La Corte Constitucional nombró otros dos conjueces para decidir si el magistrado Juan Carlos Henao será recusado en el debate del aborto. Además, la magistrada Cristina Pardo se declaró impedida para participar de esta recusación.Todavía no se sabrá si el conjuez y exrector de la Universidad Externado será recusado en el debate del aborto porque fueron nombrados otros dos conjueces para definir si podrá participar en este debate, se trata de Ruth Stella Correa y Mauricio Fajardo.Durante la sala plena la magistrada Cristina Parto, quien también fue recusada por unas declaraciones cuando fue secretaría Jurídica de la presidencia de Santos, se declaró impedida para votar en la recusación de Juan Carlos Henao.En la sala plena de la Corte Constitucional primero se tenía que definir si el aborto en Colombia sería despenalizado o no, sin embargo, cuando el magistrado Alejandro Linares se declaró impedido en esta decisión, hubo un empate con una votación 4-4 que dejó estancada la votación.Le puede interesar. Escuche El Mundo Hoy:
La Corporación Sisma Mujer, que pide despenalizar el aborto en el país, interpuso una nueva petición en este debate en la Corte Constitucional, esta vez, contra la magistrada Cristina Pardo por considerar que tiene “un interés directo en la decisión”. Según explicó Linda Cabrera, directora de la corporación, la razón principal por la que recusaron es por la “objeción de conciencia” de Pardo.La petición sugiere recusar a la magistrada porque, al parecer, cuando fue secretaría jurídica de la Presidencia de Juan Manuel Santos, pidió excusas alegando “objeción de conciencia”, es decir, no pronunciarse en la revisión de constitucionalidad.“Ella se declaró objetora de conciencia en un escrito presentado ante el expresidente Santos, en el marco de la aprobación de la que ya es ley, la 17-19 de 2014, que reconoce los derechos de las víctimas de violencia social en el país”, dijo en Mañanas BLU.Por lo que, según señaló Cabrera, “es claro que la magistrada tiene una decisión tomada en relación con el aborto” y “ni siquiera las tres causales que están ya aceptadas por la Corte Constitucional son aceptada por ella”.Comentó que, en su momento, la magistrada Pardo alegó que no podía cumplir con sus competencias jurídicas y legales, por lo que pidió que se designara a un “secretario ad hoc para para llevar ese estudio de constitucionalidad del entonces proyecto de ley”.“Porque a diferencia de lo que ha dicho en otros medios, no compartía la sentencia 3-55 en la que se refieren a esa ley 17-19. No podía decidir en la norma, entonces que le aceptaran la objeción”, añadió la directora de Sisma Mujer.Aclaró que esta recusación la presentaron hasta ahora, a pesar del largo debate por la despenalización del aborto, porque conocieron hace poco la solicitud que hizo Pardo en ese momento.
Este miércoles, el debate sobre el aborto vuelve a estar en la sala plena de la Corte Constitucional; se reanuda la discusión acerca de si se debe despenalizar o no en Colombia. Sin embargo, primero la corte tendrá que resolver más de 45 recusaciones que llegaron en contra del conjuez Juan Carlos Henao y, ahora, un nuevo recurso interpuesto por Sisma Mujer, una corporación que pide despenalizar el aborto en el país, en contra de la magistrada Cristina Pardo.La petición sugiere recusar a la magistrada porque, al parecer, cuando fue secretaría jurídica de la Presidencia de Juan Manuel Santos, pidió excusas alegando “objeción de conciencia”, es decir, no pronunciarse en la revisión de constitucionalidad, que debía realizar previa sanción presidencial, del proyecto de ley que adoptaba medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual.Haciendo referencia a asuntos relacionados con el derecho al aborto, reconocidos en la sentencia C-355 de 2006, que despenaliza el aborto en tres causales y frente a los cuales la doctora Cristina Pardo tenía reparos “éticos jurídicos”, que le impedían realizar sus funciones legales como secretaria jurídica de Presidencia.En la petición, Sisma Mujer cita a la corte cuando se refiere a que un “magistrado de la corte o el procurador tiene interés en la decisión, cuando puede sospecharse razonablemente que existe en él un ánimo tan fuerte que podría entrar en conflicto con su interés de examinar con neutralidad el asunto y, de respetar las razones del derecho, en definitiva, cualquiera que sea el sentido de estas últimas”. Por lo que pide recusar a la magistrada Pardo.Le puede interesar: Ser campeón viene con manual
Las magistradas de la Corte Constitucional Diana Fajardo y Cristina Pardo, negaron mediante un comunicado que recibieron llamadas de expresidentes antes de tomar la determinación en la que apoyaron que se negara la tutela al expresidente Álvaro Uribe con la que pretendía que se anulara su proceso que se adelanta por falsos testigos contra el senador Iván Cepeda.Las dos magistradas, en el escrito, desmintieron las afirmaciones del magistrado ponente de este caso, Alejandro Linares, quien aseguró en varios medios de comunicación que los expresidentes Álvaro Uribe y Cesar Gaviria, habían llamado a algunos de sus colegas antes de tomar la determinación.“Todas las decisiones que han tomado como magistradas de la Corte Constitucional durante su periodo constitucional, han estado basadas en razones estrictamente jurídicas”, señala el comunicado.Así mismo, las magistradas señalan en su comunicado que los argumentos que tuvieron ya fueron publicados en el comunicado 42 del expediente T - 8170363.Conozca más noticias de Colombia y el mundo:
La Corte Constitucional declaró inconstitucional una norma contenida en la reforma al reglamento del Congreso que consagraba que no constituía falta disciplinaria ni representaba conflicto de interés el hecho de que los congresistas votaran proyectos de ley que afectan a sus financiadores.La Sala Plena acogió de manera unánime la ponencia de la magistrada Cristina Pardo, que eliminó una disposición contenida en la ley 2003 de 2019, mediante la cual señala que no incurrirían en conflicto de intereses. Los congresistas que votaran o conocieran proyectos de ley "que tratan sobre los sectores económicos de quienes fueron financiadores de su campaña siempre y cuando no genere beneficio particular, directo y actual para el congresista”.Para la Corte, tal determinación no contribuye con las obligaciones y principios de transparencia que deben tener los legisladores ante la comunidad, en relación con quienes intervienen en la financiación de sus campañas.Para el alto tribunal, de mantenerse esta disposición, constituiría una autorización para participar en la aprobación de proyectos normativos, incluso, cuando dicho conflicto se presenta, lo cual se traduce en un abierto interés de parte y parte (de quien financia y del favorecido).
Tras el fallo de la Corte Constitucional, que declaró inconstitucional la posibilidad de aplicar la pena perpetua para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes en Colombia, el presidente Iván Duque criticó nuevamente la decisión.“Cuantos garavitos más se necesitan? ¿Qué pensaran los papás de Yuliana Zamboni, de tantos niños que han sido abusados? ¿Qué pensaran también tantos niños que se demoraron años en denunciar estos abusos? La batalla continua y seguiremos buscando el fervor del pueblo colombiano en esa tarea”, dijo el presidente.El primer mandatario dijo que los fallos se acatan, pero las fallas se corrigen.“Aquí no podemos claudicar en favor de los violadores y de los asesinos de menores, hay unos que dicen que es populista: mentiras, miren en la gran mayoría de países de europeos existe severidad”, añadió.El presidente también criticó a quienes consideran que la cadena perpetua es populismo punitivo, como lo expresó en Mañanas BLU la magistrada ponente Cristina Pardo.“¿Populista? Populista la impunidad que en Colombia han buscado para los que han cometido delitos atroces, que tratan de escudarlos con todo tipo de perfumes de carácter político. Sería injusto decir que esto es una causa de Iván Duque, no esto es una causa de millones de familias, de millones de colombianos”, aclaró.La ponencia de la Corte Constitucional fue aprobada con los votos positivos de Pardo, José Fernando Reyes, Alberto Rojas, Alejandro Linares, Diana Fajado y Jorge Ibáñez. Mientras que en contra votaron los magistrados Antonio José Lizarazo, Paola Meneses y Gloria Ortiz.“El Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución, pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución”, dice el documento reservado, ahora avalado por el alto tribunal.Entérese de los hechos y noticias del momento en Colombia y el mundo:
Con una votación de 6 – 3, la Corte Constitucional tumbó la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes en Colombia. Los magistrados apoyaron la ponencia presentada por Cristina Pardo, quien considera que esta pena viola los principios de la dignidad humana.En diálogo con Mañanas BLU, la magistrada Pardo explicó: “La Corte estima que la cadena perpetua no respeta valores de nuestra constitución, de manera que no puede optarse. Sustituye nuestra constitución por otra. La cadena perpetua atenta contra la dignidad humana porque aparta a la persona de la sociedad. Era una pena cruel y degradante”.Según la magistrada, la cadena perpetua no garantiza la protección de los menores a los abusos y, por el contrario, los expone a otros peligros, como asesinatos. “La Corte consideró que no había ninguna evidencia que demostrara que la cadena perpetua iba a servir de protección a niños víctimas de esta conducta. (…) Una pena como esta expone a más peligros a los niños”, añadió.La magistrada Pardo también indicó que los estudios evaluados por la Corte Constitucional muestran que la mayoría de estos delitos se comenten en el ámbito familiar y “entre más graves y severas sean las penas, es mucho más difícil que las familias denuncien”.“Hay políticas públicas, distintas a la cadena perpetua, que pueden implementarse y fortalecerse para proteger a los niños. (…) Todo ser humano tiene derecho a la resocialización, a reinsertarse en la sociedad y a corregir su conducta”, agregó Pardo.Escuche la entrevista completa aquí:Entérese de los hechos y noticias del momento en Colombia y el mundo:
La Sala Plena de la Corte Constitucional evaluará en los próximos días una ponencia de la magistrada Cristina Pardo que pide declarar la inexequibilidad del acto legislativo que reglamenta la cadena perpetua para violadores de niños, por considerar que se viola el principio de dignidad humana.En un documento reservado de 150 páginas, la magistrada expone que el Congreso no podía hacer este trámite y aprobar esta reglamentación, puesto que se viola el principio de la dignidad humana. “El Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución, pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución”, menciona un aparte del documento.Esta ponencia se da por varias demandas que se interpusieron ante el alto tribunal por considerar que no es constitucional la aprobación de este acto legislativo, puesto que no se puede garantizar la dignidad humana de los condenados, según explica la magistrada, “resaltaron que todos los efectos negativos son más graves en circunstancias de hacinamiento como las que se presentan en el sistema carcelario colombiano, en razón a la falta de servicios de salud, alimentación, entre otros, que no se garantizan de forma plena. La ausencia de estas condiciones mínimas de subsistencia digna en un centro carcelario, además de estar sometido a un encierro perpetuo, puede configurar en un trato inhumano, cruel y degradante, prohibido por el artículo 12 de la Constitución”.Por otra parte, la magistrada Pardo asegura que dentro de la decisión que se tomó en la Sala Plena, cuando se declaró constitucional este acto legislativo, al interior hubo divisiones en donde se mencionó que esta no era una forma idónea para la resocialización: “La Sala Plena observó que la pena de prisión perpetua revisable incluida en el artículo 34 de la Constitución no es una medida idónea para asegurar la protección de los niños, niñas y adolescentes víctimas de los delitos que regula; y en contraste, genera efectos tan graves a la dignidad humana de la persona condenada y al sistema penitenciario actual, que no es una medida proporcional ni efectiva”.Se espera que en los próximos días, esta ponencia entre en el orden del día para que la Sala Plena de la Corte Constitucional evalúe si acoge o no este documento, que de ser aprobado, tumbaría la reglamentación sobre la cadena perpetua para violadores de niños.
La Sala Plena de la Corte Constitucional negó la recusación presentada por la candidata presidencial Martha Lucia Ramírez en la que pedía que los magistrados Cristina Pardo y Antonio José Lizarazo se apartaran del estudio del Acto Legislativo N. 2 de 2017 en el que se define el blindaje jurídico para los acuerdos de paz. Con una votación de 5 votos a favor y 3 en contra, el pleno de la Corte decidió que no se contaban con los argumentos suficientes para aceptar esta recusación. Lea también: Corte Constitucional avala pago de dos millones de pesos a desmovilizados Farc Sin embargo, el caso del magistrado Lizarazo, será estudiado en la próxima Sala Plena de este alto tribunal, que se llevará a cabo la otra semana. El propósito de este acto legislativo, que será estudiado por la Corte Constitucional, es "dar estabilidad y seguridad jurídica al acuerdo final para la terminación del conflicto", que fue firmado el 11 de mayo de este año. Finalmente, cabe resaltar que en esta decisión ya podría hacer su participación el nuevo magistrado José Fernando Reyes Cuartas.
La secretaria jurídica de la Presidencia, Cristina Pardo, renunció para aspirar a la terna presidencial al cargo de magistrado de la Corte Constitucional. Hace unas semanas Pardo había presentado un impedimento ante el secretario general de la Presidencia de la República al existir un conflicto de intereses en la participación de la convocatoria. La Presidencia aceptó el impedimento y designó a Juan Francisco Espinoza, asesor de la Secretaría General de la Presidencia de la República, para que intervenga como Secretario Jurídico ad-hoc en el trámite de convocatoria para la conformación de las ternas presidenciales.
El Gobierno nacional anunció su intención de renegociar cláusulas específicas en algunos tratados internacionales que afectan las inversiones extranjeras en el país. Esta decisión, según lo explicado por el ministro de Industria y Comercio, Luis Carlos Reyes, busca reafirmar la soberanía nacional y evitar que controversias entre empresas y el Estado sean dirimidas por tribunales internacionales de arbitraje, considerados por el Gobierno como desfavorables para los intereses nacionales.En una entrevista con Mañanas Blu con Néstor Morales, el ministro Reyes señaló que esta iniciativa no pretende desincentivar la inversión extranjera, sino establecer condiciones más equilibradas para todas las partes. “Lo que estamos haciendo es renegociar unos cuantos artículos en algunos tratados. Esto se puede lograr sin afectar las posibilidades de inversión en Colombia”, afirmó.El ministro destacó que muchos acuerdos bilaterales de inversión firmados por el país en el pasado otorgaron “prerrogativas muy importantes” a las empresas extranjeras, lo cual podría generar desventajas para Colombia. Retirar a Colombia del CIADIEl ministro Luis Carlos Reyes explicó que la decisión de retirar a Colombia del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) está en evaluación, en línea con la directriz del presidente Petro de renegociar las cláusulas desfavorables en tratados internacionales.“Cuando se toma la decisión de salir de alguno de estos tribunales, las decisiones, los casos que están ante ellos no son retroactivos. […] Uno puede hacer un balance de la imparcialidad y la conveniencia a futuro de estar ante un tribunal. Si, eso es, y eso es lo que queremos hacer”, dijo.En cuanto a las alternativas para resolver disputas entre empresas extranjeras y el Estado colombiano, el ministro planteó que estas podrían dirimirse en tribunales nacionales, siguiendo ejemplos como el de Estados Unidos y la Unión Europea. “Entre EE.UU. y la Unión Europea, las disputas se resuelven en las cortes de cada país, respetando su soberanía. Aquí también podemos adoptar un modelo similar sin afectar la inversión extranjera”, aseguró.De acuerdo con Reyes, muchos países ya invierten en Colombia sin depender de mecanismos como el CIADI, lo que demuestra que es posible atraer capital bajo otras condiciones. “Queremos que las inversiones lleguen, pero en términos que respeten la justicia soberana y sean equitativos para todas las partes”, concluyó.Críticas a los tribunales de arbitraje internacionalesEl fallo reciente del CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones) en contra de Colombia por $380 millones a favor de la empresa española Telefónica fue uno de los detonantes de esta revisión. El presidente Petro calificó estos tribunales como “una justicia al servicio del socio”, en referencia a cómo algunas decisiones parecen favorecer sistemáticamente al capital extranjero.El ministro Reyes respaldó esta posición al subrayar que “la justicia debe estar en manos de los estados soberanos, no en las de tribunales privados. Una justicia que favorezca sistemáticamente al capital por encima de los intereses nacionales no puede ser considerada justa”.Sin embargo, el ministro también admitió que el problema no se limita al caso puntual de Telefónica ni al CIADI, sino a un análisis más amplio sobre la imparcialidad de estos mecanismos internacionales: “Es un balance general. No es por un fallo específico, sino porque creemos que estas instancias no siempre favorecen las condiciones óptimas para el país”.Impacto en la inversión extranjeraUno de los argumentos recurrentes contra la salida de Colombia de los tribunales de arbitraje internacionales es el posible desincentivo a la inversión extranjera. Ante esto, Reyes insistió en que no todos los países dependen de estos mecanismos para atraer capital. Citó como ejemplo la relación comercial con la Unión Europea, donde no existen cláusulas específicas de arbitraje en el tratado de libre comercio.“El hecho de que no contemos con estos tribunales no significa que la inversión extranjera desaparezca. Muchos países invierten en Colombia sin depender de ellos. Lo que queremos es establecer un modelo más justo y transparente”, argumentó.Además, el ministro adelantó que el gobierno ya está explorando opciones para sustituir estos mecanismos en caso de avanzar con la retirada. “Hay todo un rango de posibilidades. Las disputas podrían resolverse en los tribunales nacionales, como sucede en otras naciones”, señaló.¿Renegociar los TLC?Reyes reconoció que renegociar cláusulas en tratados internacionales no es un proceso sencillo y que requiere el consenso de las partes involucradas. Sin embargo, expresó optimismo sobre la posibilidad de dialogar con socios comerciales clave, incluyendo a Estados Unidos.“Creo que incluso con gobiernos como el de Donald Trump se pueden encontrar puntos de coincidencia. Muchos tratados firmados en los años 90 no están en condiciones óptimas ni para nosotros ni para ellos. Podría ser una oportunidad para revisar estos acuerdos en beneficio mutuo”, indicó.El ministro concluyó reiterando el compromiso del gobierno con la justicia y la soberanía nacional. Según Reyes, esta revisión no se basa únicamente en un fallo adverso, sino en la necesidad de establecer relaciones más justas en un escenario global. “No es cierto que tengamos que aceptar cualquier condición para atraer inversión. Queremos inversión, pero bajo términos que sean justos para todos”, puntualizó.La iniciativa marca un nuevo capítulo en la política económica y comercial de Colombia, donde la búsqueda de equilibrios entre inversión extranjera y soberanía nacional será el eje central.
Momentos de pánico vivieron habitantes del barrio Viento Libre, en el municipio de Santa Bárbara de Iscuandé, en Nariño, luego de que un voraz incendio arrasara con al menos 27 viviendas del sector.Ómar Fernández, comandante del Cuerpo de Bomberos de esa población nariñense, dijo a Blu Radio que, de acuerdo con las primeras investigaciones, la conflagración se habría originado luego de que una menor de edad encendiera una veladora.Fernández añadió que, al parecer, el descuido de la menor produjo que las llamas se propagaran por las viviendas, todas construidas en madera, lo que impidió que la comunidad y los bomberos lograran extinguirlas a tiempo.Según el reporte del funcionario, las 27 familias, entre las cuales hay niños y personas de la tercera edad, son desplazados de la violencia que habían llegado a esa población de la subregión del Sanquianga, en busca de una mejor calidad de vida.Durante la emergencia no se registraron personas heridas ni víctimas humanas que lamentar, aseguró Fernández, añadiendo que la oportuna reacción de la comunidad, que logró evacuar las viviendas, evitó una tragedia en la zona, aunque las familias quedaron en la calle con solo la muda de ropa que llevaban puesta."Estas familias necesitan ropa, alimentos, frazadas y utensilios de cocina porque quedaron sin nada", concluyó el comandante de bomberos de Iscuandé.Así fue el incendio en Iscuandé, Nariño
El nuevo misil balístico ruso Oréshnik (Avellano) con el que Rusia atacó el jueves territorio ucraniano es uno de los últimos ejemplos del armamento hipersónico de nueva generación desarrollado por la industria militar rusa.Ni las autoridades ni la prensa había informado nunca antes sobre la existencia del Oréshnik, capaz de burlar cualquier escudo antimisiles occidental, según el presidente ruso, Vladímir Putin.En su mensaje a la nación, Putin destacó que la velocidad que alcanza el nuevo misil es de "Mach 10" o "2,5-3 kilómetros por segundo", lo que le convierte en indetectable para las defensas antiaéreas enemigas.El Oréshnik forma parte de los sistemas de armamento "sin parangón en el mundo" presentados en sociedad por Putin en 2018, en lo que muchos llamaron la nueva Guerra de las Galaxias entre Rusia y la OTAN.Los expertos rusos, que recuerdan que el Oréshnik puede portar ojivas nucleares, apuntan que el misil tiene un mínimo de seis cabezas de guiado individual.El misil, de alcance medio, podría teóricamente golpear objetivos situados a incluso miles de kilómetros de distancia con un margen de error de apenas unas pocas decenas de metros.Putin justificó el lanzamiento "de prueba" -como lo definió-, aduciendo que Estados Unidos planea el despliegue de misiles de corto y medio alcance en territorio de Europa y la región de Asia Pacífico.Recordó que Estados Unidos cometió un error cuando decidió abandonar de manera unilateral en 2019 el tratado para la eliminación de misiles de corto y medio alcance.Además, advirtió que "en caso de escalada" Rusia responderá de manera "firme" y "simétrica", y acusó a EE.UU. de destruir el sistema internacional de seguridad y de conducir al mundo a un "conflicto global" al intentar por todos los medios mantener su hegemonía.
Durante el evento anual de la Noche de los Mejores, organizado por Fenalco en Santander, el presidente de la Federación Nacional de Comerciantes, Jaime Alberto Cabal, lanzó duras críticas al Gobierno del presidente Gustavo Petro. En su discurso, Cabal abordó varios temas clave que, según él, están afectando negativamente a los colombianos, entre ellos, el Icetex, la situación política en el Congreso, la seguridad y la economía del país.Cabal inició sus declaraciones haciendo énfasis en la difícil situación que enfrentan los jóvenes colombianos para acceder a la educación superior, al mencionar la falta de recursos para becas y préstamos estudiantiles del Icetex. "El año que viene, los jóvenes de Colombia no tendrán los recursos necesarios para seguir estudiando, y esta es solo una muestra de los problemas que estamos viviendo en diversos sectores", comentó el dirigente gremial.En cuanto a la política nacional, Cabal expresó su preocupación por la creciente influencia del gobierno en el Congreso, asegurando que "el Congreso se ajusta cada vez más a los intereses del Gobierno Nacional, donde priman los intereses personales de muchos congresistas, no de todos". Además, alertó sobre los continuos escándalos de corrupción que siguen sin ser resueltos.La seguridad fue otro de los puntos críticos de su discurso. Según Cabal, la violencia y el crimen han aumentado de manera alarmante, especialmente en delitos como la extorsión, que creció un 30% en el primer semestre de 2024 en comparación con el año anterior. También destacó el aumento del secuestro, con una cifra superior al 75 %, y señaló la creciente presencia de grupos armados ilegales como el ELN, las disidencias de las FARC y el Clan del Golfo, que han expandido su control territorial en varias regiones del país. "Estamos perdiendo el control de nuestros territorios ante estos grupos, y el gobierno parece incapaz de detener esta expansión", manifestó Cabal.El líder de Fenalco igualmente se mostró crítico con la estrategia de paz del gobierno, calificando el proceso de "paz total" como un fracaso. A su juicio, la falta de control sobre el narcotráfico y la creciente siembra de cocaína en Colombia son pruebas claras de que la política de paz está fracasando.“El incremento de las hectáreas sembradas en cocaína que superaron más de 300.000 no puede ser de alguna manera derrotadas por la misma orden del presidente de la República que para él es más importante comprar la cosecha de coca que combatir el narcotráfico”, expresó.“Ha habido un proceso direccionado del Gobierno nacional de menguar a nuestra fuerza pública, menguar no solamente la moral sino la capacidad operativa como lo pueden certificar muchos de los representantes de ella a través de la falta de repuestos, de suministro, de equipos para combatir”, agregó.En el ámbito económico, Cabal advirtió que, aunque algunos sectores han mostrado signos de recuperación, la economía nacional sigue siendo frágil."Estamos perdiendo el año económico", dijo, destacando el débil crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) en 2023, que fue de apenas un 0,6%, muy por debajo de las expectativas de crecimiento previas. Si bien algunos sectores como el agropecuario han experimentado cierto dinamismo, otros como la industria, la construcción y el comercio siguen en números negativos. "La caída de la inversión extranjera es alarmante, mientras que los capitales colombianos están saliendo del país", señaló Cabal.Finalmente, el dirigente gremial hizo un llamado a la reflexión y a la acción, afirmando que, si bien las circunstancias actuales son difíciles, es crucial que todos los sectores trabajen unidos para construir un futuro mejor para el país. "No es momento de rendirse, pero sí de reconocer que debemos cambiar el rumbo y apostar por políticas que fomenten la confianza y la inversión en Colombia", concluyó el presidente de Fenalco.
El Gobierno español anunció una reforma en el reglamento de la ley de extranjería que facilitará la regularización de migrantes que residen en el país sin documentos, una medida que podría beneficiar a unas 300.000 personas anualmente durante los próximos tres años. Cuáles son los cambios en la nueva ley de migración de EspañaLa ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, detalló los cambios en la normativa tras la reunión del Consejo de Ministros. Uno de los ajustes más relevantes es la reducción del tiempo necesario de residencia en España para acceder a figuras de arraigo, pasando de tres años a solo dos. Estas figuras incluyen opciones como el arraigo social, sociolaboral, familiar, socioformativo y una nueva categoría denominada “de segunda oportunidad”.Además, la reforma establece que todos los visados tendrán una duración inicial de un año, mientras que las renovaciones tendrán un plazo extendido de cuatro años, lo que busca evitar que los migrantes entren en situaciones de irregularidad una vez obtengan su estatus legal.Facilidades para la reagrupación familiarEntre las novedades, se fortalecen los mecanismos para la reagrupación familiar. La edad límite para que los hijos puedan beneficiarse de este proceso se amplía de 21 a 26 años. También se incluyen a parejas no registradas oficialmente, siempre que puedan demostrar una relación análoga, y a los familiares de víctimas de trata, violencia sexual o de género.Por ejemplo, estas medidas son particularmente relevantes para colombianos que han adquirido la nacionalidad española y desean llevar a sus familiares a ese país.Cambios para estudiantes internacionalesOtro aspecto destacado de la reforma es la flexibilización de las autorizaciones para estudiantes extranjeros. Quienes lleguen a España para realizar estudios tendrán una autorización inicial de estancia que cubrirá todo el período de formación. Además, se establecerá un sistema ágil para que puedan vincularse al mercado laboral tras completar su formación académica.¿Cómo beneficiará esto a España?La reforma responde a necesidades del mercado laboral español, que según organismos internacionales como Naciones Unidas, requiere entre 250.000 y 300.000 trabajadores extranjeros al año para mantener el sistema de bienestar social."España es un país mejor (...) tenía dos opciones: elegir ser un país abierto y próspero o ser un país cerrado y pobre; España hoy es un mejor país", agregó la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.