El medio japonés Asahi, el segundo periódico más popular de Japón, ha puesto en el foco el caso de Geraldine Fernández, la ilustradora colombiana que falsamente afirmó haber contribuido significativamente a la última película de Studio Ghibli, "El niño y la garza". La noticia ya llegó hasta Japón, precisamente donde se ubica la casa de animación que desarrolló la película.El titular fue: "<<Hice el arte de una película de Ghibli>>, ¿todo fue mentira? Elogios toman un giro repentino y causan revuelo en Colombia".El reportaje japonés recopila información de diversos medios en español que han desenmascarado el fraude de Fernández. "La historia de la ilustradora que afirmaba haber desempeñado un papel importante en la producción de las películas de Ghibli era falsa. Este tema está causando revuelo en Colombia, Sudamérica. Los medios de comunicación que publicaron ampliamente la entrevista sin ningún fundamento se vieron obligados a disculparse", informa Asahi a su audiencia.La ilustradora admitió su mentiraEn un comunicado, Geraldine Fernández finalmente admitió que nunca participó en la realización de "El niño y la garza". A pesar de defender vehementemente su participación en numerosas entrevistas, sin aparecer en los créditos y careciendo de documentos que respaldaran sus afirmaciones, la diseñadora barranquillera dio un giro radical.La ilustradora también compartió la responsabilidad con la prensa, argumentando que esta no llevó a cabo un ejercicio de verificación riguroso antes de difundir sus afirmaciones. "Los medios de comunicación, considerados el cuarto poder, no actuaron con la rigurosidad de verificar las fuentes", señaló.Ante las afectaciones a su reputación, Fernández está considerando emprender acciones legales contra algunas empresas que, según ella, habrían utilizado su imagen sin su consentimiento con fines comerciales durante este escándalo.Le puede interesar:
Las fuertes y más recientes lluvias han dejado graves emergencias en el Cesar, donde más de un kilómetro de la vía que comunica a los municipios de La Gloria y La Mata se encuentra totalmente inundado producto del desbordamiento del río San Alberto.En videos aficionados compartidos a través de redes sociales, quedó registrado el momento en el que la fuerza del agua rompió una especie de muralla que, tiempo atrás, había sido instalada para evitar emergencias por desbordamientos.“Nos encontramos en el río San Alberto y Caño Oscuro, mire como rompió la muralla, toda esa agua se nos metió”, se escucha en el video.Por otra parte, un fuerte aguacero que se extendió por más de cuatro horas generó graves inundaciones en diferentes zonas de Valledupar, entre las que se encuentran la Terminal de Transportes, la carrera cuarta con el barrio Los Mayales y el sector conocido como Cola de Caballo.Y es que, dada la crisis invernal que se registra desde hace varias semanas en en este departamento, las autoridades mantienen las alertas encendidas por riesgo de avalanchas en por lo menos 11 municipios, seis de ellos bajo alerta roja. Petrona Romero, directora de la Oficina de Gestión del Riesgo del Cesar, confirmó que en el departamento sigue activa la Sala de Crisis (PMU) y los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo por emergencias.“Desde el pasado viernes se activó la Sala de Crisis, que es como un PMU, contando con la participación de las autoridades locales, departamentales y militares. Desde ese día mantenemos también los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo activos bajo coordinación permanente por las emergencias”, manifestó Romero.Además, en el río Cesar tuvo que ser declarada la alerta roja ante el riesgo por posibles desbordamientos, lo que también mantiene bajo especial atención al río Guatapurí que, a su vez, ha generado alertas en los asentamientos Nueve de Marzo, San Juan, Pescaito, Zapato en Mano, entre otros.
Un juzgado especializado condenó este viernes a Edwin Raúl Murcia Rodríguez y Kevin Sebastián Hernández Socha por el delito de terrorismo agravado, tras comprobarse su responsabilidad en el ataque al CAI del barrio La Aurora, sur de Bogotá, durante el estallido social, la noche del 4 de mayo de 2021. En el lugar se encontraban refugiados 15 policías y los agresores emplearon piedras, palos y bombas incendiarias para llevar a cabo el ataque.La sentencia se basó en pruebas contundentes presentadas durante el juicio. Los videos de las cámaras de seguridad, el reconocimiento fotográfico y los testimonios de las víctimas señalaron a Murcia Rodríguez y Hernández Socha como los responsables del ataque. Además, se encontró que los artefactos explosivos incautados en la vivienda de Murcia Rodríguez coincidían con las sustancias empleadas contra las instalaciones policiales.El juez desestimó las pruebas presentadas por la defensa y las calificó de inconsistentes y, contradictorias. En su fallo, afirmó que quedó demostrado “más allá de toda duda razonable” que los acusados actuaron con dolo y que las conductas punibles fueron ejecutadas con premeditación y violencia.El Ministerio Público también respaldó la condena. El procurador enfatizó que no se trató de una protesta social, como argumentaba la defensa, sino de un acto deliberado de terrorismo destinado a intimidar y generar temor. “Se comprobó la materialidad de las conductas y la responsabilidad penal de los procesados”, afirmó, añadiendo que el allanamiento realizado en la vivienda de Murcia Rodríguez cumplió con todos los protocolos legales.
La Superintendencia Nacional de Salud encabezada por Giovanni Rubiano, ha decidido adelantar la toma de posesión de la EPS Coosalud en Cartagena tras ordenar su intervención forzosa para la administración. Esta medida se fundamenta en una serie de hallazgos que según la entidad evidencian serias falencias, esta EPS tiene a más de 3.3 millones de afiliados.La intervención llega en el momento en el que Coosalud se encuentra dentro de las cuatro EPS que están siendo investigadas por la Fiscalía General de la Nación, a raíz de las denuncias presentadas por Luis Carlos Leal, el anterior superintendente por presunta corrupción.En un contexto de grandes reformas al sistema de salud, el presidente Gustavo Petro había declarado con firmeza durante la posesión de Giovanni Rubiano como nuevo superintendente, que la vigilancia de las EPS es una de las tareas cruciales en el marco de la reforma al sector. "Antes de la aprobación del proyecto de reforma a la salud, la Superintendencia debe vigilar las EPS" había dicho el mandatarioY es que recordemos que durante esta posesión el mandatario solicitó a la Fiscalía General de la Nación investigar a fondo nuevas denuncias sobre corrupción en EPS. Al respecto, se refirió a la EPS Coosalud "Esta EPS no responde a las intervenidas, hoy por hoy es privada, aunque en mi opinión debería ser intervenida", señaló PetroLa intervención de Coosalud es la octava de este tipo y es la primera intervención ordenada por Rubiano desde su nombramiento. Durante la intervención el superintendente posiciono como agente interventor a Mauricio Camaro Fuentes. Coosalud es una de las EPS más grandes del país, ocupando la quinta posición en número de afiliados, con un total de 3.369.583 personas cubiertas bajo su servicio.
Un accidente de tránsito dejó tres personas lesionadas, dos de ellas de consideración grave, en un choque múltiple que involucró tres motocicletas y un bus. El incidente ocurrió en el kilómetro 14+180 de la vía Medellín-Bogotá, en el sector conocido como Peñolsito.De acuerdo con las primeras versiones y un video difundido en redes sociales, el accidente se presentó en condiciones de baja visibilidad debido a la niebla. En el siguiente video se observa cómo un bus se detiene en la vía, momento en el que uno de los motociclistas no logra frenar a tiempo y choca contra la parte trasera del vehículo. Tras el impacto, el motociclista cae sobre la calzada, provocando que las otras dos motocicletas que venían detrás también se estrellaran y terminaran en el suelo.Las autoridades de tránsito acudieron rápidamente al lugar para atender la emergencia y coordinar el traslado de los heridos a centros asistenciales cercanos. Se informó que dos de los lesionados presentan heridas de consideración y están bajo observación médica, mientras que el tercero sufrió lesiones menores.El tráfico en el sector se vio afectado durante varias horas mientras se realizaban las labores de atención y limpieza de la vía. Las autoridades hicieron un llamado a los conductores para extremar las precauciones, especialmente en condiciones de baja visibilidad, y recordaron la importancia de mantener distancias seguras y respetar los límites de velocidad para evitar este tipo de accidentes.
La Sección de Apelación de la JEP decidió declarar improcedente la solicitud de nulidad que presentó el general en retiro Mario Montoya Uribe, excomandante del Ejército, quien fue imputado por su responsabilidad en casos de falsos positivos que se registraron en Antioquia mientras él comandó la Brigada Cuarta.“La Subsala consideró que tenía bases suficientes para señalar, entre otros, al compareciente MONTOYA URIBE como máximo responsable en calidad de autor por crímenes de guerra de homicidio en persona protegida y desaparición forzada y los crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada, en su calidad de comandante de la Brigada IV del Ejército Nacional, dada su posición de garante por competencia institucional y en atención al ejercicio de tal calidad en la configuración de los patrones macrocriminales analizados por la SRVR en el ADHC”, explicó la JEP.Montoya pidió anular dicha imputación y en una primera medida esa solicitud fue negada, por lo que su abogado volvió a apelar.“Mediante escritos del 17 y 24 de mayo de 2024, el representante judicial del compareciente interpuso de forma oportuna el recurso de apelación contra el auto 024 del 6 de mayo de 202445. Fundamentó su inconformidad en cuatro ejes temáticos: (i) Sobre la imputación como autor por instigación a título de dolo, cuestionó la decisión de la SRVR pues en su criterio los títulos de “autor” e “Instigador” usados por la Sala de justicia implican una mixtura de figuras legales, en tanto el primer vocablo alude al dominio del hecho y el segundo no. Situación que resulta confusa, incoherente e incomprensible para el compareciente y deviene en un vicio del consentimiento de cara a una posible aceptación46. (ii) La falta de enunciación de los hechos” explica la JEP.La defensa aseguraba que algunos hechos imputados se encuentran fuera del rango temporal en el que Montoya ejerció la comandancia en dicha Brigada y que habría violaciones a los derechos en el proceso.“Ninguno de los disensos que elevó el representante judicial del señor MONTOYA URIBE configura una violación a sus garantías y derechos fundamentales, pues de lo conocido por la SA en el trámite, no es posible acreditar los principios, reglas y subreglas que regulan las nulidades ante la JEP. Por un lado, esta Sección referirá que lo alegado respecto al ADHC son aspectos sustanciales que no pueden ser objeto de nulidad, pues hacen parte de la esfera valorativa de la SRVR, lo que deviene inevitablemente en una improcedencia de la solicitud de nulidad respecto a la controversia tanto en la imputación realizada por la Sala de Justicia como por la forma en que relacionó los hechos jurídicamente relevantes en el ADHC. Luego de analizar los argumentos de disenso, él a que consideró que el procedimiento dialógico adelantado cumplió con las garantías procesales que le asisten al compareciente y que, contrario a lo sostenido por el recurrente, no hubo afectación de los derechos fundamentales al debido proceso. Como quedó reseñado, en la solicitud de nulidad se realizó una amplia serie de reproches, por lo que cabe aclarar que la SA solo se ocupará de verificar el cumplimiento de los requisitos para la procedibilidad de los cargos de nulidad, en los que se insiste en la vulneración de garantías procesales por la indebida valoración de ciertos elementos materiales probatorios y, por otra parte, debido a la ausencia de traslado de algunas versiones voluntarias que lo incriminan”, resolvió la JEP.Ante esta situación, la Sección de Apelación declaró desierta la solicitud de Montoya.“REVOCAR el numeral CUARTO del auto SUB-D SUBCASO ANTIOQUIA- 024 del 6 de mayo de 2024 y en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad presentada por el representante judicial del compareciente señor Mario MONTOYA URIBE, frente a los cargos de formulación de imputación, determinación de los hechos y conductas y valoración probatoria, por las razones anotadas en la parte motiva de este proveído.Segundo.- DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por el abogado del compareciente MONTOYA URIBE en relación con la vulneración del debido proceso por la ausencia de traslado probatorio deprecado, al no cumplirse por parte del apelante la carga argumentativa conforme lo expuesto en la parte motiva de este proveído.Tercero.- En firme esta providencia, DEVOLVER las diligencias a la Subsala D de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, para lo de su competencia”, dice el auto.De esta manera, el general en retiro Mario Montoya deberá enfrentar un juicio adversarial, de ser vencido podría pagar 20 años de prisión.