En Colombia, según el Ministerio de Transporte, una multa de tránsito es la sanción económica que debe pagar una persona como consecuencia de cometer una infracción del Código Nacional de Tránsito. Por otro lado, el comparendo es una citación que realiza la autoridad de tránsito al infractor, documento que notifica que se ha cometido una falta y convoca al conductor para que rinda su versión de los hechos ante la entidad competente.El país que suspendió temporalmente las multas de tránsitoEn una decisión que ha llamado la atención tanto dentro como fuera del país, varias ciudades mexicanas han suspendido temporalmente la imposición de multas económicas por infracciones de tránsito. Durante 100 días, localidades como Ecatepec, Tlalnepantla y Cuautitlán Izcalli han decidido prescindir de las sanciones monetarias con el objetivo de combatir un problema persistente: la corrupción y las extorsiones asociadas a 'las mordidas'.¿Qué implica esta medida?Aunque los conductores no estarán obligados a pagar multas durante este periodo, los agentes de tránsito seguirán ejerciendo su labor, emitir amonestaciones verbales, detener vehículos en casos necesarios e incluso ordenar el uso de grúas si se detectan infracciones como estacionarse en zonas prohibidas, no respetar señales de tránsito o conducir mientras se usa el celular. Sin embargo, la eliminación de las multas busca cambiar la dinámica entre conductores y agentes.El problema de las "mordidas"La corrupción en el sistema de tránsito mexicano ha sido un problema recurrente. Según datos recientes, durante los primeros seis meses de 2024 se registraron 5.503 casos de extorsión en el país, aunque se estima que la cifra real es mucho mayor debido a la falta de denuncias.En el Estado de México, donde se ubican las ciudades que implementaron esta medida, el 34 % de las víctimas de extorsión se concentran en esta región.Las "mordidas" son pagos ilegales que los conductores hacen a los agentes de tránsito para evitar multas o sanciones más graves, prácticas que terminan pudriendo el sistema.¿Hasta cuándo suspenderán las multas?El experimento tendrá una duración de tres meses, hasta finales de marzo de 2025, momento en el cual se evaluarán los resultados. Las autoridades buscarán determinar si la ausencia de multas económicas tendrá un impacto positivo en la conducta de los conductores y si se reducen los casos de corrupción. También se analizará si esta medida ha afectado la seguridad vial o si los ciudadanos continúan respetando las normas de tránsito sin la amenaza de sanciones económicas.
A diario son múltiples las infracciones que cometen conductores, en su mayoría, motociclistas en Bucaramanga. Un claro ejemplo de ello es el cruce que de manera irresponsable motociclistas realizan en la intercepción de la carrera 15 con calle 36 en el centro de la ciudad.En un video quedó registrado cómo, en cuestión de minutos, más de 20 conductores de motocicletas, sin importar el riesgo que representaba, realizaron una imprudencia cuando se cruzaron desde la carrera 15 hacia la calle 36 sin importar que podían chocar con cualquier vehículo que, al tiempo, llevaba la vía por el cambio de semáforo a verde por la calle 36 en sentido oriente – occidente y viceversa.La misma acción, pero en la intercepción de carrera 33 con calle 56, fue realizada por un motociclista que circulaba por la carrera 33 paso el semáforo y se detuvo en la mitad de la vía unos segundos, mientras pasaban varios carros para tomar la calle 56 en sentido oriente occidente, haciendo un cruce, además de prohibido, peligroso.Los videos dejan en evidencia una clara violación a las normas de tránsito y la falta de cultura de algunos conductores en Bucaramanga. Otra de las infracciones cometidas por conductores de carros y motocicletas es la de circular por el carril exclusivo de Metrolínea. Recientemente, la dirección de Tránsito realizó un operativo en el que 37 motocicletas fueron inmovilizadas e impusieron 10 comparendos a conductores de carros por no tener vigentes el SOAT, la revisión técnico-mecánica o licencia de conducción.Igualmente, las autoridades de tránsito impusieron sanciones por transporte informal y violación del pico y placa.
Los conductores en Colombia deberán cumplir un nuevo requisito para poder realizar la revisión tecnomecánica de sus vehículos, que se debe realizar cada año o de lo contrario se exponen a recibir saciones y multas, según el Código Nacional de Tránsito. De acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Transporte en una circular externa, los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) estarán obligados a verificar la vigencia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) antes de llevar a cabo este procedimiento.¿Desde cuándo empezarán a verificar Soat en la tecnomecánica?De acuerdo con el Ministerio de Transporte, esta nueva medida responde a la necesidad de fortalecer el cumplimiento de la normativa vial. Según datos del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), hasta septiembre de 2024, el 57 % de los vehículos no había realizado la revisión técnico-mecánica, y el 48 % carecía de un Soat vigente.Con el fin de abordar esta problemática, la circular establece que los CDA deberán, en un plazo máximo de tres meses desde el 24 de diciembre de 2024, verificar en tiempo real la vigencia del Soat de cada vehículo antes de realizar la revisión técnico-mecánica. Este control se realizará a través del sistema del Runt.Si el vehículo no cuenta con el seguro obligatorio, el CDA deberá reportar el caso al organismo de tránsito correspondiente, lo que derivará en la imposición de un comparendo.Qué se verifica en la tecnomecánicaLa revisión técnico-mecánica es un procedimiento obligatorio para garantizar que los vehículos que circulan por las vías del país cumplen con las condiciones mínimas de seguridad y cuidado ambiental, proceso que incluye la inspección de componentes esenciales como:CarroceríaNiveles de emisión de gasesSistemas mecánicos y eléctricosFrenos, dirección y suspensiónEstado de llantas y vidriosLa periodicidad de esta revisión varía según el tipo de vehículo y el servicio que presta:Servicio particular: primera revisión a los cinco años desde la matrícula, y luego anualmente.Servicio público, escolar y de turismo: primera revisión a los dos años desde la matrícula, y luego anualmente.Motocicletas: primera revisión a los dos años desde la matrícula, y posteriormente cada año.Sanciones para conductores que incumplanA partir del 1 de diciembre de 2025 iniciará la imposición de medidas sancionatorias contempladas en la ley, en otras palabras comparendos y multas por incumplir la revisión tecnomecánica y la falta de vigencia del Soat, que en 2025 son:Por no tener revisión tecnomecánica vigente: 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), equivalentes a $712.000 en 2025.Por no contar con el Soat vigente: 30 SMDLV, es decir, $1.423.500 en 2025.Adicionalmente, los vehículos podrán ser inmovilizados, generando costos adicionales por parqueadero y grúa.¿Por qué se tomó esta medida?El Ministerio de Transporte explicó que esta medida busca proteger derechos fundamentales como la vida, la seguridad vial y el medioambiente. Además, permitirá optimizar los recursos destinados a los programas preventivos de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), que dependen en parte de los ingresos generados por el Soat y la revisión técnico-mecánica.La implementación de esta nueva normativa también incluye el desarrollo de tecnologías por parte de la ANSV y la concesión RUNT 2.0 para automatizar el proceso de verificación y garantizar su efectividad.Cómo saber si tengo Soat vigentePara verificar si tiene el Soat vigente, se puede:Ingresar a la página web del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt)Seleccionar la opción "Consulta por placa"Introducir el número de placa del vehículoProporcionar el tipo de documento del propietarioCompletar el código captchaHacer clic en "Consultar información"
El Congreso avanza en la regulación de las apps de transporte privado intermediado por plataformas digitales como Uber, DiDi, InDriver y Cabify, una tarea necesaria que piden desde diferentes sectores en el país. Una de las principales propuestas incluidas en el proyecto de ley 136 de 2024 es la creación del Registro Único Nacional del Servicio de Movilidad Intermediado (Runsmi), un sistema que, de aprobarse, transformaría las condiciones bajo las cuales operan los conductores de estas aplicaciones y evitaría la inmovilización de sus vehículos.¿Qué es el Runsmi?El Runsmi será un registro nacional administrado por el Ministerio de Transporte, en coordinación con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), y que tendrá como objetivo centralizar la información de las plataformas digitales, los conductores, los propietarios de los vehículos y los carros habilitados para prestar el servicio.El proyecto establece un plazo de seis meses para la creación del Runsmi una vez sancionada la ley. Posteriormente, tanto los conductores como las plataformas tendrán un período adicional de seis meses para registrarse y cumplir con los requisitos exigidos.¿Qué requisitos habría para conductores?Para operar legalmente bajo esta normativa, los conductores deberán cumplir con una serie de condiciones específicas, entre las que se destacan:Registro obligatorio en el Runsmi: la información deberá actualizarse cada seis meses.Documentación al día: los vehículos deberán contar con Soat y revisión técnico-mecánica vigentes.Seguros adicionales: las plataformas deberán garantizar pólizas que cubran riesgos para conductores, pasajeros y terceros.Evaluación del servicio: los usuarios podrán calificar a los conductores.Tarifas dinámicas: permitidas según la oferta y demanda del servicio.¿Qué cambiaría en la ley colombiana?Otro de los cambios propuestos es la actualización del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, artículo que actualmente sanciona con multas y la inmovilización de vehículos a quienes presten servicios de transporte público no autorizado. La modificación busca especificar que los vehículos particulares registrados en el Runsmi podrán operar como transporte intermediado por plataformas digitales, lo que eliminaría o modificaría la infracción D12, que en 2024 equivale a una multa de 1.300.000 pesos.¿Qué pasará con las multas anteriores?A pesar de los beneficios que traerá esta regulación, las sanciones impuestas antes de su aprobación no serán anuladas. Según la abogada Danna Piñeros, consultora jurídica consultada por Blu Radio, las penalidades seguirán vigentes hasta que la normativa entre en vigor, lo que implica que los conductores sancionados anteriormente no serán exonerados.Por otro lado, la ley asignará a la Superintendencia de Transporte la inspección, vigilancia y control de los conductores que operen bajo esta modalidad. Por su parte, la Superintendencia de Industria y Comercio será responsable de regular las plataformas digitales.¿Qué faltaría para que sea ley?El proyecto de ley debe superar cuatro debates en el Congreso, dos en la Cámara de Representantes y dos en el Senado, además de un control previo por parte de la Corte Constitucional, control que verificará que la normativa cumpla con los requisitos formales y materiales exigidos para su entrada en vigor.
Desde el año 2010 hasta diciembre de 2024, miles de infractores de tránsito acumularon deudas con el municipio de Neiva. Para abordar esta situación, el Concejo Municipal aprobó en sesiones extraordinarias el proyecto de acuerdo 043, que otorgará alivios económicos a los deudores.La secretaria de Movilidad de Neiva, Edna Johana Cruz, informó que las multas pendientes superan los 103.000 millones de pesos. Este beneficio incluye descuentos de entre el 60 % y el 80 % en los intereses moratorios.Según explicó la funcionaria, los infractores podrán condonar el 80 % de los intereses si pagan el total del capital antes de marzo, o el 60 % si lo hacen antes de junio. Esta medida busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones.Edna Johana Cruz destacó que esperan recaudar gran parte de la cartera morosa antes del 30 de junio de 2025: "Los deudores morosos deberán pagar el 100 por ciento del capital y el 80 por ciento de los intereses hasta marzo y con el 60 % hasta el mes de junio” dijo a Blu Radio la secretaria de Movilidad sobre estos recursos, que serán -informaron desde la Alcaldía- destinados a mejorar la movilidad en Neiva mediante obras como la reposición de semáforos y nuevas señalizaciones.El proyecto aprobado en diciembre pasado por el Concejo de Neiva representa una oportunidad para que los conductores infractores se pongan al día y contribuyan al desarrollo del sistema de tránsito en la ciudad.
El Ministerio de Transporte, mediante una circular externa dirigida a las autoridades y organismos de tránsito del país, determinó un nuevo papel de los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) relacionados con la revisión tecnomecánica y el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat). Aumentarán controles de SoatEn virtud del artículo 180 de la Ley 2294 de 2023, la Agencia Nacional de Seguridad Vial implementará tecnologías para fortalecer la detección de infracciones relacionadas con la ausencia de Soat vigente y revisión técnico-mecánica, que se coordinarán con las entidades territoriales para garantizar la imposición de comparendos.Adicionalmente, los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) tendrán un papel clave en este proceso. La circular especifica que, en un plazo máximo de tres meses, los CDA deben verificar en tiempo real la vigencia del Soat de cada vehículo antes de realizar la revisión técnico-mecánica. ¿Qué tendrán que hacer los CDA con el Soat?Si el vehículo no cuenta con este seguro obligatorio, el CDA estará obligado a reportar el caso al organismo de tránsito correspondiente para que se emita el comparendo. El Ministerio de Transporte estableció las siguientes instrucciones:Los CDA deben verificar que todo vehículo sometido a revisión tecnomecánica cuente con el Soat vigente a través del sistema del Runt.En caso de incumplimiento, el CDA deberá reportar el hecho al organismo de tránsito correspondiente para la imposición de un comparendo.La ANSV y la concesión RUNT 2.0 realizarán las adecuaciones necesarias para automatizar este proceso.La circular también establece que, a partir del 1 de diciembre de 2025, las medidas sancionatorias contempladas en la ley serán plenamente aplicables, lo que incluye la imposición de multas por incumplir la revisión tecnomecánica y la falta de vigencia del Soat.¿Por qué los CDA revisarán el Soat?De acuerdo con el Ministerio de Transporte, la revisión y la vigencia del Soat son obligatorias para todos los propietarios o poseedores de vehículos automotores. La normativa establece que estas medidas son fundamentales para proteger derechos constitucionales como la vida, el medioambiente, la propiedad privada y la seguridad de las personas vulnerables afectadas por siniestros viales.Según datos del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), hasta septiembre de 2024, la evasión de la revisión alcanzó el 57 %, mientras que la del SOAT es del 48 %, cifras que , de acuerdo con la circular, impactan negativamente en los ingresos destinados a los programas preventivos de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).Multa por no tener Soat o tecnomecánica vigenteDe acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, conducir por las vías del país sin contar con un certificado de revisión tecnomecánica vigente, expedido por un CDA autorizado, tiene una multa de 15 smdlv, lo que en 2025 se traduce en unos 712.000 pesos.En 2025, la multa por conducir sin el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) al día es de $1.423.500, lo que equivale a 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV). Además, el vehículo será inmovilizado y se deberá pagar el parqueadero y el traslado en grúa.Cómo saber si tengo Soat vigentePara verificar si tiene el Soat vigente, se puede:Ingresar a la página web del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt)Seleccionar la opción "Consulta por placa"Introducir el número de placa del vehículoProporcionar el tipo de documento del propietarioCompletar el código captchaHacer clic en "Consultar información"
Este 6 de enero, festivo del día de Reyes, regresa la medida de pico y placa regional de ingreso a la capital del país una estrategia que según los reportes de la Secretaría Distrital de Movilidad ha ayudado a mejorar hasta en un 30% las velocidades de ingreso vehicular en Bogotá.Por esta razón, a la ciudad podrán ingresar desde las 12:00 m. hasta las 4:00 p.m. los vehículos con placa terminada en número par, es decir, 0, 2, 4, 6 ,8 y desde las 4:00 p.m. hasta las 8:00 p.m. los vehículos con placa terminada en 1, 3, 5, 7, 9.Cuál es la multa por pico y placa regionalLa medida trae consigo sanciones y multas para quienes incumplan, 15 salarios mínimos diarios tendrán que pagar los que decidan ingresar a la ciudad sin tomar en cuenta la restricción, es decir, cerca de $711.000 en 2025, además de la inmovilización por la que pagarán un valor de $199.300 para vehículos livianos y $218.300 para vehiculos medianos como es el caso de las camionetas.El pico y placa regional rige para todos los ciudadanos que circulen por los nueve vías principales de ingreso a Bogotá. Los residentes y visitantes de las zonas aledañas a estos corredores, deben planear sus recorridos para transitar de acuerdo con los números de placa de sus vehículos.A continuación, los nueve corredores donde opera el pico y placa regional de ingreso a Bogotá este lunes, 6 de enero de 2025:Autopista Norte: desde el peaje Andes hasta el portal Norte del sistema TransMilenio en sentido norte-sur.Autopista Sur: desde el límite municipal de Soacha hasta la av. Boyacá en sentido sur-norte.Avenida Centenario (calle 13): desde el río Bogotá hasta la avenida Ciudad de Cali (carrera 86) en sentido occidente-oriente.Calle 80: desde el Puente de Guadua hasta el Portal 80 del sistema TransMilenio en sentido occidente-oriente.Carrera 7: desde la calle 245 hasta la calle 183 en sentido norte-sur.Avenida Boyacá - vía al Llano: desde el túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano en sentido sur-norte.Vía Suba - Cota: desde el río Bogotá hasta la av. calle 170 en sentido norte-sur.Vía a La Calera: desde el peaje Patios hasta la av. carrera 7 en sentido oriente-occidente.Vía a Choachí: desde la vía a Monserrate hasta la avenida Circunvalar en sentido oriente-occidente.
En Colombia, la restricción al paso de motocicletas en ciertos túneles está fundamentada en criterios técnicos que buscan garantizar la seguridad vial, la salud de los conductores y la operación eficiente de estas infraestructuras. Consultado por Blu Radio, el Centro de Experimentación y Seguridad Vial (Cesvi Colombia) explicó que estas restricciones responden a diversos factores relacionados con la calidad del aire, el comportamiento del motor en condiciones específicas, la dinámica del flujo vehicular y la normativa vigente. ¿Por qué las motos no pueden transitar túneles en Colombia?Calidad del aire y acumulación de gases contaminantesEn túneles de gran longitud, la acumulación de emisiones vehiculares puede alcanzar niveles críticos debido a la falta de renovación constante de aire. “La concentración de gases como monóxido de carbono (CO) y dióxido de nitrógeno (NO₂) aumenta considerablemente en espacios confinados”, explica Cesvi.En el caso de las motocicletas, los conductores están directamente expuestos a estas emisiones al no contar con una cabina cerrada. Esto, combinado con el esfuerzo físico para maniobrar la moto y la mayor frecuencia respiratoria, incrementa el riesgo de inhalación de gases tóxicos, especialmente en túneles largos o con sistemas de ventilación limitados.Comportamiento del motor en condiciones de baja ventilación Los motores de combustión interna de las motocicletas dependen de una mezcla precisa de oxígeno y combustible para operar eficientemente. En túneles con insuficiente ventilación, la reducción de oxígeno puede provocar:Mezcla enriquecida: el exceso de combustible en relación con el oxígeno produce combustión incompleta, aumentando la emisión de monóxido de carbono (CO) y hollín.Reducción en la potencia del motor: la operación ineficiente afecta el rendimiento del motor, lo que puede ser crítico en túneles con pendientes pronunciadas.Sobrecalentamiento: la combustión incompleta genera calor adicional, incrementando el riesgo de daño en componentes críticos del motor y aumentando las emisiones contaminantes.Seguridad vial y dinámica del flujo vehicular Los túneles están diseñados para mantener un flujo constante de vehículos a velocidades entre 40 y 80 km/h. Aunque las motocicletas pueden alcanzar estas velocidades, presentan vulnerabilidades específicas. Según Cesvi, “en situaciones de frenado o evacuación, los motociclistas están en mayor peligro debido a su menor estabilidad y protección”. Además, su maniobrabilidad en espacios confinados puede generar riesgos adicionales de colisión.Normativa y regulación técnicaEl Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) otorga a las autoridades locales y concesionarios viales la facultad de implementar restricciones en túneles basadas en análisis técnicos. Estas decisiones consideran factores como:La longitud del túnel y los sistemas de ventilación.Los índices de accidentalidad histórica en la infraestructura.Las evaluaciones de seguridad vial para diferentes tipos de vehículos.
Las motocicletas han adquirido un papel fundamental en la movilidad de los colombianos, y se han consolidado como el medio de transporte más utilizado en el país. Con más de 12 millones de unidades registradas en 2024, representan el 62 % del parque automotor en circulación, según cifras del Runt.De acuerdo con la Cámara de Motocicletas de la Andi, tener moto en el país no solo responde a su accesibilidad económica, sino también a su versatilidad, especialmente en zonas rurales o con dificultades de acceso vial.Razones por las que las motos no pagan peaje en ColombiaEn este contexto, desde varios años ha habido una discusión entre conductores de motos y carros: la exención del pago de peajes en las carreteras nacionales, medida que es regulada por la ley 787 de 2002.La Ley 787 de 2002 establece que los peajes deben cobrarse a todos los usuarios de las vías, pero especifica excepciones que incluyen a las motocicletas, bicicletas, ambulancias, vehículos de bomberos y aquellos pertenecientes a las fuerzas militares y de policía, entre otros.Uno de los principales argumentos para mantener la exención es el menor peso de las motocicletas, que genera un impacto reducido en las carreteras en comparación con vehículos más pesados, como automóviles y camiones.Por otro lado, las motos son vistas como un medio de transporte asequible, especialmente para las personas de menores ingresos o en zonas rurales, donde su uso es vital para la conectividad y la economía local.¿Se les pondrá a pagar peaje a las motos?En los últimos años, se ha planteado la posibilidad de cobrar peajes a las motocicletas con cilindraje mayor a 500 centímetros cúbicos, argumentando que estos vehículos tienen un uso y capacidad que podrían justificar una contribución al mantenimiento vial.Sin embargo, esta propuesta no ha pasado de eso: una idea, que no apoyan todos.
Con el reciente aumento del salario mínimo en Colombia para 2025, que quedó establecido en $1.423.500, más un auxilio de transporte de $200.000, el costo de las multas de tránsito también se ajustó. Entre estas, el Código Nacional de Tránsito establece diferentes tipos de infracciones para los conductores, divididas por gravedad y costo de multa. Por ejemplo, las infracciones tipo D, como conducir sin Soat, tienen un costo de 30 smdlv, que en 2025 son $1.423.500.Cuál es la multa de tránsito más cara en 2025Según el Código, la sanción más alta se aplica a los conductores que reincidan en conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas, con multas que ascienden a 68.328.000 pesos.Esta multa corresponde a 1.440 smdlv, una sanción tipo F establecida para conductores que sean sorprendidos con tercer grado de alcoholemia (más de 150 mg de etanol/100 ml de sangre total) y que además hayan reincidido en esta conducta.El valor de las multas de tránsito en Colombia está basado en los salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv). Para el 2025, este valor aumentó debido al incremento del salario mínimo en un 9.54 %, lo que repercute directamente en las infracciones contempladas en el Código Nacional de Tránsito.Cuáles son los grados de embriaguez en ColombiaEl Código Nacional de Tránsito establece diferentes grados de alcoholemia, cada uno con sanciones que incluyen multas, suspensión de la licencia de conducción, inmovilización del vehículo y acciones comunitarias:Grado de EmbriaguezNivel de Alcoholemia (mg de etanol/100 ml de sangre total)Suspensión de Licencia de ConducciónNo clasificadoEntre 20 y 396 a 12 mesesPrimer gradoEntre 40 y 991 a 3 añosSegundo gradoEntre 100 y 1493 a 5 añosTercer gradoDesde 150 en adelante5 a 10 añosEn el caso más severo, correspondiente al tercer grado de embriaguez con reincidencia, la multa alcanza los 1.440 SMDLV, además de la cancelación definitiva de la licencia de conducción, 90 horas de acciones comunitarias y la inmovilización del vehículo por 20 días hábiles.Cuáles son las sanciones por reincidenciaLos conductores que reincidan en esta infracción no podrán acceder a descuentos por pronto pago ni a beneficios pedagógicos, tal como lo estipula la Ley 1696 de 2013. Además, dependiendo de la cantidad de veces que reincida:Primera vezGrado de EmbriaguezSuspensión de LicenciaMulta (smdlv)Horas ComunitariasDías de InmovilizaciónGrado cero1 año90201Primer grado3 años180303Segundo grado5 años360406Tercer grado10 años7205010Segunda vezGrado de EmbriaguezSuspensión de LicenciaMulta (smdlv)Horas ComunitariasDías de InmovilizaciónGrado cero1 año135201Primer grado6 años270505Segundo grado10 años5406010Tercer gradoCancelación7208020Tercera vezGrado de EmbriaguezSuspensión de LicenciaMulta (smdlv)Horas ComunitariasDías de InmovilizaciónGrado cero3 años180303Primer gradoCancelación3606010Segundo gradoCancelación7208020Tercer gradoCancelación1.4409020