La Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo histórico que incorpora a las mascotas o animales de compañía en la lista de bienes inembargables. Este fallo se dio a conocer durante el encuentro anual de la Corte en Manizales, donde los magistrados destacaron la relevancia de las mascotas en el desarrollo emocional y personal de los seres humanos, así como su papel central en las familias.La decisión establece que los animales de compañía no podrán ser embargados en procesos judiciales, incluidos aquellos que surjan por divorcios o deudas. Según el tribunal, embargar a una mascota vulneraría tanto su bienestar como los derechos de las personas que las consideran parte integral de su vida y hogar.>>> En contexto: Fallo histórico sobre mascotas emitió la Corte Constitucional; importante para divorciosEl magistrado José Fernando Reyes Cuartas, presidente de la Corte Constitucional, explicó que la sentencia resuelve una omisión legislativa en el artículo 594 del Código General del Proceso. Hasta ahora, dicho artículo contenía una lista de 16 numerales que detallaban bienes inembargables, sin hacer referencia a los animales de compañía. La Corte concluyó que las mascotas deben ser incluidas en esta lista, garantizando así su protección frente a intereses económicos.Artículo 594 del Código General del Proceso: bienes inembargablesCon esta incorporación, el artículo 594 del Código General del Proceso, que regula los bienes que no pueden ser objeto de embargo, queda actualizado. Además de las mascotas, la lista de bienes inembargables incluye:Los recursos del presupuesto general de la Nación y las entidades territoriales.Depósitos de ahorro, hasta el monto fijado por la autoridad competente.Bienes destinados a servicios públicos prestados por entidades descentralizadas o concesionarios.Recursos municipales transferidos por la Nación.Anticipos para la construcción de obras públicas.Salarios y prestaciones sociales, dentro de los límites establecidos por la ley.Condecoraciones y pergaminos por actos meritorios.Uniformes y equipos de militares.Cementerios o lugares de enterramiento.Bienes destinados al culto religioso.El televisor, radio, computador personal o el equipo que haga sus veces la comunicación personal; los utensilios de cocina, la nevera y los demás muebles necesarios para la subsistencia del afectado y de su familia, o para el trabajo individual, salvo que se trate del cobro del crédito otorgado para la adquisición del respectivo bien.Combustible y alimentos para el sostenimiento del deudor y su familia por un mes.Derechos personalísimos e intransferibles.Derechos de uso y habitación.Mercancías representadas en títulos-valores.Dos terceras partes de las rentas brutas de las entidades territoriales.
La unión marital de hecho es una figura jurídica en Colombia que otorga derechos similares a los del matrimonio en aspectos clave como patrimonio, alimentos, pensiones y sucesiones. Muchas parejas optan por la convivencia diaria sin contraer matrimonio formal, estableciendo lo que combinado se conoce como una "unión libre". Sin embargo, para que esta unión sea reconocida legalmente, deben cumplirse ciertos requisitos establecidos por la Ley 54 de 1990, siendo el más destacado la convivencia mínima de dos años.Aunque la ley exige este período de convivencia continua para constituir la unión marital de hecho, las altas cortes en Colombia han emitido fallos que introducen excepciones. Por ejemplo, en algunos casos, no es necesaria la cohabitación constante ni la existencia de relaciones íntimas regulares. Esto se aplica principalmente a personas cuyas profesiones les impiden estar en casa de manera permanente, como militares o pilotos. En tales situaciones, lo fundamental es la intención de los miembros de la pareja de construir un proyecto de vida en común, lo cual puede demostrarse a través de otros medios.La unión marital de hecho no solo se reconoce entre parejas heterosexuales. Desde el 30 de junio de 2013, gracias a la sentencia C-577 de 2011 emitida por la Corte Constitucional, se extendieron los derechos de esta figura jurídica a parejas del mismo sexo, brindándoles el reconocimiento mismo y protección legal.Requisitos y excepcionesEl abogado de familia Jimmy Jiménez, de Integrity Legal, aclara que, en algunos casos, la unión marital de hecho puede ser reconocida incluso sin una convivencia permanente en el mismo domicilio. Esto se aplica cuando uno de los miembros de la pareja tiene una profesión que requiere viajes frecuentes o estancias prolongadas fuera del hogar. La ley reconoce la relación siempre que se pueda demostrar la existencia de un vínculo estable y duradero, además de la dependencia y el apoyo económico mutuo.¿Cómo se demuestra una unión marital de hecho?Existen varias formas de demostrar la existencia de una unión marital de hecho en Colombia:Declaración formal : Las parejas pueden oficializar su unión ante un notario, un juez o en un centro de conciliación privado mediante una escritura pública o proceso judicial. Esta opción se utiliza particularmente cuando una de las partes ha fallecido o cuando las partes no están de acuerdo en la declaración.Pruebas de convivencia : Testimonios de familiares, amigos o vecinos, fotografías, declaraciones extraprocesales, documentos que muestren una dirección compartida, y evidencias de dependencia económica son algunos de los medios utilizados para demostrar la comunidad de vida.Beneficios de la unión marital de hechoDeclarar una unión marital de hecho en Colombia ofrece varios beneficios legales y patrimoniales:Sociedad patrimonial: Los bienes adquiridos durante la convivencia se consideran parte de una sociedad que deberá ser repartida equitativamente entre los compañeros permanentes.Seguridad social: Posibilidad de incluir al compañero o compañera como beneficiario en el Sistema de Seguridad Social en Salud.Caja de compensación familiar : Derecho a inclusión en la caja de compensación familiar.Sustitución pensional: Derecho a la pensión de sobreviviente en caso de fallecimiento de uno de los compañeros permanentes.Derechos hereditarios: Posibilidad de heredar en caso de fallecimiento de uno de los miembros de la pareja.Para evitar conflictos futuros, es recomendable que las parejas planifiquen su relación en términos legales, considerando la posibilidad de establecer capitulaciones maritales para regular los aspectos patrimoniales desde el inicio de la unión.
Según datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, durante los últimos 10 años se registró un total de 1.480.764 matrimonios y 15.804 divorcios en Colombia.En esta misma línea, según las actualizaciones de las bases de datos de la Superintendencia de Notariado y Registro, el panorama matrimonial en Colombia revela una tendencia y es que por cada tres parejas que se casan una termina en divorcio.Argumentan que lo anterior obedece a que las nuevas generaciones no se sienten atraídas por las relaciones formales, a lo que se lo suman los costos que conlleva un matrimonio, entre otras cosas.Por otro lado, en los últimos años el divorcio de mutuo acuerdo se ha vuelto un procedimiento cada vez más común. Sin embargo, muchas personas aún tienen dudas sobre los costos involucrados en este proceso, que dependen de varios factores, como la presencia de bienes o hijos. Los costos notariales de este proceso varían entre 400.000 y 550.000 pesos. Además, existe la opción de realizar el trámite en un juzgado, donde no se cobraría por este concepto.
En Colombia el matrimonio está consagrado en la Constitución Política y dicta que el Estado debe "garantizar la protección integral de la familia". Es por eso que el divorcio solo puede darse ante ciertas causales. Entre enero y agosto de 2021, por cada dos parejas que decidieron casarse, aproximadamente una decidió divorciarse. Así lo indican las cifras de la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), que registran 37.182 matrimonios civiles y 16.657 divorcios durante ese periodo.Si su pareja no quiere divorciarse, ¿qué puede hacer? Lo primero es aclarar que el divorcio por decisión unilateral sin justa causa aún no existe en Colombia. Es decir, hay causales que por ley deben probarse si se quiere llegar a un divorcio unilateral. Estos son: Infidelidad: Para probar la infidelidad, se requiere la confesión del cónyuge culpable o el nacimiento de un hijo extramatrimonial que demuestre contundentemente la existencia de relaciones sexuales.Violencia intrafamiliar: Se pueden presentar pruebas como informes médicos, fotos de lesiones, testimonios de testigos, grabaciones de audio o video, informes periciales, entre otras, según sea el caso.Separación de hecho: Se debe probar que los cónyuges han estado separados por más de dos años, tiempo durante el cual no debe haber existido ningún vínculo entre ellos. Se pueden presentar pruebas como facturas de servicios públicos, registros de viajes o testimonios de personas que hayan presenciado la separación.Abandono injustificado: En este caso, se pueden presentar pruebas como testimonios de testigos que hayan presenciado el abandono, correos electrónicos, mensajes de texto o facturas que demuestren que el cónyuge se ha mudado a otro lugar.También lo señala la Corte Constitucional en sentencia C-985 de 2010, también las causales se pueden clasificar como objetivas y subjetivas.Las causales objetivas pueden ser solicitadas por cualquiera de los cónyuges y el juez no necesitará evaluar la conducta que se alega:"Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial".Mientras que, las causales subjetivas se derivan del incumplimiento de las obligaciones o deberes de uno de los cónyuges."Por otra parte, las causales subjetivas se relacionan con el incumplimiento de los deberes conyugales y por ello pueden ser invocadas solamente por el cónyuge inocente dentro del término de caducidad previsto por el artículo 156 del Código Civil", señala la sentencia. Proyecto de ley busca que el divorcio sea unilateralEl Proyecto de Ley No. 064 de 2023, busca que se permita el divorcio por la sola voluntad de cualquiera de los dos cónyuges. Esta iniciativa, de la representante a la Cámara, Katherine Miranda (Alianza Verde), sigue en debate en el Congreso. "Es una realidad que hay matrimonios que atraviesan crisis insuperables, por eso queremos dotar de herramientas a los cónyuges para que puedan restablecer sus vidas personales de una manera más eficiente, menos costosa que en la actualidad y acorde con los derechos al libre desarrollo de la personalidad, la autonomía privada y la dignidad humana", explicó la congresista.
El Metro de la 80 en Medellín es una obra de más de 13 kilómetros que conectará a la ciudad entre las estaciones Caribe y Aguacatala en el sistema actual, por nuevas rutas que comprenden 17 estaciones por el occidente de la ciudad.Aunque traerá beneficios en materia de movilidad para la ciudad, hoy los recursos enredan el proyecto. En el 2020 se suscribió un convenio por ley de metros y quedó establecido que el gobierno aportaría el 70 % de la plata, mientras que el otro 30 la Alcaldía de Medellín.“Ya lo que son las vigencias futuras, el Distrito ya cumplió, ya les cumplimos a tiempo. Más de 70.000 millones de pesos y el Gobierno nacional tenía que haber puesto 483.000 millones de pesos y no han llegado”, señaló el alcalde Federico Gutiérrez.Por su parte, el concejal de Medellín Alejandro De Bedout realizó un derecho de petición al Gobierno nacional haciendo esta misma pregunta y desde el Ministerio de Hacienda admitieron que “los recursos no han sido asignados, toda vez que están sujetos a la disponibilidad de caja de Nación, como es de conocimiento público, el incumplimiento en las metas de recaudo durante la presente vigencia ha obligado a replantear las metas en el gasto”, afectando así al Metro de la 80.“Tengo información que, al Metro de Bogotá, que es una obra también muy importante bajo la ley de metros 7030, ya le hicieron los desembolsos. 600.000 millones de pesos ha recibido el Distrito de Bogotá por parte de la Nación y viene cumpliendo. ¿Por qué con Medellín y Antioquia no? ¿Cuál es el odio que hay con Medellín y con esta región?”, dijo el concejal.A su vez, el Metro de Medellín señaló que los recursos de la obra están garantizados porque se hizo un préstamo con entidades bancarias. Esto quiere decir que, si el Gobierno no cancela la deuda de 483.000 millones de pesos el 31 de diciembre, el metro podría entrar en una crisis por cuenta de esos créditos.“La entrega de recursos por parte del Gobierno nacional y el Distrito se van a mayor plazo para eso fue necesario tener un crédito para poder ejecutar el proyecto este crédito nos da nosotros la salvedad que vamos a tener el flujo de caja para cumplir con todas nuestras obligaciones. Sin embargo, es muy importante y estamos esperando los recursos del Gobierno nacional para poder cubrir con las obligaciones estos 483.000 millones de pesos y las cifras que nos tiene que entregar el año 2025-2026 cubrir no solamente las condiciones del crédito, sino también todos los recursos y el flujo de caja que vamos a tener después de los créditos”, explicó Antonio Toro, profesional de la empresa de transporte.Otro de los problemas es el de los moradores, que no ven justos los avalúos de las viviendas que tienen que ser adquiridas para la construcción del proyecto.“Los avalúos que nos están presentando en estos momentos son avalúos que están en un 50% o 60% por debajo del valor comercial de cada una de las propiedades. Están basados en una zona geoeconómica homogénea de las cuales el alcalde Federico cambió una ley de orden nacional a un decreto distrital para que esta zona fuera en la base para los avalúos que nos están presentando”, indicó Luis Bernal, uno de los afectados por las obras.El Metro de la 80 también tiene un déficit de 1.1 billones de pesos, desagregados de un desfase financiero de 510.000 millones de pesos y la necesidad de construir intercambios viales con otros 665 mil millones de pesos.Ahora, la preocupación es que el Gobierno nacional se atrase con este pago de 2024 y de ahí en adelante se acumulen los de 2025 por 497.000 millones y 2026 por 512.000 millones de pesos. La obra va en un 27 % de ejecución y se estima que inicie operación comercial en 2028.
En un hito significativo para la aviación en Colombia, este 21 de noviembre llegó al país el nuevo avión de la flota de Satena, la aerolínea estatal de Colombia, que espera la incorporación de siete aeronaves adicionales en los próximos meses. Se trata de su primer avión Twin Otter DHC-6 Serie 400 de matrícula FAC-1400 y HK-5452-X. Este equipo es el primero de una flota de ocho aeronaves destinadas a mejorar la conectividad en las zonas más apartadas del país. El mayor General Óscar Zuluaga, presidente de Satena, encabezó la recepción de la aeronave, que representa un salto tecnológico y operativo para la aerolínea estatal. Este avance marcó un momento crucial para la conectividad aérea en el país, especialmente en aquellas regiones remotas donde las opciones de transporte son limitadas.Aeronaves diseñadas para superar desafíosEl nuevo avión incorporado es una aeronave tipo STOL (Short Take-Off and Landing), especialmente diseñada para operar en pistas cortas y no preparadas, ideales para acceder a regiones apartadas con difíciles condiciones geográficas y climáticas. Además, cuenta con tecnología avanzada que prioriza la seguridad operacional, uno de los pilares fundamentales de la aerolínea.Satena promete tarifas más accesibles Uno de los aspectos más destacados es el impacto económico positivo para los pasajeros. Los vuelos regulares y programados de Satena tendrán tarifas que oscilarán entre $180.000 y $250.000 pesos, dependiendo de la distancia. Esto no solo hace el transporte más asequible, sino también más predecible y organizado, eliminando la especulación de precios en regiones de difícil acceso."Con estas aeronaves, los colombianos podrán viajar a regiones apartadas de manera económica y segura, sabiendo que cuentan con su aerolínea para conectarlos con el resto del país", concluyó Zuluaga.Las tripulaciones que volarán este equipo, en su mayoría compuestas por pilotos militares de la Fuerza Aérea Colombiana, han recibido un riguroso entrenamiento en Calgary, que incluyó simuladores avanzados de clase D, asegurando que las operaciones se realicen bajo los más altos estándares de seguridad.
Las redes sociales, especialmente plataformas como TikTok, se han convertido en el escenario de historias sorprendentes que rápidamente se viralizan. Entre ellas, se destacan aquellas que exponen situaciones de infidelidades, generando reacciones de todo tipo entre los usuarios. Una de las historias más impactantes fue compartida por Luci (@luciiabar), quien reveló la desgarradora experiencia de descubrir que su novio, con quien llevaba casi una década de relación, le había sido infiel. Lo más sorprendente, la confundió con su amante.En un video de poco más de dos minutos, Luci contó cómo, a pesar de haber defendido siempre la idea de no revisar el celular de su pareja, después de lo sucedido lamentó no haberlo hecho antes. Según cuenta, la relación comenzó a dar señales de alerta cuando su novio decidió cambiar de celular, lo que provocó que perdiera todos los números almacenados en su agenda. Fue en ese momento cuando, mientras ambos se encontraban en el auto, él le pidió que le enviara un mensaje para guardar su número."Hey, lindo, ¿cómo estás?", escribió Luci, sin imaginar que ese simple gesto desencadenaría una serie de eventos que cambiarían su vida.Poco después, su novio le respondió de manera inusual: “No puedo hablar ahora, te llamo más tarde”. Aunque la respuesta le pareció extraña, no le dio mayor importancia, ya que su pareja solía hacer este tipo de bromas. Sin embargo, la situación tomó un giro inesperado cuando llegaron a su departamento. Él se encerró en el baño, y Luci, mientras tanto, recibió un mensaje que la dejó perpleja: “¿Qué haces? (…) Estoy re-caliente. ¿No quieres que nos veamos esta noche?”.Creyendo que se trataba de una broma más de su novio, Luci decidió seguir la conversación. Pero la sorpresa fue mayor cuando, al salir del baño, él comenzó a actuar de manera extraña, diciendo que no se sentía bien y queriendo irse del lugar. Fue entonces cuando Luci envió otro mensaje y descubrió la cruel verdad: su novio pensaba que estaba hablando con otra mujer.Finalmente, él confesó haber mantenido una relación con otra mujer durante los últimos dos años y le reveló que no podía decidirse entre ambas. Sin entrar en confrontaciones, su pareja asumió su error sin mayores disculpas. “Es mi novio de hace ocho años”, reflexionó Luci, aún procesando el dolor de la traición.
Dos ciudadanos venezolanos argumentaron que, mientras se tramitaba su solicitud de refugio, la página de la Cancillería les impedía registrarse en el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia (RUTEC), lo que restringía su derecho a trabajar legalmente.Además, denunciaron que Migración Colombia les pidió desistir de su solicitud de refugio como condición para avanzar en el trámite del PPT, situación que calificaron como una imposición indebida y contraria a sus derechos.La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional falló a favor de ellos. Además, concluyó que, aunque el caso específico había perdido vigencia al momento del análisis, era necesario pronunciarse sobre las barreras administrativas en los procedimientos de solicitud de refugio y expedición del PPT.En su decisión, la Corte destacó que la restricción de concurrencia entre el salvoconducto SC-2 y el PPT vulnera el debido proceso y el derecho de los migrantes a solicitar el reconocimiento de su condición de refugiados. Esta práctica, según la Corte, incentiva a los solicitantes a desistir de sus peticiones bajo presión.Por esto, el alto tribunal ordenó a Migración Colombia consultar a los accionantes si desean continuar con el trámite de su solicitud de refugio, dado que el desistimiento inicial no fue voluntario. Además, le instruyó abstenerse de exigir a otros migrantes venezolanos el desistimiento del SC-2 para obtener el PPT y aclarar a los solicitantes que ambos trámites pueden coexistir.El fallo también incluyó órdenes para el Ministerio de Relaciones Exteriores, que deberá publicar un documento de ruta claro para orientar a los migrantes venezolanos sobre cómo acceder a visas que les permitan trabajar legalmente mientras se resuelven sus solicitudes de refugio o PPT.
Diversas opiniones se han generado por el partido entre Atlético Nacional e Independiente Santa Fe en el inicio de los cuadrangulares finales de la Liga BetPlay, en especial en torno a la expulsión del técnico verdolaga Efraín Juárez, quien ha estado en el ojo del huracán por sus celebraciones.Fue tras el primer gol del equipo antioqueño cuando el mexicano celebró de manera efusiva y, según algunos, dirigido al técnico Pablo Peirano y generó molestia en el banquillo cardenal, tanto así que Elvis Perlaza fue quien le hizo el reclamo al técnico por su actitud.Pero, ahora, las diferencias crecieron a raíz de la polémica declaración que el delantero Alfredo Morelos en zona mixta, que, si bien fue aplaudida por los hinchas del cuadro verdolaga, recibe miles de críticas de los cardenales que sienten que se comportó de forma “agrandada” y “grosera”.“Con lo que estamos viviendo ahorita, es normal para mí. Yo, como jugador y delantero, con muchos goles que he marcado he celebrado de mil maneras. Si uno marca, uno celebra. Eso no tiene que afectar al otro equipo, ¿entonces para qué se dejan hacer un gol? No se lo dejen hacer y ya”, expresó el delantero, palabras que molestaron a la afición capitalina.El delantero aseguró que todo el plantel apoya al técnico en esta situación y dijo que “son situaciones normales”. Pero la molestia en Santa Fe fue fuerte y los hinchas cardenales le piden mayor respeto a Alfredo Morelos por esta situación y medir las palabras a la hora de declarar.Por ahora, Santa Fe deberá recomponer el camino en cuadrangulares aprovechando que solo se ha disputado una fecha y pueden devolverle a la ilusión a su afición contra un rival como Millonarios, algo que sería importante para los objetivos que espera cumplir el técnico Pablo Peirano en este segundo semestre.