Sigue la novela por el caso judicial que enfrenta el expresidente Álvaro Uribe. Su defensa formalizó la denuncia en contra del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, su expareja Deyanira Gómez y el abogado Miguel Ángel del Río, por los presuntos delitos de ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio, fraude procesal, falso testimonio, entre otros.En el documento de 60 páginas presentado por los abogados Jaime Granados y Jaime Lombana (defensores del expresidente Uribe) sostienen que hay evidencia técnica forense que demuestra que fueron borrados archivos del computador, celular y memoria USB de Monsalve, así como del reloj espía que se usó para grabar una reunión en 2018 del testigo estrella del caso con Diego Cadena, entonces abogado de Uribe.Señalan, entre otras cosas, que dicha grabación, ocurrida el 22 de febrero de 2018, fue editada; que los contenidos borrados luego fueron encontrados en una USB usada por Deyanira Gómez; que los relojes usados para grabar la conversación fueron entregados en un estado que imposibilitan la extracción de contenidos; que se manipularon y borraron archivos de dos tarjetas micro SD aportadas por Gómez; y que los datos entregados en otras USB demostrarían contradicciones con la información entregada por el perito contratado por el abogado Miguel Ángel del Río.“Sin embargo, dada la forma en la que fue presentado con dicho informe, se habría inducido en error a dicho Juzgado para que, a partir del mismo, concluyera que dicha grabación no había sido editada”, señala la denuncia.La respuesta del abogado Miguel Ángel del Río fue a través de su cuenta de X: “Éxitos con esa denuncia temeraria. Será denunciado por el delito de falsa denuncia. La única alternativa que les queda es desviar la atención y buscar que les prescriba la acción penal. Cobardes”.
Luego de tres días de presentar públicamente en audiencia audios, testimonios y videos, el fiscal Gabriel Jaimes concluyó que el testigo Juan Guillermo Monsalve entregó a la Corte Suprema de Justicia una grabación incompleta que este le hizo al abogado Diego Cadena y, por consiguiente, engañó a la justicia, por lo que pidió su investigación por el delito de fraude procesal.Jaimes relató que, de acuerdo con los testimonios rendidos tanto a la Corte Suprema de Justicia, como a la Fiscalía, por parte del condenado Enrique Pardo Hasche, del testigo Juan Guillermo Monsalve, Victoria Eugenia Jaramillo, Ricardo Williamson, Diego Cadena y Jaime Lombana, en la indagatoria del expresidente Álvaro Uribe. Así como también al confrontar los videos de la cárcel La Picota, en la que demuestran las reuniones que tuvo Cadena con Monsalve y su abogado Héctor Romero, no se puede implicar al expresidente con un ofrecimiento a Monsalve a cambio de retractarse de unas declaraciones en las que relacionó a los hermanos Santiago y Álvaro Uribe con paramilitares.El fiscal indicó que resulta determinante, para esclarecer lo que ocurrió en esa reunión del 22 de febrero de 2018, la grabación que hizo Monsalve en un reloj que le ingresó su abogado Héctor Romero por solicitud de la esposa del testigo, Deyanira Gómez, y una vez realizada la grabación fue entregada a la Corte Suprema de Justicia de manera fraccionada, ya que iniciaba en el minuto 32 y la reunión duró casi una hora, por lo que después de ser manipulada por Deyanira Gómez, fue entregada en una USB tres días después a la Corte.Adicionalmente, argumentó que a pesar “del contenido de la grabación, se demuestra de manera clara que en dicha reunión no se manifestó que Cadena fuera enviado de Álvaro Uribe con el ánimo de obtener alguna retractación, y menos aún que la presencia de Cadena fuera con el objeto de que suscribiera un documento, eso nunca quedó registrado en dicha grabación”.Agregó que de la misma manera quedó demostrado que no se ofreció dádiva alguna y, por el contrario, allí se descartó que Monsalve fuera admitido en la JEP porque los delitos por los cuales estaba condenado no lo hacían posible.Según el fiscal, lo anteriormente mencionado, pone de presente que Monsalve le mintió a la Sala de Instrucción de la Corte en aspectos neurálgicos de la manipulación de testigos y, por estas razones, la Fiscalía considera al señor Monsalve como un testigo mendaz.Por todo lo anterior, el fiscal compulsó copias para que se abra una investigación contra Monsalve y su compañera Deyanira Gómez.“Aparece de manera contundente que el señor Monsalve y su excompañera Deyanira Gómez, y posiblemente otras personas que están por identificarse, alteraron evidencias y además con su utilización intentaron engañar a la sala de instrucción de la Corte Suprema de Justicia por lo que este servidor compulsará copias para que se les investigue por los delitos de fraude procesal y ocultamiento, alteración y destrucción de elementos materiales probatorios”, afirmó el fiscal.El próximo martes, 3 de agosto, la juez determinará si acoge o no los planteamientos expuestos por el fiscal.
La Corte Suprema de Justicia ordenó a través de un fallo de tutela, a la Juez 28 Penal de Bogotá, reconocer como víctima a Deyanira Gómez, exesposa del testigo Juan Guillermo Monsalve, dentro del proceso que se le adelanta al expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunto fraude procesal y soborno.La Corte revocó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que no le había reconocido tal condición y ordenó su vinculación hasta "tanto se pronuncie sobre el particular el juez de conocimiento, en la audiencia de formulación de acusación que, eventualmente, se verifique en ese proceso".El abogado Miguel Ángel del Rio quien representa a Deyanira Gómez pidió en la tutela que se le admitiera como víctima por su intervención como testigo y su intermediación en la pretensión de obtener la retractación por parte de Juan Monsalve. El recurso señaló que Deyanira Gómez se convirtió en un obstáculo para la consecución de los fines presuntamente ilícitos de Diego Cadena y Álvaro Uribe Vélez.La Corte considera que “sin perjuicio de la ocurrencia de otro delitos de los que la señora Deyanira Gómez Sarmiento pueda ser víctima directa, lo cierto es que, en aquellos investigados en el caso Uribe, despunta su condición de perjudicada, en tanto se la instrumentalizó para persuadir a su ex esposo de suscribir el documento de retractación, el cual, además, ella debía allegar al proceso penal que supuestamente pretendía afectar el imputado", indica en el fallo.
La Corte Suprema de Justicia negó una tutela al periodista Gonzalo Guillén contra el Tribunal Superior de Bogotá, a través de la cual buscaba el reconocimiento como víctima dentro del proceso penal que se lleva a cabo contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.Guillén interpuso la tutela ante la negativa de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá de darle el reconocimiento y la posibilidad de intervenir como parte dentro del trámite que se adelanta actualmente en el Juzgado 28 Penal y donde está pendiente la continuación de la audiencia de preclusión.La decisión proyectada por la magistrada Patricia Salazar determinó que la tutela no cumplió los requisitos que se deben tener contra las decisiones judiciales, en este caso la del Tribunal Superior de Bogotá del pasado 28 de mayo.“Se advierte que el reproche del accionante en este aspecto radica en la mera discrepancia de los conceptos jurídicos aplicables al caso y no en los alegados defectos específicos de procedencia de la tutela contra providencias judiciales, lo que descarta la configuración de alguna vía de hecho en ese aspecto”, indica la sentencia.Esta decisión se produce paralelamente a la negativa que dio la Corte Suprema de Justicia a Deyanira Gómez de admitirla provisionalmente como víctima dentro del mismo proceso, esto como medida provisional que pidió la expareja de Juan Guillermo Monsalve, considerado testigo estrella del proceso contra el expresidente Álvaro Uribe.
Un juez negó la solicitud para que se aplazara la audiencia en la que se definirá si se cierra el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunta manipulación de testigos. Aunque aún no hay fecha definida, solo falta que se fije y no podrá ser aplazada.La acción de tutela fue interpuesta por el abogado Miguel Ángel del Río contra el Tribunal Superior de Bogotá - tribunal que revocó el reconocimiento de víctimas que este despacho efectuó en favor de Deyanira Gómez.El juzgado 28 con función de conocimiento no evidenció obstáculo alguno para adelantar la audiencia de solicitud de preclusión de la investigación por parte de la Fiscalía.“Cosa distinta ocurriría si la honorable Corte Suprema de Justicia, dentro del trámite de la acción constitucional, ordenara la suspensión o no programación de la audiencia”.Es por eso que este juzgado niega la petición de aplazar la audiencia de preclusión y mantiene su decisión de fijar nueva fecha para tal determinación.Vea el documento:
El Tribunal Superior de Bogotá revocó la decisión de la juez 28 de conocimiento de Bogotá y rechazó la condición de víctima dada de Deyanira Gómez, exesposa del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve.Además, mantuvo la decisión de la misma juez de negar la condición de víctima al periodista Gonzalo Guillén, en medio del proceso que se lleva contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez como presunto responsable de los delitos de soborno a testigos y fraude procesal. A partir de la fecha, ninguno podrá participar como víctima en el proceso.“Para acceder al conocimiento de víctima directa o indirecta no basta con pregonar un daño genérico o potencial, sino que se debe señalar el daño real o concreto causado con el delito investigado”, dijo la magistrada.En el caso concreto de Deyanira Gómez, dijo la magistrada, que no se argumentó debidamente cómo se afectó a Gómez con la conducta por la que se investiga al expresidente Uribe.“Los hechos jurídicamente relevantes son aquellos que se pusieron de presente al implicado en la indagatoria del 2019. En ellos, la única mención que se hace respecto al delito de soborno de testigos es al pretender la retractación de Monsalve. Relación que es de vital de importancia, para reconocer a una persona la calidad de víctima se debe determinar necesariamente que el daño que alega proviene del delito objeto de investigación que, para el caso en particular, es el de soborno a testigo en actuación penal”, dijo la funcionaria judicial.Hace unas semanas, la juez 28 de conocimiento de Bogotá, Carmen Helena Ortiz, había acreditado como víctima provisional en el proceso a Deyanira Gómez, acogiendo los argumentos de su abogado Miguel Ángel del Río de que era supuesta víctima porque por su participación en los hechos fue objeto de amenazas y terminó exiliada.“Se acreditó entre los hechos investigados y los daños causados a aquella, derivados de los seguimientos hostigamientos e intimidades que tuvieron tal magnitud que la UNP brindara medidas de protección y un esquema de seguridad y que, finalmente, la llevaron al exilio. El despacho no comparte la posición de la Fiscalía y del Ministerio Público pues considera que no se compadece con la postura adoptada por la Corte Constitucional. Como acertadamente lo indicaron Eduardo Montealegre y Jorge Fernando Perdomo, no es necesario que Deyanira Gómez sea el sujeto pasivo de los delitos de soborno y fraude procesal para constituirse como víctima. Resultaría claro que Deyanira Gómez sería víctima indirecta de los hechos motivo de investigación”, dijo la juez de conocimiento.Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá opinó todo lo contrario: no se acreditó cómo resultó afectada Gómez en las supuestas conductas ilícitas cometidas por el expresidente Uribe y por eso no puede actuar como víctima. No obstante, su abogado Miguel Ángel del Río anunció que interpondrá una tutela porque considera que la decisión vulnera los derechos de su cliente, en otras palabras, habrá otro escenario en el que podría revivirse la discusión.En la misma decisión, al igual que la juez 28 de conocimiento de Bogotá, el Tribunal Superior de Bogotá negó acreditar como víctima en el proceso al periodista Gonzalo Guillén. La juez dijo en su momento que, la supuesta afectación a su patrimonio moral no tiene relación con los hechos por los que se investiga al expresidente Uribe. Incluso, dijo la juez, que al interponer una denuncia contra Lombana por las menciones que hizo contra Guillén, será en ese escenario, en otra actuación penal, en donde deben constituirse como víctimas y que el juez de ese proceso deberá definir si las apreciaciones realizadas por Lombana constituyen o no delitos.
El Tribunal Superior de Bogotá revocó la decisión de la juez 28 de conocimiento de Bogotá y rechazó la condición de víctima dada a Deyanira Gómez, exesposa del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve. Además, mantuvo la decisión de la misma juez de negar la condición de víctima al periodista Gonzalo Guillén, en medio del proceso que se lleva contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, como presunto responsable de los delitos de soborno a testigos y fraude procesal. A partir de la fecha, ninguno podrá participar como víctima en el proceso.“Para acceder al conocimiento de víctima directa o indirecta no basta con pregonar un daño genérico o potencial, sino que se debe señalar el daño real o concreto causado con el delito investigado”, dijo la magistrada.En el caso concreto de Deyanira Gómez, dijo la magistrada que no se argumentó debidamente cómo se afectó a Gómez con la conducta por la que se investiga al expresidente Uribe.“Los hechos jurídicamente relevantes son aquellos que se pusieron de presente al implicado en la indagatoria del 2019. En ellos, la única mención que se hace respecto al delito de soborno de testigos es al pretender la retractación de Monsalve. Relación que es de vital de importancia, para reconocer a una persona la calidad de víctima se debe determinar necesariamente que el daño que alega proviene del delito objeto de investigación que, para el caso en particular, es el de soborno a testigo en actuación penal. Así mismo, la concreción de la presunta conducta delictiva a detener como sustento los hechos jurídicamente relevantes que fueron expuestos en la audiencia de imputación que, en este caso, es en la diligencia de indagatoria, lo cuales deben permanecer inalterados de la audiencia hasta el fallo, salvo que a su relato se puedan incorporar algunos detalles que no van cambiar la calificación de los delitos imputados a menos que se haga una adición”, dijo la funcionaria judicial.Hace unas semanas, la juez 28 de conocimiento de Bogotá, Carmen Helena Ortiz, había acreditado como víctima provisional en el proceso a Deyanira Gómez, acogiendo los argumentos de su abogado Miguel Ángel del Río de que era supuesta víctima porque por su participación en los hechos fue objeto de amenazas y terminó exiliada.“Se acreditó entre los hechos investigados y los daños causados a aquella, derivados de los seguimientos hostigamientos e intimidades que tuvieron tal magnitud que la UNP brindara medidas de protección y un esquema de seguridad y que, finalmente, la llevaron al exilio. Así las cosas, mal podría aseverarse como lo hizo la Fiscalía, el Ministerio Público y la defensa (del expresidente Uribe) que al no ser la víctima directa de los punibles que se le atribuyen al imputado esta carece de posibilidad de ser reconocida provisionalmente como víctima dentro de la presente actuación", dijo la juez de conocimiento."En esa oportunidad se trata de una solicitud de preclusión que eventualmente, de ser el caso, daría lugar a terminar la investigación. El despacho no comparte la posición de la Fiscalía y del Ministerio Público pues considera que no se compadece con la postura adoptada por la Corte Constitucional. Como acertadamente lo indicaron Eduardo Montealegre y Jorge Fernando Perdomo, no es necesario que Deyanira Gómez sea el sujeto pasivo de los delitos de soborno y fraude procesal para constituirse como víctima. Resultaría claro que Deyanira Gómez resultaría víctima indirecta de los hechos motivo de investigación”, agregó.Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá opinó todo lo contrario: no se acreditó cómo resultó afectada Gómez en las supuestas conductas ilícitas cometidas por el expresidente Uribe y por eso no puede actuar como víctima. No obstante, su abogado Miguel Ángel del Río anunció que interpondrá una tutela porque considera que la decisión vulnera los derechos de su cliente, en otras palabras, habrá otro escenario en el que podría revivirse la discusión.En la misma decisión, al igual que la juez 28 de conocimiento de Bogotá, el Tribunal Superior de Bogotá negó acreditar como víctima en el proceso al periodista Gonzalo Guillén.La juez dijo en su momento que, la supuesta afectación a su patrimonio moral no tiene relación con los hechos por los que se investiga al expresidente Uribe. Incluso, dijo la juez, que al interponer una denuncia contra Lombana por las menciones que hizo contra Guillén, será en ese escenario, en otra actuación penal, en donde deben constituirse como víctimas y que el juez de ese proceso deberá definir si las apreciaciones realizadas por Lombana constituyen o no delitos.
Se postergó indefinidamente la audiencia judicial en la que la Fiscalía pedirá que se archive la investigación contra el expresidente Álvaro Uribe por presunta manipulación de testigos.El motivo del nuevo aplazamiento tiene que ver con la apelación de la Fiscalía y de la Procuraduría a la decisión de la juez 28 de conocimiento Carmen Helena Ortiz, quien aceptó como víctima dentro del caso a Deyanira Gómez, exesposa de Juan Guillermo Monsalve, el testigo que tuvo en cuenta la Corte Suprema contra Uribe.El Tribunal Superior de Bogotá será el encargado de definir si queda o no en firme la aceptación de la médica Gómez como víctima dentro del proceso y en ese trámite se puede tardar varias semanas.Esto automáticamente causa un nuevo aplazamiento de la definición del caso de fondo, es decir, se aplaza el trámite de escuchar al fiscal Gabriel Jaimes con sus argumentos para pedir que se archive el caso contra el expresidente Uribe por soborno y fraude procesal y por supuesto se aplaza la definición de esa solicitud por parte de la juez Ortiz.Y mientras se define esa situación, se conocen nuevos detalles de la “caracterización” o perfilamiento que mandó hacer la Fiscalía de Juan Guillermo Monsalve, y se conocen fotos, videos y otras pruebas que demuestran excesos en la cárcel La Picota y posible violación del código penitenciario.Además, la Fiscalía investiga una contabilidad encontrada a mano y unos audios que demostrarían que Monsalve tiene acciones en una mina de oro en San Roque, Antioquia.Aunque este no es el trasfondo del caso, la defensa del expresidente Uribe busca por medio de la revelación de estos elementos, dejar dudas sobre si Monsalve recibió pagos por debajo de la mesa para inculpar a su cliente con la creación del bloque Metro de las Autodefensas.En medio de tantos enredos y elementos, ojalá la justicia actúe como corresponde y logre esclarecer el trasfondo de este caso.Escuche el análisis y la opinión de Ricardo Ospina en Mañanas BLU:
La jueza 28 de Conocimiento de Bogotá suspendió nuevamente este viernes la audiencia de preclusión del caso por fraude procesal y soborno de testigos contra el expresidente colombiano Álvaro Uribe hasta que el Tribunal Superior de Bogotá resuelva si se acepta o no la acreditación de otras dos víctimas en el proceso.Se trata de la médica Deyanira Gómez y del periodista Gonzalo Guillén, cuyas solicitudes de acreditación como víctimas del caso deberán ser definidas en segunda instancia por el Tribunal de Bogotá.Durante la audiencia de este viernes, la jueza Carmen Helena Ortiz decidió aceptar como "víctima provisional" a Gómez, quien fue pareja del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, preso en la cárcel La Picota de Bogotá y a quien supuestamente el abogado Diego Cadena, que hacía parte del equipo de Uribe, le ofreció ayudas si cambiaba las declaraciones que hizo contra el expresidente (2002-2010).La togada argumentó que por los hechos investigados dentro del caso, Gómez fue víctima de hostigamientos e intimidaciones que llevaron a que la mujer recibiera un esquema de seguridad de la Unidad Nacional de Protección (UNP) y luego se exiliara.Los delegados de la Fiscalía y la Procuraduría, así como la defensa del exmandatario, apelaron la decisión que otorgó el reconocimiento a la expareja de Monsalve como víctima provisional al considerar que en este momento del caso no procede, y dicha apelación deberá ser resuelta por el Tribunal Superior de Bogotá.En el caso del periodista Gonzalo Guillén, que pedía ser reconocido como víctima por el daño a su prestigio, honra y buen nombre que dice haber sufrido por este caso, la jueza no lo reconoció como víctima porque considera que esas afectaciones no tienen nada qué ver con el caso.LO QUE SIGUE EN EL CASOEl proceso por supuesto fraude procesal y soborno de testigos comenzó en febrero de 2012 cuando Uribe demandó por presunta manipulación de testigos al senador de izquierdas Iván Cepeda, que en esa época preparaba una denuncia en el Congreso en su contra por supuestos vínculos con el paramilitarismo.Esa demanda acabó volviéndose en contra de Uribe cuando el magistrado José Luis Barceló no sólo la archivó, sino que decidió abrir una investigación al expresidente por supuesta manipulación de testigos.El fiscal delegado del caso, Gabriel Jaimes, pidió el pasado 5 de marzo no investigar a Uribe, líder del partido gobernante Centro Democrático, al considerar que "varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito y otras que sí lo son no se le pueden atribuir como autor o partícipe".Si, una vez se retome la audiencia, la jueza acepta la solicitud de preclusión de la Fiscalía, las víctimas podrían apelar esa decisión y el caso pasa al Tribunal Superior de Bogotá.Y si, por el contrario, la jueza niega la solicitud de preclusión, la Fiscalía se vería enfrentada a tener que decidir si presenta una acusación con lo que tiene o si reformula con más argumentos su petición de preclusión.En todo caso, si la jueza niega la preclusión, la Fiscalía y la defensa de Uribe también podrían apelar esa decisión, con lo cual el caso también pasaría al Tribunal Superior de Bogotá.
Este viernes, la juez 28 de conocimiento de Bogotá, Carmen Helena Ortiz, acreditó como víctima provisional en el proceso que se le lleva al expresidente Álvaro Uribe Vélez, por los delitos de soborno y de fraude procesal, a Deyanira Gómez, exesposa del exparamilitar y testigo contra el expresidente Uribe, Juan Guillermo Monsalve. Sin embargo, debido a que la Fiscalía, la Procuraduría y el abogado de Uribe, Jaime Granados, apelaron la decisión, la determinación final queda en manos del Tribubal Superior de Bogotá.Según la Fiscalía, las supuestas amenazas a Deyanira surgieron con posterioridad a los hechos por los que es investigado el expresidente Uribe, por lo que no podría considerársele víctima en el proceso.“Esas amenazas específicas que supuestamente recibió la señora Deyanira con los hechos materia de investigación, el tema de los daños debe ser con los hechos y no con la investigación. De lo que se duele la señora Deyanira es que a consecuencia de las investigaciones de todo este trasegar judicial se presentaron esas amenazas entonces la Fiscalía expresa que aún bajo ese supuesto, aún bajo la existencia de esas amenazas, las amenazas surgen con posterioridad al episodio fáctico, rompiendo totalmente un vínculo de nexo causal entre los hechos materia de investigación, entre los hechos jurídicamente relevantes y los daños directos o indirectos”, argumentó el ente acusador.Por su parte, para la juez, el abogado Miguel Ángel del Río que defiende a Deyanira, logró demostrar en esta primera etapa que es víctima porque por su participación en los hechos fue objeto de amenazas y terminó exiliada.“Se acreditó entre los hechos investigados y los daños causados a aquella, derivados de los seguimientos hostigamientos e intimidades que tuvieron tal magnitud que la UNP brindara medidas de protección y un esquema de seguridad y que, finalmente, la llevaron al exilio. Así las cosas, mal podría aseverarse como lo hizo la Fiscalía, el Ministerio Público y la defensa (del expresidente Uribe) que al no ser la víctima directa de los punibles que se le atribuyen al imputado esta carece de posibilidad de ser reconocida provisionalmente como víctima dentro de la presente actuación”, dijo.“En esa oportunidad se trata de una solicitud de preclusión que eventualmente, de ser el caso, daría lugar a terminar la investigación. El despacho no comparte la posición de la Fiscalía y del Ministerio Público pues considera que no se compadece con la postura adoptada por la Corte Constitucional. Como acertadamente lo indicaron Eduardo Montealegre y Jorge Fernando Perdomo, no es necesario que Deyanira Gómez sea el sujeto pasivo de los delitos de soborno y fraude procesal para constituirse como víctima. Resultaría claro que Deyanira Gómez resultaría víctima indirecta de los hechos motivo de investigación”, dijo la juez.Así las cosas, queda en manos del Tribunal Superior de Bogotá la decisión final sobre si Deyanira Gómez y el periodista Gonzalo Guillén (a quien no acreditaron como víctima) deben ser acreditados como víctimas en este proceso que se lleva en contra del expresidente Uribe. Después de esta decisión, se daría paso a que la Fiscalía sustente su solicitud de preclusión de la investigación.
En la cotidianidad, las personas suelen usar entre 300 y 500 palabras en conversaciones diarias, dependiendo de factores como el nivel educativo. Algunas palabras, con el tiempo, se vuelven desusadas. Esto no las hace incorrectas, sino menos comunes, aunque podrían reaparecer si el uso colectivo las trae de vuelta.Un claro ejemplo es la relación entre "escampar" y "descampar". Estos términos son la diferencia entre una palabra vigente y otra en desuso. Según la RAE, “escampar” significa “dejar de llover” y es un verbo intransitivo impersonal, lo que implica que no requiere un sujeto ni un objeto específicos. Esta palabra está presente en ocho países de América: Nicaragua, Costa Rica, Cuba, República Dominicana, Puerto Rico, Colombia, Venezuela y Ecuador. Además, en el Diccionario de Americanismos, se le atribuye el significado adicional de “guarecerse de la lluvia”.¿Cómo se dice escampar o descampar?Las palabras desusadas como "descampar" también ponen en evidencia cómo ciertos términos desaparecen no porque sean menos precisos o útiles, sino porque son reemplazados por otros más populares. En el caso de "escampar", su presencia en diversos países de América Latina y su significado claro han garantizado su permanencia, mientras que "descampar" se ha visto relegado a un papel secundario.Aun así, existe la posibilidad de que términos en desuso vuelvan a ganar relevancia, ya sea por su reintroducción en contextos literarios, académicos o culturales. La propia RAE, al interactuar con los hablantes a través de plataformas como X (antes Twitter), reconoce la importancia de escuchar a la comunidad para documentar cambios y mantener vivo el idioma.A través de su departamento de consultas lingüísticas, ‘Español al Día’, ha señalado que no puede determinar con exactitud la conjugación o el uso de verbos desusados. Sin embargo, reconoce que una palabra catalogada como tal podría volver a integrarse en el lenguaje activo si los hablantes la retoman de manera natural.El caso de estas palabras subraya cómo el idioma refleja la historia, las costumbres y la interacción social, siempre en movimiento.La evolución del lenguaje es un proceso natural y constante, pero constantemente despierta preguntas sobre qué palabras son consideradas "correctas" o "incorrectas". Sin embargo, este enfoque puede ser problemático, especialmente en casos como el de los verbos "escampar" y "descampar", donde uno se mantiene vigente y el otro ha caído en desuso.En términos lingüísticos, el desuso no implica error. Según la Real Academia Española (RAE), el hecho de que una palabra sea menos común no la convierte en incorrecta, sino que refleja una transformación en las necesidades comunicativas de los hablantes.Por ejemplo, aunque "descampar" está registrado en el Diccionario de la Lengua Española (DLE) como sinónimo de "escampar", su uso es poco frecuente, lo que llevó a catalogarlo como un término "poco usado". Esto no significa que quienes lo utilicen estén empleando un término erróneo, sino que están utilizando una palabra que ha perdido vigencia en el habla cotidiana.¿Qué son las palabras desuso?Las palabras en desuso son términos que, aunque alguna vez fueron comunes o ampliamente utilizados, han perdido popularidad con el tiempo y ya no forman parte del habla cotidiana de la mayoría de los hablantes. Esto no significa que sean incorrectas o carezcan de significado, sino que han quedado relegadas debido a cambios culturales, sociales o lingüísticos.El debate sobre qué es correcto o incorrecto está influido por factores como la educación, el contexto geográfico y los prejuicios lingüísticos. Muchas veces, los hablantes tienden a descalificar expresiones consideradas antiguas o regionales, sin comprender que estas forman parte del patrimonio lingüístico del idioma.
Revise los resultados del sorteo del chance Paisita Día, el cual se realiza todos los días, incluso los días festivos.El número ganador del último sorteo del Paisita Día de hoy viernes, 22 de noviembre de 2024, es el número: (en minutos).Número ganador: Tres últimas cifras: Tres primeras cifras: Conozca todos el resultados de los sorteos anteriores de aquí.¿Quiere consultar los resultados de tus loterías y chances favoritos por WhatsApp? Haga clic aquí , suscríbase a nuestro canal y descubra al instante si es el próximo ganador. Paisita Día es una lotería muy popular en Colombia, específicamente en la región de Antioquia, de donde proviene el apodo "paisita".¿Quién lo juega?Cualquier persona mayor de edad puede jugar a Paisita Día.Es muy común que lo jueguen personas que viven en Antioquia o que tienen algún vínculo afectivo con esta región.Estadísticas Paisita DíaNúmero recomendado que más sale en cada posición: 2 6 0 9Números más demorados en salir: 0 8 1 8Último sorteo en que salió: 2024-05-14¿Cómo jugar Paisita Día?El Paisita Día es un juego de chance muy similar a otros juegos de lotería en Colombia. Aquí le explicamos cómo jugar:Elegir un número: Debes seleccionar un número de 2, 3 o 4 cifras (puedes elegir entre 00 y 99 para dos cifras, entre 000 y 999 para tres cifras, o entre 0000 y 9999 para cuatro cifras).Hacer la apuesta: Puedes realizar tu apuesta en los puntos autorizados de chance o en plataformas en línea (si están disponibles). El valor mínimo de la apuesta es generalmente muy bajo, pero puedes apostar más según tu preferencia.Sorteo: El sorteo de Paisita Día se realiza de lunes a sábado. Si el número que elegiste coincide con el número ganador del sorteo, puedes ganar dependiendo de la cantidad de cifras que apostaste y el monto de tu apuesta.Premios: Los premios varían de acuerdo con las cifras acertadas (2, 3 o 4) y el monto apostado. Mientras más cifras aciertes y mayor sea tu apuesta, mayor será el premio que puedes ganar.Es un juego de azar simple, donde cada día tienes la oportunidad de ganar según la suerte con tu número elegido.Nota: La publicación de los resultados es meramente informativa. En caso de existir algún error, discrepancia o controversia, los resultados válidos serán solamente los que se encuentren consignados en el acta que haya sido firmada por los delegados y autoridades presentes durante los sorteos.
La situación del tráfico aéreo en Colombia es un tema crucial, especialmente en los meses de noviembre y diciembre, cuando las condiciones climáticas adversas afectan la capacidad de operación del Aeropuerto El Dorado. En diálogo con Mañanas Blu, Santiago Álvarez, presidente de LATAM en Colombia, destacó las tensiones que enfrenta este importante aeropuerto, señalando que su infraestructura ha quedado pequeña frente al creciente número de vuelos y pasajeros. Subraya que la capacidad del aeropuerto está definida por la autoridad Aeronáutica, teniendo en cuenta limitaciones técnicas y eventos climáticos. "Cuando llueve o hay fenómenos como la niebla, se reduce la capacidad operativa," indicó. Sin embargo, la falta de herramientas tecnológicas adecuadas para manejar estas situaciones impacta negativamente en el servicio. Álvarez hizo hincapié en que Latam ha estado trabajando con la Aeronáutica Civil para garantizar que las herramientas tecnológicas estén disponibles. "Es fundamental que estas tecnologías estén activas para mejorar la recuperación de las operaciones en casos de cancelaciones y retrasos," agregó.Hay que decir que el clima adverso no solo afecta la operativa sino también la experiencia del pasajero. La industria sufre cuando un vuelo se retrasa, ya que esto genera un efecto dominó en toda la programación del día. "En temporadas de mal clima, pedimos paciencia a los pasajeros, ya que la seguridad es nuestra mayor prioridad," explicó Álvarez. Aunque El Dorado es el principal punto de conexión internacional en Colombia, Santiago Álvarez se mostró optimista sobre la necesidad de mejorar su capacidad y equipos para enfrentar los retos. "La decisión de optimizar la capacidad del aeropuerto no cambia de un mes a otro. La infraestructura y tecnología disponibles son clave para llevar a cabo operaciones seguras, independientemente del clima," concluyó. aéreas.Escuche aquí la entrevista:
Revise los resultados más recientes del chance Caribeña Día, que se juega diariamente, incluyendo domingos y festivos. Asegúrese de revisar los números ganadores para no perder la oportunidad de saber si su apuesta ha sido exitosa.El número ganador del último sorteo de Caribeña Día de hoy viernes, 22 de noviembre de 2024, es el número: (en minutos), según publicaron en redes sociales.Número ganador: Dos últimas cifras: Tres últimas cifras: Estadísticas de los mejores números de este chanceNúmero recomendado que más sale en cada posición: 8566Números más demorados en salir: 2959¿Cómo jugar a la Caribeña Día?Para ganar el premio mayor, las cuatro cifras de tu número deben coincidir exactamente con las cuatro cifras del número ganador del sorteo. Sin embargo, también hay premios menores para aquellos que acierten las tres últimas cifras o las tres primeras cifras.Nota: La publicación de los resultados es meramente informativa. En caso de existir algún error, discrepancia o controversia, los resultados válidos serán solamente los que se encuentren consignados en el acta que haya sido firmada por los delegados y autoridades presentes durante los sorteos.
Revise los resultados del último sorteo de Sinuano Día, que se juega todos los días, incluidos domingos y festivos. Muy popular en Córdoba, Sucre, Magdalena, Bolívar y Atlántico.El número ganador del último sorteo del Sinuano Día de este viernes, 22 de noviembre de 2024, es el número: (en minutos), según se publicó en sus redes sociales.Número ganador: Tres últimas cifras: Tres primeras cifras: ¿Quiere consultar los resultados de tus loterías y chances favoritos por WhatsApp?Haga clic aquí, suscríbase a nuestro canal y descubra al instante si es el próximo ganador.El chance Sinuano es un juego de azar muy popular especialmente en la región de la Costa Caribe, particularmente en el departamento de Córdoba. Su nombre hace referencia al río Sinú, uno de los más importantes de esta región.Estadísticas del Sinuano DíaNúmero recomendado que más sale en cada posición: 3462Números más demorados en salir: 7365¿Cómo jugar al Sinuano Día?Elegir número: seleccionar un número de cuatro cifras, desde el 0000 hasta el 9999.Realizar apuesta: un punto de venta autorizado del Sinuano y comprar billete con el número elegido.Esperar el sorteo: el Sinuano Día realiza sorteos diariamente, incluyendo domingos y festivos.Comprobar los resultados: verificar si el número fue el ganador consultando los resultados.¿Cómo ganar en el Sinuano Día?Si las cuatro cifras del número coinciden con las cuatro cifras del número ganador del sorteo, ¡felicidades! Ha ganado el premio mayor.Además, suele haber premios menores para aquellos que acierten las tres últimas cifras o las tres primeras cifras.Consejos para jugar al Sinuano DíaJuegue responsablemente: el juego es una forma de entretenimiento y no una fuente segura de ingresos.Diversificar apuestas: jugar con diferentes números o participar en múltiples sorteos.Verificar los resultados: importante que siempre verifique los resultados oficiales para asegurarte de que has ganado.Infórmarse sobre las reglas: antes de jugar, asegúrese de conocer todas las reglas del Sinuano Día para poder participar de manera adecuada.Nota: La publicación de los resultados es meramente informativa. En caso de existir algún error, discrepancia o controversia, los resultados válidos serán solamente los que se encuentren consignados en el acta que haya sido firmada por los delegados y autoridades presentes durante los sorteos.