El 7 de septiembre del año pasado, cuando Colombia celebró la victoria de la selección por la mínima diferencia contra Venezuela por las Eliminatorias de la Copa del Mundo, el excongresista Arturo Char fue capturado en el aeropuerto Ernesto Cortissoz de Barranquilla, un día después de que la Corte Suprema de Justicia emitiera una orden de captura internacional.Unos días más tarde, el magistrado de la Sala de Instrucción del alto tribunal, Francisco Farfán fijó para los días 25 y 26 de septiembre la ampliación de la indagatoria que solicitó la defensa del exsenador, para que declarara en la investigación que avanza en su contra por los delitos de concierto para delinquir y corrupción al sufragante, tras las denuncias que hizo la excongresista Aida Merlano.Pero esta novela tuvo un nuevo capítulo, cuando a principios de noviembre de 2023. La Corte Suprema concedió una licencia al magistrado Farfán, quien en ese momento estaba a cargo del caso Char. Este acontecimiento ocurrió en medio de la controversia generada por presuntas filtraciones de información realizadas por el magistrado durante una investigación contra el clan Gnecco, una de las familias más influyentes en Colombia.Un mes después el alto tribunal decidió por reparto, dejar en manos de la magistrada Cristina Lombana, el caso contra el exsenador Arturo Char, desencadenando de inmediato una serie de críticas. Algunos sectores señalaron que la magistrada previamente había salvado su voto respecto a la medida de aseguramiento intramural del excongresista, y a mediados de diciembre, accedió a la solicitud de la defensa de Char para trasladarlo a un centro de reclusión en su propia ciudad.Así fue como Arturo Char, salió de la cárcel La Picota en Bogotá hasta un batallón en Barranquilla, donde también permanecía recluida la exsenadora Aida Merlano, pero por orden del mismo tribunal se ordenó un nuevo traslado a una cárcel militar en Santa Marta. Allí estuvo detenido hasta el pasado 8 de enero que recobró su libertad.Ese proceso arrancó cuando el abogado Iván Cancino radicó ante un tribunal de esa ciudad en Magdalena, un habeas corpus buscando la libertad de su cliente argumentando que ya se habían vencido los términos y todavía no se había calificado el mérito del proceso.Ese juez en Santa Marta le notificó a toda la Sala de Instrucción de la Corte Suprema la solicitud de libertad, y por eso cualquiera de los magistrados que hace parte de esa sala podría haberse pronunciado frente al habeas corpus. Pero lo que se generó fue una “papa caliente” al interior del alto tribunal con diferentes conceptos sobre el recurso de libertad.Por eso el magistrado Antonio Rueda, se opuso a la libertad de Char, argumentando que el vencimiento de términos no era acertado; mientras que la magistrada Cristina Lombana, ponente del caso contra el exsenador, le dio la razón a la defensa de Char y aseguró que ya había pasado 120 días privado de la libertad y su proceso jurídico no había avanzado.En medio de la división que se generó en la propia Corte Suprema, el juez sexto penal con función de garantías de Santa Marta le concedió la libertad al excongresista Arturo Char, y en las últimas horas salió del Batallón José María Córdoba del Ejército en medio de las serias diferencias en la Sala de Instrucción del alto tribunal frente al caso Char por corrupción al sufragante y concierto para delinquir.Le puede interesar:
La Corte Suprema de Justicia aceptó la recusación que presentó Armando Benedetti contra la magistrada Cristina Lombana en el caso de presunto enriquecimiento ilícito. El alto tribunal decidió que la magistrada no puede llevar ese caso contra el exsenador y ahora la Corte deberá hacer un nuevo reparto de ese proceso.En total, la Sala de Instrucción se pronunció sobre las recusaciones que el exembajador de Colombia en Venezuela presentó en los cinco procesos que lleva en su contra el despacho de la magistrada Cristina Lombana.En el proceso de presunto enriquecimiento ilícito y lavado de activos, relacionado con la compra de un apartamento y unos giros de dinero al exterior, la Sala Especial aceptó la recusación presentada el pasado 15 de agosto debido a que “mientras el proceso estuvo en la Fiscalía (cuando la Corte lo envió, al perder competencia por el fuero que Benedetti tenía como embajador) la magistrada emitió un concepto que sí podría comprometer su criterio e imparcialidad en el caso”.En los otros cuatro procesos que le lleva la Corte Suprema al exembajador, la Sala negó las recusaciones al determinar que no halló mérito sobre una supuesta enemistad grave ni se trata de algo bilateral. Hay que recordar que el caso de enriquecimiento y lavado de activos pasó a la Fiscalía, cuando el alto tribunal perdió competencia por el fuero que tenía de embajador.Le puede interesar "Chao marcas de Gobierno: proyecto de ley busca austeridad en publicad de entidades estatales":