesales por la indebida valoración de ciertos elementos materiales probatorios y por otra parte, debido a la ausencia de traslado de algunas versiones voluntarias que lo incriminan”, resolvió la JEP.Ante esta situación la Sección de Apelación declaró desierta la solicitud de Montoya.“REVOCAR el numeral CUARTO del auto SUB-D SUBCASO ANTIOQUIA- 024 del 6 de mayo de 2024 y en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad presentada por el representante judicial del compareciente señor Mario MONTOYA URIBE, frente a los cargos de formulación de imputación, determinación de los hechos y conductas y valoración probatoria, por las razones anotadas en la parte motiva de este proveído.Segundo.- DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por el abogado del compareciente MONTOYA URIBE en relación con la vulneración del debido proceso por la ausencia de traslado probatorio deprecado, al no cumplirse por parte del apelante la carga argumentativa conforme lo expuesto en la parte motiva de este proveído.Tercero.- En firme esta providencia, DEVOLVER las diligencias a la Subsala D de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, para lo de su competencia”, dice el auto.De esta manera el general en retiro Mario Montoya deberá enfrentar un juicio adversarial, de ser vencido podría pagar 20 años de prisión.