La Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá recordó el alivio financiero dirigido a personas con deudas relacionadas con infracciones y multas de tránsito, así como otras obligaciones pendientes con la entidad. Este beneficio, establecido en el Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027, otorga un descuento del 80 % en los intereses de la deuda para quienes realicen el pago total del capital y el 20 % restante de los intereses.El alivio aplica únicamente para obligaciones que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio de 2022, como:Multas por infracciones a las normas de tránsito y transporte.Declaratorias de abandono.Acuerdos de pago suscritos, vigentes y en mora antes de la fecha mencionada.A quiénes no aplica el descuentoEl descuento no aplica para sanciones impuestas a conductores por manejar en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.Hasta cuándo hay plazo para tener descuentos en multas en BogotáEl plazo para acogerse a esta amnistía finaliza el próximo 13 de diciembre de 2024. Hasta el momento, cerca de 15.000 personas han aprovechado este alivio, aunque la Secretaría espera que más de 400.000 ciudadanos puedan ponerse al día con sus obligaciones. El subsecretario de Gestión Jurídica, Paulo Rincón, reiteró el llamado a los ciudadanos:“Hacemos un llamado a la ciudadanía para que se ponga al día con Bogotá antes del 13 de diciembre, haciendo el pago de sus obligaciones, con un 80 % de descuento en los intereses”.Cómo acceder al descuentoPara realizar el pago y acogerse al descuento, los interesados deben:Ingresar a la página oficial de la Secretaría de Movilidad en www.movilidadbogota.gov.co o utilizar la aplicación ‘Mi Movilidad a un clic’.Hacer clic en el botón ‘Consulta y Pago de Comparendos’.Consultar la información ingresando el tipo y número de documento de identidad o la placa del vehículo.Realizar el pago a través de PSE o en las sucursales del Banco de Occidente y Caja Social.Cómo saber si tengo multas de tránsitoLa verificación de sanciones de tránsito en Colombia por internet es una herramienta para mantener un registro de cualquier infracción que se pueda haber cometido y para evitar sorpresas desagradables.Acceso a la página web del SimitIngresa a la página web oficial de la Federación Colombiana de Municipios Simit, que es la plataforma autorizada para verificar y gestionar multas de tránsito en el país.Sección ‘Estado de cuenta’En todo el centro del portal web se encuentra el apartado para verificar el estado de cuenta, en el que se pueden consultar comparendos, infracciones y acuerdos de pago.Ingreso de datos personalesEn el espacio en blanco se debe escribir el número de identificación o, en su lugar, la placa del vehículo a consultar y de clic en el ícono de lupa que aparece a un lado del espacio para digitar.Consulta de multasUna vez se hayan ingresado los datos, se podrá realizar la consulta. El sistema procesará la información y mostrará un resumen de las multas de tránsito asociadas al número de identificación ingresado. Allí se tendrá la opción de ver detalles específicos de cada una, como la fecha, el lugar y el monto.Pago de multasSi se encuentra con alguna registrada, la plataforma también proporciona opciones para realizar el pago en línea. Podrá acceder a los detalles de cada infracción y seguir las instrucciones para completar el proceso de pago.Asimismo, el sitio web le permitirá también guardar un paz y salvo, un estado de cuenta o ver el historial de cursos viales
El parque automotor en Colombia está compuesto en su mayoría por motocicletas. De un total de unos 19 millones de vehículos registrados en el país, 12 millones son motos, lo que representa el 62 % del sector, según cifras del Runt.Ahora, el Senado de la República, bajo la presidencia de Efraín Cepeda, sancionó una nueva ley que elimina la inmovilización de motocicletas en Colombia por cinco infracciones de tránsito menores, un cambio que sí o sí beneficiará a millones de conductores en el país, pero no significa que dejarán de ser infracciones ni de que se aplique la sanción correspondiente.La medida fue promovida por varios congresistas, entre ellos el senador Alejandro Vega, quien argumentó que la inmovilización de motos en casos de infracciones menores representaba una “trampa de pobreza” para muchos motociclistas."Cinco infracciones de tránsito menores que hasta el día de hoy sancionaban con inmovilización de manera exclusiva a las motos en el país ya no serán sancionadas de esta manera gracias a una ley de nuestra autoría. Y es que esto no es un mensaje de impunidad. Las infracciones siguen vigentes y serán sancionadas con multa", explicó el senador Vega.Infracciones que ya no serán motivo de inmovilización para motosLa nueva normativa, que modifica el Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002), específicamente en los artículos 135 y 136, elimina la inmovilización para los siguientes casos considerados como infracciones menores:Transitar en contravía: circular en sentido contrario al estipulado en la vía o carril.No detenerse en señales de tránsito: pasar sin detenerse ante señales de “PARE”, semáforos en rojo o intermitentes.Circular en zonas peatonales o no autorizadas: conducir sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, zonas verdes o espacios destinados a vehículos no motorizados.Adelantar en lugares prohibidos: adelantar en bermas, túneles, puentes, curvas, pasos a nivel o al acercarse a la cima de una cuesta.Realizar maniobras peligrosas: conducir de forma que ponga en peligro la seguridad de las personas o de otros vehículos.Desde el Senado aclararon que estas infracciones seguirán siendo sancionadas con multas, pero ya no se impondrá la inmovilización de la motocicleta.¿Por qué ya no inmovilizarán motos en ciertas infracciones?El presidente del Senado, Efraín Cepeda, afirmó que con esta sanción se “saldaba una deuda de equidad hacia los motociclistas”, quienes, según denunciaban, eran afectados por sanciones que, en su mayoría, no se aplicaban de la misma forma a los conductores de otros vehículos. “Hoy como presidente del Congreso sancioné la ley que acaba con las inmovilizaciones de motos por infracciones menores, generando con ello una mayor equidad frente a la normatividad que rige a los conductores de carros”, puntualizó Cepeda.¿Cuándo entra en vigencia la ley?La ley, aunque ya fue sancionada el pasado 12 de noviembre, debe ser publicada en el Diario Oficial para que tenga plena vigencia en todo el país, con lo que marcará el inicio de la aplicación de la medida.Cómo tramitar por Internet salida de patiosLos trámites virtuales están disponibles para las personas que tengan su vehículo inmovilizado por una variedad de infracciones, que incluyen conducir sin licencia, transitar en horarios restringidos por la autoridad, no portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, entre otras.El trámite lo pueden realizar las personas que tengan su vehículo particular inmovilizado por las siguientes infracciones:B01: Conducir sin licencia de conducción.C14: Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente (pico y placa).D02: Conducir sin portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, ordenado por la Ley.H02: Conductor que no porte la licencia de tránsito.D03: Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.D04: No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de "PARE" o un semáforo intermitente en rojo.D05: Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.D06: Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel.D07: Conducir realizando maniobras altamente peligrosas.Para acceder a estos servicios virtuales o agendar una cita gratuita, los ciudadanos pueden dirigirse al sitio web oficial de la Secretaría de Movilidad de Bogotá: www.movilidadbogotá.gov.co , o al de Ventanilla Movilidad.
En Colombia, obtener y renovar la licencia de conducción es un requisito fundamental para todos los conductores, quienes deben someterse a pruebas médicas y de aptitud física, mental y motriz, con el fin de garantizar que cumplen las condiciones necesarias para operar vehículos en las vías del país. Las licencias se renuevan con diferente periodicidad, según la edad del conductor y el tipo de vehículo, además de que su renovación exige no tener multas pendientes ni infracciones de tránsito no saldadas.Sin embargo, un reciente proyecto de ley podría añadir un nuevo enfoque para el control de las licencias de conducción en el país. Este proyecto de ley, el 052 del 2024 en la Cámara de Representantes, fue impulsado por el congresista Daniel Carvalho, representante del departamento de Antioquia, y ya pasó el primer debate en la Comisión Sexta de la Cámara. La iniciativa tiene como propósito modificar la normativa actual para implementar un sistema de sanción por puntos, dirigido principalmente a quienes tramiten su licencia por primera vez, especialmente a jóvenes entre los 18 y 28 años.Cómo funcionaría la licencia de conducción por puntos El proyecto busca que cada conductor inicie con un puntaje específico en su licencia de conducción, el cual se reducirá conforme acumule infracciones. Según la propuesta, cada infracción cometida deducirá un número determinado de puntos, en función de la gravedad de la falta. Así, los conductores contarían inicialmente con 20 puntos, los cuales se irán descontando con cada infracción registrada en su historial de tránsito. La pérdida de puntos se aplicaría de la siguiente manera:2 puntos por infracciones del literal A del artículo 131 de la Ley 769.4 puntos por infracciones del literal B del artículo 131.6 puntos por infracciones del literal C del artículo 131.10 puntos por ciertas infracciones que se definirán con la aprobación de la norma.15 puntos por infracciones de los literales D y E del artículo 131, así como por exceder la velocidad permitida en más de 20 km/h.El sistema de sanción por puntos también establece que, si un conductor llega a perder todos los puntos en cuatro ocasiones, su licencia quedará suspendida temporalmente, y cada vez que esto ocurra, la suspensión se extenderá. La propuesta indica que, al llegar a una quinta ocasión, la licencia de conducción se cancelará de manera definitiva, sin opción de recuperación.Recuperación de puntosEl proyecto de ley también contempla la posibilidad de recuperar puntos en ciertas circunstancias. Solo podrán recuperarse aquellos puntos perdidos por infracciones del literal A y B del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito. Para esto, los conductores deberán realizar un curso de normas de tránsito, y, tras completar esta capacitación, recuperarán la mitad de los puntos perdidos. Sin embargo, este beneficio de recuperación de puntos no aplica a infracciones más graves, que seguirán acumulándose de forma definitiva en el historial del conductor.¿Reducirá la accidentalidad en Colombia?Según el proyecto, el principal objetivo de este sistema de puntos es mejorar la seguridad vial en el país, buscando reducir la cantidad de accidentes de tránsito y eliminar de las vías a los conductores reincidentes en infracciones. Sara Gutiérrez Ocampo, consultora nacional de seguridad vial de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) en Colombia, explicó a El Tiempo que los sistemas de sanción por puntos han demostrado reducir infracciones en países como Canadá, España, Italia, Corea y China. Estos sistemas se han mostrado efectivos en reducir infracciones comunes como el exceso de velocidad o la conducción bajo los efectos del alcohol, condiciones que representan un alto riesgo para la seguridad vial.Gutiérrez agregó que esta medida ha mostrado una reducción promedio de 5 % en los casos de traumatismos y defunciones, y en países como Italia, los datos indican que 18 meses después de implementar un sistema de puntos, las fatalidades disminuyeron un 18 %, mientras que las lesiones bajaron un 19 %.Este proyecto de ley ya fue aprobado en el primer debate de la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes y deberá sortear aún otros debates en la Cámara y en el Senado para su posible firma final.
En Colombia, las autoridades, desde hace años, implementaron una serie de sanciones específicas para controlar el ruido excesivo generado por carros, motos y buses, en un esfuerzo por reducir la contaminación auditiva en las vías del país. Estas sanciones están establecidas en el Código Nacional de Tránsito Terrestre, con base en una resolución de Ministerio de Educación, y aplican tanto a vehículos de servicio público como a particulares que excedan los niveles permitidos de decibeles.Para regular esta infracción, la Policía de Tránsito puede enviar a los vehículos que presenten sospecha de exceso de ruido a un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA), donde se miden los niveles de emisión sonora mediante dispositivos especializados, los cuales no pueden pasar los siguientes máximos:Tipo de vehículoNivel sonoro dB (A)Menos de dos toneladas83De dos a cinco toneladas85Más de cinco toneladas92Motociletas86Infracciones y multa por exceso de ruido en carrosDentro del Código Nacional de Tránsito, hay una serie de infracciones aplicables para aquellos conducotres que conduzcan con exceso de ruido, tales como:Comparendo B09Está dirigida a vehículos de servicio público que utilicen sistemas de sonido a volúmenes elevados, que incomoden a pasajeros y a usuarios de la vía. La multa es de 8 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), equivalente aproximadamente a $346.667 en 2024. Esta infracción no conlleva inmovilización del vehículo.Comparendo B23En el caso de los vehículos particulares, el comparendo B23 sanciona el uso de equipos de sonido, como radios y amplificadores, que sobrepasen los niveles máximos de ruido permitidos por la normativa. Además, esta infracción contempla el uso de pantallas o proyectores en la parte delantera del vehículo mientras está en movimiento. Al igual que en el caso del comparendo B09, la multa es de 8 SMLDV, es decir, alrededor de $346.667 para el año 2024, y tampoco resulta en la inmovilización del vehículo.Comparendo C28Este comparendo se aplica a conductores que instalen y utilicen sirenas, luces intermitentes de alta intensidad y otros dispositivos que generan ruido, los cuales están destinados exclusivamente para vehículos de emergencia. También sanciona el uso de accesorios como válvulas de escape, resonadores o pitos que aumenten el nivel de ruido. En este caso, la multa es de 15 SMLDV, equivalentes a unos $650.000 para 2024. Tampoco implica la inmovilización del vehículo.Comparendo D17Esta infracción es la sanción más alta para casos de contaminación acústica. Se impone cuando se detecta que un vehículo infringe las normas de emisión de ruido o de contaminantes. La sanción económica asciende a 30 SMLDV, lo que equivale a aproximadamente $1.300.000 en 2024.
En Colombia, las señales de tránsito juegan un papel fundamental para garantizar la seguridad vial y el buen flujo vehicular. Estas señales son reconocidas y utilizadas bajo el Código Nacional de Tránsito, el cual las clasifica en cuatro tipos principales: señales reglamentarias, preventivas, informativas y transitorias.Cada una de estas categorías tiene una función específica y su adecuado conocimiento es vital para los conductores y peatones.Qué significa la señal SR-28AEn las calles de Colombia, es común ver señales de tránsito que advierten sobre prohibiciones, sin embargo, una de las más confusas para los conductores es la SR-28A, por su similitud a la de prohibido parquear.La señal SR-28A aunque sí incluye la prohibición de no parquear, también agrega la restricción de no detenerse. Su uso es especialmente necesario en vías rápidas, arterias urbanas con alto flujo de tráfico y áreas de emergencia donde la detención de un vehículo podría obstruir la circulación, ocasionar accidentes o generar congestión.Además, puede estar delimitada a ciertos horarios, tipos de vehículos o zonas específicas, en cuyo caso lleva una leyenda adicional explicativa.¿Dónde se usa esta señal?Este tipo de señal se instala en áreas de alta movilidad o vías rápidas, como entradas y salidas de emergencias, para evitar obstrucciones que puedan poner en riesgo la seguridad de los usuarios.También se la puede ver del lado izquierdo de la vía, en caso de que la restricción aplique en ese costado específico, y se recomienda agregar una placa informativa que especifique “no parquear ni detenerse” mientras los conductores se familiarizan con la señal.Multa por no acatar la señalLa infracción por mal parqueo es una de las más frecuentes en Colombia y es sancionada según el Código Nacional de Tránsito, que es la normativa en el país bajo la que todo conductor debe regirse.Ignorar esta señal puede resultar en una multa de 650.000 pesos en 2024, además de la posible inmovilización del vehículo si el conductor no está presente al momento de la infracción.Dónde no se puede parquear en el paísLugares donde está prohibido estacionar en Colombia, según el artículo 76 de la ley 769:Frente a garajes de viviendas o locales comerciales.Sobre andenes, áreas verdes o espacios públicos: designados para peatones, recreación o conservación.En vías, arterias, autopistas, zonas de seguridad o dentro de intersecciones: lugares son especialmente peligrosos para estacionar.En vías principales y colectoras con indicación expresa de prohibición o restricción.En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en sus accesos.En carriles dedicados a transporte masivo sin autorización: incluyendo las paradas para vehículos de servicio público o personas con limitaciones físicas.En ciclorrutas o carriles dedicados o con prioridad al tránsito de bicicletas.A una distancia mayor de treinta (30) centímetros de la acera.En doble fila de vehículos estacionados, o frente a hidrantes y entradas de garajes o accesos para personas con discapacidad.En curvas.Donde interfiera con la salida de vehículos estacionados.Donde las autoridades de tránsito lo prohíban.En zona de seguridad y de protección de la vía férrea, en la vía principal, vías secundarias, apartaderos, estaciones y anexidades férreas.
Con la llegada de diciembre a unos días, ya se anticipa el anuncio del incremento en el salario mínimo 2025 en Colombia, una medida de alto impacto para el bolsillo de los ciudadanos y, a su vez, una referencia para las sanciones de tránsito en el país. Según las proyecciones, el Ministerio de Hacienda ha sugerido un incremento del 6.54 % para el salario, lo cual elevaría este ingreso básico mensual a alrededor de $1.385.020, un aumento de $85.020 en comparación con el mínimo de 2024.Cuánto subirán las multas de tránsito en 2025En el contexto de las multas de tránsito, el Código Nacional de Tránsito en Colombia establece que los valores de las sanciones deben calcularse en función de los salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv). En caso de confirmarse la propuesta de aumento salarial, los valores de las infracciones de tránsito también experimentarían un ajuste, por lo que, dependiendo del tipo de infracción, pagaría:Infracciones Tipo ALas infracciones tipo A acarrean actualmente una sanción equivalente a 4 smdlv. Si el salario mínimo aumenta a $1.385.020, cada smdlv equivaldría a aproximadamente $46.167. Por tanto, la multa de tipo A quedaría alrededor de $184.668, un ajuste en comparación con los $173.300 actuales.Entre estas infracciones se encuentran conductas como: Transitar por zonas prohibidasNo respetar las señales de tránsito.Transitar sin lucesInfracciones Tipo BLas infracciones de tipo B tienen una sanción equivalente a 8 smdlv. Bajo el nuevo salario mínimo propuesto, una infracción de este tipo costaría aproximadamente $369.336, un incremento frente a los $347.000 que se pagan actualmente por estas infracciones.Entre estas infracciones se encuentran conductas como: Conducir con licencia de conducción vencidaConducir sin ambas placasLavar el carro en vía pública o quebradas, ríos, y canales. Infracciones Tipo CPara las infracciones de tipo C, la sanción vigente es de 15 smdlv. Si el nuevo salario mínimo entra en vigencia, estas multas podrían costar cerca de $692.505, subiendo de los $650.000 que se aplican en 2024.Entre estas infracciones se encuentran conductas como: Parquear en lugares prohibidosNo utlizar cinturón de seguridadConducir con sobrecupo. Infracciones Tipo DLas infracciones de tipo D equivalen a 30 smdlv. Con el nuevo salario mínimo proyectado, la multa tipo D se elevaría a aproximadamente $1.385.020, mientras que en 2024 el valor de esta sanción es de $1.300.000.Entre estas infracciones se encuentran conductas como: Conducir sin SoatConducir en contravíaAdelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no reguladosInfracciones Tipo ELas infracciones tipo E tienen un valor de 45 smdlv. Con el aumento del salario mínimo, estas infracciones pasarían a tener un costo cercano a los $2.077.515, una variación respecto a los $1’740.000 actuales.Entre estas infracciones se encuentran conductas como: Negarse a prestar el servicio público sin causa justificada, siempre que dicha negativa cauce alteración del orden públicoProveer combustible a vehículos de servicio público con pasajeros a bordoTransportar en el mismo vehículo y al mismo tiempo personas y sustancias peligrosas como explosivos, tóxicos, radiactivos, combustibles no autorizados, etc.Infracciones Tipo FEl caso de las infracciones tipo F se refiere a los conductores que manejan bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas. Las sanciones en este grupo van desde 90 hasta 1.440 smdlv, dependiendo del grado de alcoholemia y reincidencia. Con el nuevo salario mínimo, el valor mínimo de la multa sería de $4.155.030 (por 90 smdlv) y podría llegar hasta los $66.480.960 en casos graves de reincidencia (por 1.440 smdlv). Actualmente, estos valores oscilan entre $3.900.000 y $62.400.000.Cabe recordar que estas estimaciones de sanciones están sujetas a la oficialización del salario mínimo 2025.
Con motivo del puente festivo de la Independencia de Cartagena, se espera una alta movilización de pasajeros en Colombia. Según datos del Ministerio de Transporte, se proyecta que 1'343.344 viajeros transiten en aproximadamente 127.725 vehículos desde terminales terrestres habilitadas.Por otro lado, en el transporte aéreo se calcula que 1'420.000 personas se desplacen tanto a nivel nacional como internacional. De estos viajeros aéreos, 315.000 se movilizarán hacia destinos internacionales y cerca de 1'105.000 lo harán dentro del país.En la víspera del puente, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) anunció un plan de inspección y control enfocado en estos días de alta movilización. Según la directora de la ANSV, Mariantonia Tabares, la medida busca reforzar el control y la pedagogía vial, con el objetivo de disminuir la siniestralidad en las carreteras.Multa por no llevar el kit de carreteraUno de los elementos que debe tener muy presente este puente festivo es llevar completo el kit de carretera en cada carro, tal como lo establece el artículo 30 del Código Nacional de Tránsito.La falta de este kit conlleva una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, que en el 2024 corresponde a aproximadamente 650.000 pesos, y para nadie es un secreto que en puentes festivos los controles aumentan mucho más.¿Qué elementos debe incluir este kit de carretera?Un 'gato': esencial para cambiar una llanta en caso de pinchazos.Una cruceta: necesaria para aflojar y apretar las tuercas de las llantas.Dos señales de carretera en forma de triángulo o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes: para señalizar el vehículo detenido en caso de avería o emergencia.Un botiquín de primeros auxilios: conteniendo elementos básicos para atender heridas y lesiones leves.Un extintor: vital para combatir incendios en caso de emergencia.Dos tacos para bloquear el vehículo: para evitar movimientos inesperados mientras se realizan reparaciones.Una caja con herramientas básicas: para cualquier tipo de reparación menor que pueda surgir en el camino.Una llanta de repuesto: pn caso de pinchazo o daño en una de las llantas del vehículo.Una linterna: para tener visibilidad en condiciones de poca luz o en la noche.Aunque estos son los elementos básicos exigidos por la normativa, se aconseja que el extintor sea del tipo 'BC', con una capacidad de 5 o 10 libras, ya que este tipo es más efectivo para mitigar incendios provocados por líquidos inflamables y/o combustibles a base de petróleo.Asimismo, el botiquín de primeros auxilios debe contener elementos como gasas estériles, algodón, vendas elásticas, entre otros, para poder atender una variedad de situaciones médicas de emergencia.
En Colombia, el Ministerio de Transporte y el Código Nacional de Tránsito regulan la obtención, renovación o recategorización de la licencia de conducción para todos los conductores en el territorio nacional.Dentro de las directrices que indica el código, hay una enfocada especialmente a los conductores mayores de 60 años. La normativa confirma que las licencias de conducción podrán no ser obtenidas o renovadas a aquellas personas en este grupo de edad que no cumplan con los exámenes médicos obligatorios requeridos para renovar su licencia, los cuales se deben realizar con mayor frecuencia a medida que el conductor envejece.Exámenes médicos obligatorios para conductores mayores de 60 añosDe acuerdo con la ley, todos los conductores deben mantener actualizada su licencia de conducción. Para ello, es necesario que cumplan con una serie de requisitos, entre los que se destacan exámenes de aptitud física, mental y de coordinación motriz.Estos exámenes son obligatorios para poder renovar la licencia, y solo pueden ser realizados en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado, el cual emite el certificado y lo registra en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).Para los conductores mayores de 60 años, la periodicidad de estos exámenes es más estricta que para los demás, debido a la tendencia de reducción en destrezas físicas y mentales que se asocia con el envejecimiento.Según el Ministerio de Transporte, la periodicidad de la renovación de licencias para personas mayores está fundamentada en la necesidad de evaluar que las condiciones físicas y mentales de los conductores se ajusten a los requisitos para manejar de forma segura.Vigencia de la licencia de conducción según la edad y el tipo de vehículoLa normativa establece diferentes períodos de vigencia para las licencias de conducción, dependiendo de la edad del conductor y del tipo de vehículo que maneje:Vehículos de servicio particular:10 años de vigencia para conductores menores de 60 años.5 años para conductores entre 60 y 80 años.1 año para conductores mayores de 80 años.Vehículos de servicio público:3 años de vigencia para conductores menores de 60 años.1 año para conductores mayores de 60 años.Por ejemplo, esto implica que, en el caso de los conductores mayores de 80 años, la licencia deberá renovarse anualmente, con la obligación de presentar y aprobar los exámenes médicos correspondientes en cada renovación.Si el conductor no cumple con esta exigencia o no logra aprobar las pruebas, no se le otorgará la renovación de la licencia, lo que le impedirá legalmente conducir en el país.Qué necesito para renovar mi licencia de conducciónAdemás de los exámenes médicos, existen otros requisitos para llevar a cabo la renovación de la licencia en Colombia:Documento de identidad original: se debe presentar el documento de identificación vigente al momento de la renovación.Registro en el Runt: el conductor debe estar inscrito en el sistema de Registro Único Nacional de Tránsito.Paz y salvo por infracciones de tránsito: es obligatorio estar al día en el pago de multas de tránsito. Cualquier infracción pendiente deberá ser cancelada antes de proceder con la renovación.Cómo renovar la licencia en ColombiaPara aquellos que cumplan con todos los requisitos, el proceso de renovación puede realizarse en la secretaría de Tránsito correspondiente o, en ciudades como Bogotá, a través de las Ventanillas Únicas de Servicios de Movilidad:Cumplir con los requisitos.Agendar una cita en el sistema de la secretaría de Tránsito o mediante plataformas como la aplicación ‘Mi Movilidad a un clic’ o el sitio web www.ventanillamovilidad.com.co.Asistir a la cita en el lugar y hora seleccionados.Presentar la documentación necesaria.Verificar la exactitud de los datos personales en la licencia emitida.Multa por no renovar la licencia a tiempoLas sanciones para quienes manejen con una licencia vencida o sin licencia son:Conducir sin portar la licencia: multa de $347.000.Conducir sin haber obtenido la licencia: multa de $1.300.000.Conducir con la licencia vencida: multa de $347.000.Presentar una licencia adulterada o ajena: multa de $650.000.Además de las multas, en ciertos casos, el vehículo podría ser inmovilizado por las autoridades de tránsito.Costos de la renovaciónPara el año 2024, los costos asociados a la renovación de la licencia de conducción son los siguientes:Automóvil: $118.700.Motocicleta: $204.000.
En Colombia, los conductores de plataformas de movilidad como Uber, Didi, Cabify e InDriver podrían quedar exentos de sanciones como la inmovilización de sus vehículos, siempre que operen dentro del marco legal.Esto sería posible si el Congreso aprueba un proyecto de ley estatutaria en curso, el cual tiene el propósito de regular el uso de estos servicios de transporte basados en aplicaciones digitales.No más inmovilizaciones para Uber, Didi, CabifyConsultada por Blu Radio, la abogada Danna Piñeros, consultora del departamento jurídico del Centro Jurídico Internacional, desmenuzó este proyecto. Piñeros destacó que la propuesta plantea que el Estado no debe limitar ni obstaculizar el uso de estas tecnologías, permitiendo que conductores de estas plataformas puedan circular sin el temor a multas o inmovilizaciones, en el marco de una futura regulación.“Esto implica que, en ejercicio del derecho a la libre movilidad, no habrá lugar a inmovilizar ni multar vehículos que trabajen con plataformas como DiDi, Uber, Cabify, inDriver, etc., siempre y cuando estos servicios se encuentren legalizados”, puntualizó.Además, explicó que, al reconocer el acceso a las tecnologías como un derecho fundamental, "busca que el Congreso defina y establezca la regulación bajo la cual estas nuevas herramientas puedan ser utilizadas", permitiendo que el Estado “garantice el acceso a estos servicios” y proteja el derecho a la libre movilidad.El proyecto de ley, que se inspira en una sentencia de la Corte Suprema de Justicia sobre el derecho fundamental al disfrute de avances tecnológicos, busca regular el funcionamiento de estas plataformas."La aparición de nuevas formas de acceso a los servicios de transporte requiere una actualización legal que refleje estos avances", señaló Piñeros en diálogo con Blu Radio.Qué necesita para convertirse en leyDe acuerdo con la abogada, este proyecto de ley estatutaria debe cumplir un proceso legislativo especial que incluye cuatro debates (dos en la Cámara de Representantes y dos en el Senado), además de un control de la Corte Constitucional.Según Piñeros, al ser una ley de carácter estatutario, debe “someterse a un control previo por parte de la Corte Constitucional, tanto para revisar posibles vicios de procedimiento en su formación como para analizar su contenido material”.Qué cambiaría en el Código Nacional de TránsitoPara que esta ley entre en vigor, sería necesario modificar el Código Nacional de Tránsito, en particular el artículo 131, el cual establece la infracción D12 que sanciona el transporte público no autorizado.Piñeros explicó que “el Código Nacional de Tránsito requerirá una actualización para dejar explícito que los vehículos particulares podrán prestar servicios de movilidad a través de plataformas digitales”.Qué pasaría con los carros inmovilizados o multados antesLa abogada aclaró que, aunque la ley represente un avance en la legalización de estos servicios, las multas e inmovilizaciones emitidas antes de la aprobación de la ley seguirán vigentes.En palabras de Piñeros, “las sanciones establecidas en el Código Nacional de Tránsito seguirán aplicándose hasta que el proyecto sea aprobado y regulado por el Estado”, lo cual significa que conductores multados anteriormente no serán exonerados de estas sanciones.Compromiso con los taxistasLa iniciativa también contempla una Estrategia Nacional de Desregulación para el sector de taxis que busca equilibrar las condiciones entre taxistas y plataformas de movilidad.De ser aprobada, esta estrategia daría al Gobierno un plazo de un año para reducir las barreras y cargas regulatorias que afectan al sector del taxismo en Colombia, y modernizar así su regulación y permitir una competencia más justa entre ambas modalidades de transporte.Perspectiva de género y prohibición de normativas regresivasEl proyecto también introduce un enfoque de género en el acceso a estos servicios de movilidad, buscando reducir las brechas que afectan a las mujeres en el uso de estas tecnologías.Además, establece que el Estado no podrá tomar medidas legislativas o administrativas que limiten el uso de estas plataformas una vez estén reguladas, evitando retrocesos en los derechos de acceso a tecnologías de movilidad digital.
En los exámenes de licencia de conducción existen preguntas que, a menudo, generan confusión, especialmente cuando se presentan imágenes de intersecciones sin señalización clara. Una de las preguntas más comunes, y a la vez más desafiantes, involucra determinar la prioridad en los cruces con múltiples vehículos, como el que se observa en la imagen más abajo.Para resolver esta situación en Colombia, es fundamental tener claro el artículo 70 del Código Nacional de Tránsito, con el fin de prevenir accidentes y asegurar el flujo seguro del tráfico.¿Qué vehículo tiene prioridad en esta intersección?Por ejemplo, los vehículos en el siguiente cruce:Vehículo A: viene por la izquierda y continúa en línea recta, sin cambios de dirección.Vehículo B: viene desde abajo y pretende cruzar hacia la izquierda.Vehículo C: viene desde la parte derecha tiene la intención de girar a la izquierda.De acuerdo con el Código, en cruces donde no existe señalización que indique quién debe ceder el paso, la prioridad la tiene el vehículo ubicado a la derecha de los otros. Sin embargo, la respuesta correcta en este caso es el carro A tiene la vía, por lo siguiente:En esta situación, el vehículo A tiene prioridad absoluta porque va a continuar recto, sin realizar ningún giro. Esto se basa en la norma que prioriza a los vehículos que siguen de frente en intersecciones, sobre aquellos que desean girar. Así que, en primer lugar, el vehículo A debe cruzar la intersección.Una vez que el vehículo A ha cruzado y ya no interfiere, la prioridad de paso se establece con base en la posición relativa de los vehículos restantes. Aquí, el vehículo C tiene prioridad sobre el vehículo B, ya que C está a la derecha de B. Según el Código Nacional de Tránsito, en ausencia de señalización, el vehículo ubicado a la derecha debe pasar primero.Quién tiene la vía y cómo hacer un cruceEs útil recordar algunas de las reglas adicionales establecidas en el Código Nacional de Tránsito para intersecciones, ya que pueden aplicarse en situaciones similares:Cuando dos vehículos intentan girar al mismo lado en una vía de doble sentido, la prioridad la tiene el que va a girar a la derecha.En pendientes, tiene prioridad el vehículo que sube.En glorietas, la prioridad es para el vehículo que ya está dentro de la glorieta, en movimiento.Si dos vehículos en sentido opuesto se encuentran en una intersección y uno va a girar a la izquierda, el que sigue derecho tiene prioridad.Para giros a la izquierda o derecha, el conductor debe buscar previamente el carril más cercano al sentido de giro, asegurando el flujo adecuado al ingresar a la nueva vía.
La Cámara de Comercio se suma a las voces negativas al proyecto de ordenanza del gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, para cobrar la sobretasa de seguridad en los servicios públicos. Desde la entidad argumentaron que la cuenta de servicios no debe ser utilizada como un mecanismo para recaudar impuestos.No sólo alcaldes, Fenalco Antioquia y el Comité Intergremial se han mostrado en desacuerdo frente a este proyecto que propone incluir un impuesto para la seguridad en los servicios públicos, pues ahora, la Cámara de Comercio también se ha opuesto a esta iniciativa.En el comunicado emitido por la entidad, mencionan que, a pesar de que comparten con el gobernador la preocupación por la seguridad en el departamento, hay particularidades que afectan a la ciudadanía lo que no haría viable tal impuesto. Según Lina Vélez, presidenta ejecutiva de la Cámara de Comercio, la cuenta de servicios no debería ser utilizada como un mecanismo para recaudar impuestos."Hay circunstancias que afectan a las empresas y ciudadanos, como el alza considerable en las tarifas de servicios públicos a causa de la no entrada a tiempo de nueva generación de energía, el fenómeno de El Niño y el consecuente bajo nivel de los embalses, sumado al impacto del Índice de Precios al Productor. Desde un análisis técnico, la cuenta de servicios no debe ser utilizada como un mecanismo para recaudar impuestos ni otras tasas tributarias, porque se trata de cargos ajenos a la naturaleza del servicio recibido", explicó la presidenta.Desde la entidad, realizaron una petición a los actores responsables para que busquen otras alternativas para reforzar esquemas tecnológicos que permitan incrementar los niveles de seguridad en el departamento.
En el último día del Congreso Internacional Todos los Protegemos, el alcalde Federico Gutiérrez Zuluaga lideró la firma de la Declaratoria Medellín, un acuerdo de varias instituciones para prevenir y atender las violencias sexuales en contra de niñas, niños y adolescentes, con acciones articuladas para la erradicación de esta problemática.El documento fue suscrito por entidades públicas y sectores como transporte, salud, telecomunicaciones, hotelería, comercio, cajas de compensación, delegados de la Embajada de Estados Unidos, del Consulado de Perú y de la Organización de las Naciones Unidas. Gutiérrez reiteró que es lamentable que en muchos casos los abusadores de los niños estén “en el portarretratos de la casa”."Lo primero es afianzar la articulación. Con Policía tenemos una dinámica muy clara de atención permanente que viene funcionando, con la embajada de los Estados Unidos, uno de los grandes aliados, si no tuviéramos ese apoyo no hubiéramos podido dar muchos de esos golpes que se han dado tanto en Colombia como en Estados Unidos, esto es reafirmar eso", manifestó.Como parte de la apuesta contra delitos que afectan a los niños y niñas, este año en Medellín se han inadmitido 42 extranjeros por delitos de explotación sexual y alrededor de 300 en el país, lo que se suma a que van 12 extranjeros capturados por este delito, un aumento del 1.100 % en este indicador frente al 2023.Según detalló el mandatario, este pacto tiene como apuestas fortalecer a las familias, desarrollar las capacidades institucionales para una atención integral de los menores de edad, implementar acciones conjuntas, promover el principio de la corresponsabilidad, consolidar estrategias de prevención y respuesta frente a las violencias sexuales, afianzar la cooperación internacional, fomentar el intercambio de información para la toma de decisiones y educar en el uso de las tecnologías para evitar violencias en entornos digitales.
Abogados de la Dirección Territorial Apartadó de la Unidad de Restitución de Tierras (URT) radicaron una demanda que busca restablecer los derechos territoriales del pueblo ancestral Zenú, como una comunidad víctima del conflicto armado en la región de Urabá antioqueño.Se trata de 1.019 hectáreas, ubicadas entre los municipios de Necoclí Arboletes, donde habitan 3.080 indígenas que integran 976 familias, quienes han sido víctimas durante más de 30 años y ahora buscan reparación integral de sus derechos a través de la restitución de su territorio y medidas que garanticen la restauración de los daños sufridos. El director territorial de la URT en Apartadó, José Alberto Kunzell se refirió al respecto."Con esta demanda buscamos que los jueces reconozcan la reparación integral a esta comunidad como víctima del conflicto. Asimismo, que esa sentencia reconozca la formalización del territorio y reconozca los derechos territoriales de la comunidad", manifestó.El resguardo indígena El Volao está compuesto por diez comunidades Zenú, que han sufrido reclutamiento forzado, masacres, asesinatos a líderes, desapariciones, desplazamientos masivos, confinamiento, despojo y abandono. Por ello, para la lideresa Aida Suárez, la demanda es un hito."Es un logro esperado y es un día trascendental para nosotros como comunidad, como mujeres, como jóvenes, como docentes que soñamos algún día ser reparados después de tantos años de olvido, de maltrato, de violación, que hemos tenido algunas asistencias como tal, pero que no han sido suficientes", indicó Suárez.De acuerdo con la comunidad, el asesinato en 1995 de José Elías Suárez, gobernador del cabildo mayor, por parte del Ejército Popular de Liberación (EPL), marcó la historia colectiva de las comunidades pertenecientes al resguardo y debilitó el proceso organizativo al interior del territorio. Esto generó un ambiente de zozobra que llevó a la comunidad a salir de sus casas y a dormir reunidos en el monte, por temor a que se cometieran más asesinatos en contra de sus líderes por parte del Epl, las Auc y otros grupos armados presentes en la zona.Dentro de las pretensiones de la demanda, concertadas con el resguardo, se busca la puesta en marcha de una estrategia para la prevención del reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes; medidas de protección individuales y colectivas en favor de la comunidad, especialmente de los líderes, autoridades y la concertación de un plan integral para la búsqueda de sus líderes desaparecidos en el marco del conflicto.
El Metro de la 80 en Medellín es una obra de más de 13 kilómetros que conectará a la ciudad entre las estaciones Caribe y Aguacatala en el sistema actual, por nuevas rutas que comprenden 17 estaciones por el occidente de la ciudad.Aunque traerá beneficios en materia de movilidad para la ciudad, hoy los recursos enredan el proyecto. En el 2020 se suscribió un convenio por ley de metros y quedó establecido que el gobierno aportaría el 70 % de la plata, mientras que el otro 30 la Alcaldía de Medellín.“Ya lo que son las vigencias futuras, el Distrito ya cumplió, ya les cumplimos a tiempo. Más de 70.000 millones de pesos y el Gobierno nacional tenía que haber puesto 483.000 millones de pesos y no han llegado”, señaló el alcalde Federico Gutiérrez.Por su parte, el concejal de Medellín Alejandro De Bedout realizó un derecho de petición al Gobierno nacional haciendo esta misma pregunta y desde el Ministerio de Hacienda admitieron que “los recursos no han sido asignados, toda vez que están sujetos a la disponibilidad de caja de Nación, como es de conocimiento público, el incumplimiento en las metas de recaudo durante la presente vigencia ha obligado a replantear las metas en el gasto”, afectando así al Metro de la 80.“Tengo información que, al Metro de Bogotá, que es una obra también muy importante bajo la ley de metros 7030, ya le hicieron los desembolsos. 600.000 millones de pesos ha recibido el Distrito de Bogotá por parte de la Nación y viene cumpliendo. ¿Por qué con Medellín y Antioquia no? ¿Cuál es el odio que hay con Medellín y con esta región?”, dijo el concejal.A su vez, el Metro de Medellín señaló que los recursos de la obra están garantizados porque se hizo un préstamo con entidades bancarias. Esto quiere decir que, si el Gobierno no cancela la deuda de 483.000 millones de pesos el 31 de diciembre, el metro podría entrar en una crisis por cuenta de esos créditos.“La entrega de recursos por parte del Gobierno nacional y el Distrito se van a mayor plazo para eso fue necesario tener un crédito para poder ejecutar el proyecto este crédito nos da nosotros la salvedad que vamos a tener el flujo de caja para cumplir con todas nuestras obligaciones. Sin embargo, es muy importante y estamos esperando los recursos del Gobierno nacional para poder cubrir con las obligaciones estos 483.000 millones de pesos y las cifras que nos tiene que entregar el año 2025-2026 cubrir no solamente las condiciones del crédito, sino también todos los recursos y el flujo de caja que vamos a tener después de los créditos”, explicó Antonio Toro, profesional de la empresa de transporte.Otro de los problemas es el de los moradores, que no ven justos los avalúos de las viviendas que tienen que ser adquiridas para la construcción del proyecto.“Los avalúos que nos están presentando en estos momentos son avalúos que están en un 50% o 60% por debajo del valor comercial de cada una de las propiedades. Están basados en una zona geoeconómica homogénea de las cuales el alcalde Federico cambió una ley de orden nacional a un decreto distrital para que esta zona fuera en la base para los avalúos que nos están presentando”, indicó Luis Bernal, uno de los afectados por las obras.El Metro de la 80 también tiene un déficit de 1.1 billones de pesos, desagregados de un desfase financiero de 510.000 millones de pesos y la necesidad de construir intercambios viales con otros 665 mil millones de pesos.Ahora, la preocupación es que el Gobierno nacional se atrase con este pago de 2024 y de ahí en adelante se acumulen los de 2025 por 497.000 millones y 2026 por 512.000 millones de pesos. La obra va en un 27 % de ejecución y se estima que inicie operación comercial en 2028.
En un hito significativo para la aviación en Colombia, este 21 de noviembre llegó al país el nuevo avión de la flota de Satena, la aerolínea estatal de Colombia, que espera la incorporación de siete aeronaves adicionales en los próximos meses. Se trata de su primer avión Twin Otter DHC-6 Serie 400 de matrícula FAC-1400 y HK-5452-X. Este equipo es el primero de una flota de ocho aeronaves destinadas a mejorar la conectividad en las zonas más apartadas del país. El mayor General Óscar Zuluaga, presidente de Satena, encabezó la recepción de la aeronave, que representa un salto tecnológico y operativo para la aerolínea estatal. Este avance marcó un momento crucial para la conectividad aérea en el país, especialmente en aquellas regiones remotas donde las opciones de transporte son limitadas.Aeronaves diseñadas para superar desafíosEl nuevo avión incorporado es una aeronave tipo STOL (Short Take-Off and Landing), especialmente diseñada para operar en pistas cortas y no preparadas, ideales para acceder a regiones apartadas con difíciles condiciones geográficas y climáticas. Además, cuenta con tecnología avanzada que prioriza la seguridad operacional, uno de los pilares fundamentales de la aerolínea.Satena promete tarifas más accesibles Uno de los aspectos más destacados es el impacto económico positivo para los pasajeros. Los vuelos regulares y programados de Satena tendrán tarifas que oscilarán entre $180.000 y $250.000 pesos, dependiendo de la distancia. Esto no solo hace el transporte más asequible, sino también más predecible y organizado, eliminando la especulación de precios en regiones de difícil acceso."Con estas aeronaves, los colombianos podrán viajar a regiones apartadas de manera económica y segura, sabiendo que cuentan con su aerolínea para conectarlos con el resto del país", concluyó Zuluaga.Las tripulaciones que volarán este equipo, en su mayoría compuestas por pilotos militares de la Fuerza Aérea Colombiana, han recibido un riguroso entrenamiento en Calgary, que incluyó simuladores avanzados de clase D, asegurando que las operaciones se realicen bajo los más altos estándares de seguridad.