La cuota alimentaria es un concepto legal que se refiere a la obligación que tienen los padres o aquellos que tienen a cargo el cuidado de un menor de edad de proveer los recursos necesarios para su manutención, educación, salud y demás necesidades básicas. En una entrevista en Casa Blu, estuvo el abogado de familia del bufete Integrity Legal Jimmy Jiménez, quien explicó los cambios en la cuota alimentaria en el año 2024.Cada primero de enero, según lo establecido por la ley, las cuotas alimentarias deben ser revisadas y ajustadas. El abogado Jiménez enfatizó que esta revisión anual es crucial para asegurar que los hijos reciban el soporte necesario para mantener un nivel de vida digno.A pesar de que muchos padres y madres incumplen esta obligación, es importante cumplir con el incremento anual de la cuota, ya sea mediante un acuerdo voluntario entre las partes o siguiendo los lineamientos del Índice de Precios al Consumidor (IPC) o el aumento del salario mínimo.Además, explicó que, incluso si no se estableció por escrito un aumento anual en la cuota alimentaria, la ley exige que se realice dicho incremento para garantizar el bienestar de los hijos. Es importante destacar que la falta de acuerdo escrito no exime a los padres de cumplir con esta obligación legal.“Uno tiene que tener el requisito del aumento anual porque es un requisito no entre las partes, sino que es un requisito exigido y ordenado por la ley. Si no se pactó por escrito ese incremento, igual la cuota tiene que aumentar. Y la lógica y el sentido de eso, es que las cuotas alimentarias están pensadas para garantizar, el mínimo vital y el derecho a tener una vida digna por parte de nuestros niños, niñas y adolescentes”, mencionó.En cuanto a los casos en los que un padre o madre solicita una reducción de la cuota debido a cambios en sus circunstancias financieras, explicó que cada caso debe ser evaluado individualmente. Es fundamental consultar con un abogado especializado en derecho de familia para determinar la viabilidad de solicitar un aumento o reducción de la cuota alimentaria.“Antes de ir a la autoridad, consulte a un abogado especialista en derecho de familia que le pueda decir la viabilidad para su caso de incrementar o de reducir la cuota. Nos encontramos cientos y cientos de casos en cuotas extremas o cuotas extremadamente altas, injustas para ese padre que tiene que pagar o cuotas extremadamente bajas, injustas también para esa madre y para ese hijo que recibe esa manutención mensual”, puntualizó.¿Qué pasa si un padre incumple con la cuota alimentaria?Jiménez enfatizó que no pagar la cuota alimentaria constituye un delito de inasistencia alimentaria en Colombia. Ante el incumplimiento, existen medidas legales que pueden tomarse, como iniciar un proceso de embargo de bienes o salarios para garantizar el pago de la cuota.“Una posibilidad legal es la denuncia por el delito de inasistencia alimentaria ante la Fiscalía General de la Nación, la Fiscalía no cobra, pero sí revisa la ocurrencia del delito (...) La mamá o el padre puede denunciar, denunciar penalmente a la mamá y demandar en un Ejecutivo de alimentos. Yo puedo acudir a un Ejecutivo de alimentos cobrando las cuotas que me deben y yo puedo pedir varias medidas cautelares”, afirmó.En casos extremos donde un padre oculta sus ingresos para evitar el pago de la cuota, el abogado explicó que la ley colombiana presume que todos los padres tienen la capacidad de pagar al menos un salario mínimo. Además, el estilo de vida del padre puede ser considerado para fijar la cuota alimentaria en casos donde se sospeche que se están ocultando ingresos.“El 100 % de los padres en relación con temas de cuota alimentaria: uno se le presume que se gana por lo menos un salario mínimo, eso es lo que dice nuestra ley. Entonces en Colombia no existe la posibilidad de cuota alimentaria cero (...) Y es que el código dice que a ese padre se le puede fijar la cuota conforme o acorde al estilo de vida de ese padre casos reales que hemos tenido”, señaló.Escuche la entrevista completa aquí:
La cuota alimentaria en Colombia es un aspecto crucial para asegurar el bienestar de los Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) cuyos padres no han sido favorecidos con la custodia. Este aporte obligatorio, establecido por el Código de Infancia y Adolescencia, abarca alimentación, educación, salud, vestuario y otros gastos necesarios para el menor.Según las disposiciones legales, la cuota alimentaria se establece con base a la presunción de que el progenitor responsable tiene ingresos equivalentes al menos a un salario mínimo legal mensual vigente (1 SMLMV 2024). Aunque no existe una cuota mínima mensual fija, los jueces de familia pueden ajustarla considerando los ingresos, bienes y circunstancias particulares de los padres, así como los gastos asociados al cuidado del niño.Es importante destacar que, al inicio de cada año, la cuota alimentaria debe ajustarse según lo establecido en el acta de conciliación o la orden de la autoridad correspondiente. Este ajuste se realiza acorde al aumento del salario mínimo o al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior (2023).Jimmy Jiménez, fundador del bufete de abogados Integrity Legal, subraya la relevancia de esta actualización: "Si se determinó en el acta que la cuota se incrementará acorde al salario mínimo, el aumento será del 12.07 %; en cambio, si se estableció según el IPC, el incremento será del 9.28 %. Para facilitar este cálculo, hemos desarrollado la calculadora automática de cuota alimentaria 2024, una herramienta gratuita para padres y madres".El bufete Integrity Legal ha puesto a disposición esta calculadora automática, facilitando a los padres el cálculo preciso de la cuota alimentaria que deben aportar en el presente año. Esta iniciativa busca promover la transparencia y la equidad en el proceso, asegurando que los NNA reciban el apoyo necesario para su desarrollo integral.La cuota alimentaria en 2024 se establece como un compromiso vital para garantizar los derechos fundamentales de los niños en situaciones de custodia compartida. La herramienta proporcionada por Integrity Legal se presenta como una solución práctica para padres y madres, permitiéndoles cumplir con sus responsabilidades de manera justa y transparente.Vea también
El sistema judicial ha sido testigo de un preocupante incremento en las denuncias por inasistencia alimentaria en Colombia. Según datos proporcionados por la Fiscalía, se ha registrado un alza alarmante en los procesos relacionados con el incumplimiento de la cuota alimentaria.La cuota alimentaria, estipulada por ley, no se limita únicamente a la alimentación de los menores, sino que abarca una gama de necesidades esenciales para su desarrollo integral. Esto incluye gastos relacionados con vivienda, educación, salud, vestuario, asistencia médica, recreación, transporte y demás elementos necesarios para su bienestar.Según estadísticas oficiales, en el año 2020 se documentaron 30,203 casos de inasistencia alimentaria. Esta cifra escaló significativamente en 2021, alcanzando los 41,846 procesos. El 2022 no mostró mejoría, con un total de 30,069 nuevas denuncias, sumando así más de 100,000 registros en el sistema penal en tan solo tres años.Cómo denunciar inasistencia de cuota alimentariaPara aquellos padres o madres de familia que se encuentran en esta situación, es crucial tener en cuenta cinco factores fundamentales:Inicio del proceso legal: El proceso puede iniciarse cuando el padre responsable incumple total o parcialmente con el pago de la cuota alimentaria, incluyendo los aumentos anuales y los gastos acordados. Documento de fijación de la cuota: Es imperativo contar con un documento escrito que establezca la cuota alimentaria. Los acuerdos verbales no tienen validez en este contexto y el documento escrito sirve como base para calcular las obligaciones del padre o madre. Juez de familia: El proceso se lleva a cabo ante un juez de familia, encargado de estudiar el caso y tomar las medidas disciplinarias necesarias para garantizar el cumplimiento de la responsabilidad. Jurisdicción del niño: El proceso debe iniciarse en la ciudad donde reside el menor, asegurando que se realice en el lugar más conveniente para su bienestar. Asesoramiento legal: Siempre es necesario contar con la asesoría y representación de un abogado. Las demandas deben ser redactadas y firmadas por un abogado con la correspondiente tarjeta profesional. En caso de que la denuncia esté en curso y persista el incumplimiento, alegando falta de bienes o ingresos, se debe informar por escrito al fiscal del caso.Tania Moreno, Directora Jurídica de Soluciones Jurídicas de Colombia, explica: "Primero hay que fijar la cuota alimentaria por escrito y luego cobrarla. Si la persona no la quiere pagar, hay medidas cautelares como bloquear la salida del país, reportarlo en el Registro de Deudores de Cuota Alimentaria (REDAM) y al estar allí no puede comprar propiedades, no puede acceder a un empleo público y tener embargos en sus salarios o en sus diferentes cuentas de banco, incluyendo Nequi, Daviplata y demás bolsillos digitales".Le puede interesar:
Mientras que el Gobierno Petro quiere que la inasistencia alimentaria deje de ser un delito, la Procuraduría le está haciendo un llamado a la Corte Constitucional para que declare exequible el convenio que obliga este cobro a los colombianos que se encuentren en el extranjero.En diálogo con Blu Radio, el abogado constitucionalista Gildardo Acosta calificó como “acertado” el llamado de la Procuraduría a la corte, pues “se volvería una presión del Estado” para que los responsables de inasistencia alimentaria cancelen su obligación así estén en el extranjero; pero también dio su análisis sobre si ese llamado iría en contravía a lo que quiere el Gobierno de Colombia sobre despenalizar ese delito.“La inasistencia alimentaria si se despenaliza está la jurisdicción civil sobre los juzgados de familia que pueden fijar cuotas de alimentos, entonces no estaría en contravía al convenio de La Haya, esos juzgados son garante de ello”, explicó Acosta.Además, agregó que “lo que no es garante es que la sentencia se profiere en Colombia y, si se van de Colombia, pues no hacía efecto en otros países. Con esta ley se puede conseguir que se haga efectiva y se ejecute esa sentencia en esos países donde esté el derecho a alimentarse”.El llamado de la Procuraduría a la Corte Constitucional es que declare exequible el convenio sobre el cobro de alimentos para que el responsable de inasistencia alimentaria así esté fuera del país cumpla con sus obligaciones. Según cifras de la Fiscalía, en 2021 se impusieron más de 41.000 denuncias por este delito.Puede ver:
La Federación Nacional de Avicultores de Colombia, Fenavi, lanzó una dura advertencia a los ciudadanos y al Gobierno por los bloqueos que se han registrado en los últimos días en varias vías de Santander. El pollo y huevo aumentarían de precio por posible desabastecimiento.Según la directora de Fenavi Santander, Martha Ruth Velásquez, los bloqueos han impedido el paso de camiones cargados con pollos y huevos que no han podido ser comercializados.“El sector avícola está gravemente afectado por los bloqueos que hubo en Curos, en Colorados, ahora en La Lizama. En realidad ya no es el tema de una protesta, quienes la hacen están en su derecho, pero prácticamente los vehículos están allí secuestrados desde hace varios días”, indicó la directora de Fenavi Santander.Adicionalmente, advirtió que la seguridad alimentaria del país se ve afectada por los bloqueos.“Santander es una tierra avícola por excelencia. Más del 70% de la producción de huevo y pollo sale a atender las necesidades del resto del país y de los santandereanos, la situación se viene agravando”, agregó Martha Ruth Velásquez.Por ahora el paro continúa, mientras no se logra un acuerdo entre los manifestantes y el Gobierno Nacional.En la zona, miles de pasajeros están varados desde el pasado lunes y cientos de vehículos no pueden llegar a sus destinos por los bloqueos.
La fuerte demanda carcelaria del país ha llevado a que el Ministerio de Justicia en compañía del Gobierno nacional busque alternativas para cumplir delitos que no impliquen aumentar los presos en Colombia. Una de estas es el tema de las inasistencia por cuota alimentaria que se busca sacar del código penal.Cabe recordar que Colombia es el país de Latinoamérica con más madres solteras, por lo que la noticia no ha caído bien en diferentes sectores de la población que esperan recibir este apoyo económico de padres que no cumplieron con sus labores de progenitores.“Colombia está obligada a prevenir y erradicar la violencia contra la mujer, una de las más graves que se constituye en violencia de entregarle el cuidado de menores y adultos mayores a ellas, lo cual, el país está obligada a corregir con desarrollo sostenible para el 2030 (…) Adaptar medidas aisladas no solucionan los problemas y todo corresponde a los imaginarios de la sumisión que hay sobre la mujer”, criticó la exmagistrada Stella Conto en Mañanas Blu, cuando Colombia está al aire.Conto consideró que se debe abordar el problema por completo y el error nace desde las políticas publicas que combatan la violencia de la mujer; según ella, es entendible que la demanda sea un problema y que sea una solución lógica, pero, realmente para que no hay sobredemanda por este tema se debe trabajar en otras materias y no solo en materia legal.“Si convertimos la inasistencia alimentaria solo como una deuda civil nunca existirá una solución, pues en Colombia no hay pena por esto y no existiría la alternativa (…) El problema es integral y no lo estamos asumiendo, las cuotas que se están señalando son supremamente bajas. Las mujeres tienen que confirmarse con lo que el juez da; ni del punto de vista civil y penal, el tema se está solucionando”, añadió.Sin embargo, no solo los hombres incumplen con las cuotas alimentarias, pues hay mujeres que también son irresponsables en esta materia, aunque según Conto, se debe a un tema de discriminación en sus trabajos a la hora de buscar ingresos.
Ya se cumplen cuatro días de bloqueos en la vía que conduce a Buenaventura, una situación que podría terminar con una disparada de los precios de algunos alimentos que se transportan por ese importante corredor, el cual representa el 40 % de comercio de Colombia, según indicó Javier Díaz, presidente de la Asociación Nacional de Exportadores (Analdex).“Se empieza a sentir las perdidas y costos de esta situación. Por aquí se movilizan diariamente 50.000 toneladas de carga, tanto de importación como de exportación de café o azúcar que salen por allí (…)”, aseveró en diálogo con Mañanas Blu.En ese sentido, recalcó que Buenaventura representa el 40 % de comercio de Colombia, desde importaciones de materia prima hasta exportaciones de productos, por lo que un represamiento por bloqueos podría impactar directamente en la subida de precios de la canasta familiar.Según dijo, el incremento podría ser para huevos, pollo carne, algunos granos y otros productos básicos. Por eso, hizo un llamado al Gobierno para encontrar una alternativa o solución y evitar el golpe en el bolsillo de los colombianos.“Vamos a repetir una lección que debería estar aprendida. Las importaciones de maíz amarillo, que se usa para producir concentrados para los pollos, los huevos, carne de cerdo, también el frijol, garbanzo, lenteja, trigo; si no se puede mover se van a impactar los precios”, insistió Díaz.Comunidades afro e indígenas permanecen en los puntos de concentración a la espera de respuestas y soluciones por parte del Gobierno nacional, por las emergencias que los afectan año tras año por cuenta de la ola invernal. Dicen, que como gesto de buena voluntad, abren el corredor hasta las 9:00 de la mañana de este jueves, 24 de noviembre.Escuche la entrevista completa en Mañanas Blu:
Una aguda polémica generó en el país la propuesta del ministro de Justicia, Wilson Ruiz, para asumir el pago de la cuota alimentaria de los padres irresponsables condenados por inasistencia.En entrevista con Mañanas BLU, el funcionario aseguró que actualmente el mantenimiento de un reo cuesta cerca de 2.400.000 por mes y que el costo de la cuota alimentaria es inferior a esa suma.Ruiz aseguró que la medida tendrá un beneficio económico por el ahorro, al mismo tiempo que permitiría reducir el hacinamiento carcelario.“Suena un poquito redundante y feo, pero es preferible que un Estado como el nuestro se encargue de sufragar una cuota alimentaria que nos saldría en la quinta o sexta parte de lo que nos cuesta un interno de esto”, sostuvo.“Son ideas no más que tenemos. Simplemente es una propuesta que se está madurando”, añadió el funcionario.Escuche al ministro de Justicia en entrevista con Mañanas BLU:
El ministro de Justicia, Wilson Ruiz, propuso que el Estado asuma la cuota alimentaria de los condenados por este delito, porque es más barato tener al condenado en la calle trabajando y no en la cárcel.Durante su intervención en el foro de Asocapitales, en el que participaron alcaldes y expertos en política penitenciaria, el Ruiz hizo la propuesta, ante el elevado número de condenados por inasistencia alimentaria y el costo que representa para el Estado mantener a un condenado, que es tres veces superior al valor de la cuota alimentaria que se impone por un juez para asumir la responsabilidad con sus hijos.El ministro dijo que con esta propuesta y la creación de centros temporales de reclusión para delitos menores se logrará una importante reducción en el hacinamiento carcelario.El Gobierno también anunció que próximamente saldrá el decreto de las manillas electrónicas que busca que las personas privadas de la libertad que cumplan con los requisitos que exige la ley se puedan beneficiar con detención domiciliaria.El alcalde de Medellín, Daniel Quintero, lanzó un urgente llamado al Gobierno porque esa ciudad afronta un hacinamiento sin precedentes en estaciones de policía y Unidades de Reacción Inmediata.“La capital de Antioquia sufre un hacinamiento en estaciones de policía y unidades de reacción inmediata del 362 por ciento, es una crisis social sin precedentes que afecta la seguridad de la ciudad”, anotó.Por su parte, el abogado Francisco Bernate, representante del Colegio de Abogados Penalistas, sostuvo que se debe fortalecer la defensoría pública y nombrar más abogados porque hay solo 120 defensores públicos que atienden a por lo menos 3 mil internos, lo cual afecta sus derechos.El abogado Camilo Burbano, experto en derecho penal, llamó la atención que hay casos de personas preventivamente detenidas acusadas por delitos como terrorismo y narcotráfico en estaciones de policía y, en tal sentido, hay un vacío legislativo sobre si deberían asumir la custodia de estas personas el gobierno nacional o el municipal o el departamental y para ello urgió fortalecer el presupuesto, porque no es lo mismo que estos casos se presenten en ciudades principales que manejan mayores presupuestos.Finalmente, el alcalde de Tunja, Alejandro Fúneme, coincidió con el alcalde de Montería, Carlos Ordosgoitia, en que hay que vincular a las gobernaciones para que hagan convenios presupuestales que les permitan a los municipios sostener a la población de personas privadas de la libertad, porque con los recursos actuales no alcanza.
Las fuertes y más recientes lluvias han dejado graves emergencias en el Cesar, donde más de un kilómetro de la vía que comunica a los municipios de La Gloria y La Mata se encuentra totalmente inundado producto del desbordamiento del río San Alberto.En videos aficionados compartidos a través de redes sociales, quedó registrado el momento en el que la fuerza del agua rompió una especie de muralla que, tiempo atrás, había sido instalada para evitar emergencias por desbordamientos.“Nos encontramos en el río San Alberto y Caño Oscuro, mire como rompió la muralla, toda esa agua se nos metió”, se escucha en el video.Por otra parte, un fuerte aguacero que se extendió por más de cuatro horas generó graves inundaciones en diferentes zonas de Valledupar, entre las que se encuentran la Terminal de Transportes, la carrera cuarta con el barrio Los Mayales y el sector conocido como Cola de Caballo.Y es que, dada la crisis invernal que se registra desde hace varias semanas en en este departamento, las autoridades mantienen las alertas encendidas por riesgo de avalanchas en por lo menos 11 municipios, seis de ellos bajo alerta roja. Petrona Romero, directora de la Oficina de Gestión del Riesgo del Cesar, confirmó que en el departamento sigue activa la Sala de Crisis (PMU) y los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo por emergencias.“Desde el pasado viernes se activó la Sala de Crisis, que es como un PMU, contando con la participación de las autoridades locales, departamentales y militares. Desde ese día mantenemos también los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo activos bajo coordinación permanente por las emergencias”, manifestó Romero.Además, en el río Cesar tuvo que ser declarada la alerta roja ante el riesgo por posibles desbordamientos, lo que también mantiene bajo especial atención al río Guatapurí que, a su vez, ha generado alertas en los asentamientos Nueve de Marzo, San Juan, Pescaito, Zapato en Mano, entre otros.
Un juzgado especializado condenó este viernes a Edwin Raúl Murcia Rodríguez y Kevin Sebastián Hernández Socha por el delito de terrorismo agravado, tras comprobarse su responsabilidad en el ataque al CAI del barrio La Aurora, sur de Bogotá, durante el estallido social, la noche del 4 de mayo de 2021. En el lugar se encontraban refugiados 15 policías y los agresores emplearon piedras, palos y bombas incendiarias para llevar a cabo el ataque.La sentencia se basó en pruebas contundentes presentadas durante el juicio. Los videos de las cámaras de seguridad, el reconocimiento fotográfico y los testimonios de las víctimas señalaron a Murcia Rodríguez y Hernández Socha como los responsables del ataque. Además, se encontró que los artefactos explosivos incautados en la vivienda de Murcia Rodríguez coincidían con las sustancias empleadas contra las instalaciones policiales.El juez desestimó las pruebas presentadas por la defensa y las calificó de inconsistentes y, contradictorias. En su fallo, afirmó que quedó demostrado “más allá de toda duda razonable” que los acusados actuaron con dolo y que las conductas punibles fueron ejecutadas con premeditación y violencia.El Ministerio Público también respaldó la condena. El procurador enfatizó que no se trató de una protesta social, como argumentaba la defensa, sino de un acto deliberado de terrorismo destinado a intimidar y generar temor. “Se comprobó la materialidad de las conductas y la responsabilidad penal de los procesados”, afirmó, añadiendo que el allanamiento realizado en la vivienda de Murcia Rodríguez cumplió con todos los protocolos legales.
La Superintendencia Nacional de Salud encabezada por Giovanni Rubiano, ha decidido adelantar la toma de posesión de la EPS Coosalud en Cartagena tras ordenar su intervención forzosa para la administración. Esta medida se fundamenta en una serie de hallazgos que según la entidad evidencian serias falencias, esta EPS tiene a más de 3.3 millones de afiliados.La intervención llega en el momento en el que Coosalud se encuentra dentro de las cuatro EPS que están siendo investigadas por la Fiscalía General de la Nación, a raíz de las denuncias presentadas por Luis Carlos Leal, el anterior superintendente por presunta corrupción.En un contexto de grandes reformas al sistema de salud, el presidente Gustavo Petro había declarado con firmeza durante la posesión de Giovanni Rubiano como nuevo superintendente, que la vigilancia de las EPS es una de las tareas cruciales en el marco de la reforma al sector. "Antes de la aprobación del proyecto de reforma a la salud, la Superintendencia debe vigilar las EPS" había dicho el mandatarioY es que recordemos que durante esta posesión el mandatario solicitó a la Fiscalía General de la Nación investigar a fondo nuevas denuncias sobre corrupción en EPS. Al respecto, se refirió a la EPS Coosalud "Esta EPS no responde a las intervenidas, hoy por hoy es privada, aunque en mi opinión debería ser intervenida", señaló PetroLa intervención de Coosalud es la octava de este tipo y es la primera intervención ordenada por Rubiano desde su nombramiento. Durante la intervención el superintendente posiciono como agente interventor a Mauricio Camaro Fuentes. Coosalud es una de las EPS más grandes del país, ocupando la quinta posición en número de afiliados, con un total de 3.369.583 personas cubiertas bajo su servicio.
Un accidente de tránsito dejó tres personas lesionadas, dos de ellas de consideración grave, en un choque múltiple que involucró tres motocicletas y un bus. El incidente ocurrió en el kilómetro 14+180 de la vía Medellín-Bogotá, en el sector conocido como Peñolsito.De acuerdo con las primeras versiones y un video difundido en redes sociales, el accidente se presentó en condiciones de baja visibilidad debido a la niebla. En el siguiente video se observa cómo un bus se detiene en la vía, momento en el que uno de los motociclistas no logra frenar a tiempo y choca contra la parte trasera del vehículo. Tras el impacto, el motociclista cae sobre la calzada, provocando que las otras dos motocicletas que venían detrás también se estrellaran y terminaran en el suelo.Las autoridades de tránsito acudieron rápidamente al lugar para atender la emergencia y coordinar el traslado de los heridos a centros asistenciales cercanos. Se informó que dos de los lesionados presentan heridas de consideración y están bajo observación médica, mientras que el tercero sufrió lesiones menores.El tráfico en el sector se vio afectado durante varias horas mientras se realizaban las labores de atención y limpieza de la vía. Las autoridades hicieron un llamado a los conductores para extremar las precauciones, especialmente en condiciones de baja visibilidad, y recordaron la importancia de mantener distancias seguras y respetar los límites de velocidad para evitar este tipo de accidentes.
La Sección de Apelación de la JEP decidió declarar improcedente la solicitud de nulidad que presentó el general en retiro Mario Montoya Uribe, excomandante del Ejército, quien fue imputado por su responsabilidad en casos de falsos positivos que se registraron en Antioquia mientras él comandó la Brigada Cuarta.“La Subsala consideró que tenía bases suficientes para señalar, entre otros, al compareciente MONTOYA URIBE como máximo responsable en calidad de autor por crímenes de guerra de homicidio en persona protegida y desaparición forzada y los crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada, en su calidad de comandante de la Brigada IV del Ejército Nacional, dada su posición de garante por competencia institucional y en atención al ejercicio de tal calidad en la configuración de los patrones macrocriminales analizados por la SRVR en el ADHC”, explicó la JEP.Montoya pidió anular dicha imputación y en una primera medida esa solicitud fue negada, por lo que su abogado volvió a apelar.“Mediante escritos del 17 y 24 de mayo de 2024, el representante judicial del compareciente interpuso de forma oportuna el recurso de apelación contra el auto 024 del 6 de mayo de 202445. Fundamentó su inconformidad en cuatro ejes temáticos: (i) Sobre la imputación como autor por instigación a título de dolo, cuestionó la decisión de la SRVR pues en su criterio los títulos de “autor” e “Instigador” usados por la Sala de justicia implican una mixtura de figuras legales, en tanto el primer vocablo alude al dominio del hecho y el segundo no. Situación que resulta confusa, incoherente e incomprensible para el compareciente y deviene en un vicio del consentimiento de cara a una posible aceptación46. (ii) La falta de enunciación de los hechos” explica la JEP.La defensa aseguraba que algunos hechos imputados se encuentran fuera del rango temporal en el que Montoya ejerció la comandancia en dicha Brigada y que habría violaciones a los derechos en el proceso.“ninguno de los disensos que elevó el representante judicial del señor MONTOYA URIBE configura una violación a sus garantías y derechos fundamentales, pues de lo conocido por la SA en el trámite, no es posible acreditar los principios, reglas y subreglas que regulan las nulidades ante la JEP. Por un lado, esta Sección referirá que lo alegado respecto al ADHC son aspectos sustanciales que no pueden ser objeto de nulidad pues hacen parte de la esfera valorativa de la SRVR, lo que deviene inevitablemente en una improcedencia de la solicitud de nulidad respecto a la controversia tanto en la imputación realizada por la Sala de Justicia como por la forma en que relacionó los hechos jurídicamente relevantes en el ADHC. Luego de analizar los argumentos de disenso, el a quo consideró que el procedimiento dialógico adelantado cumplió con las garantías procesales que le asisten al compareciente y que, contrario a lo sostenido por el recurrente, no hubo afectación de los derechos fundamentales al debido proceso. Como quedó reseñado, en la solicitud de nulidad se realizó una amplia serie de reproches, por lo que cabe aclarar que la SA sólo se ocupará de verificar el cumplimiento de los requisitos para la procedibilidad de los cargos de nulidad, en los que se insiste en la vulneración de garantías procesales por la indebida valoración de ciertos elementos materiales probatorios y por otra parte, debido a la ausencia de traslado de algunas versiones voluntarias que lo incriminan”, resolvió la JEP.Ante esta situación la Sección de Apelación declaró desierta la solicitud de Montoya.“REVOCAR el numeral CUARTO del auto SUB-D SUBCASO ANTIOQUIA- 024 del 6 de mayo de 2024 y en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad presentada por el representante judicial del compareciente señor Mario MONTOYA URIBE, frente a los cargos de formulación de imputación, determinación de los hechos y conductas y valoración probatoria, por las razones anotadas en la parte motiva de este proveído.Segundo.- DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por el abogado del compareciente MONTOYA URIBE en relación con la vulneración del debido proceso por la ausencia de traslado probatorio deprecado, al no cumplirse por parte del apelante la carga argumentativa conforme lo expuesto en la parte motiva de este proveído.Tercero.- En firme esta providencia, DEVOLVER las diligencias a la Subsala D de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, para lo de su competencia”, dice el auto.De esta manera el general en retiro Mario Montoya deberá enfrentar un juicio adversarial, de ser vencido podría pagar 20 años de prisión.