La Comisión Séptima del Senado de la República se alista para votar en primer debate un proyecto de ley que busca la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en materia del cuidado de los hijos, con medidas como ampliar la licencia de paternidad en casos específicos.
La iniciativa plantea extender el término de la licencia de paternidad para partos prematuros o múltiples por el doble de la que tienen los padres en partos únicos o a término, es decir, que sea de 15 y no de 8 días.
El proyecto también contempla extender la estabilidad laboral reforzada o prohibición de despido sin justa causa a los cónyuges o compañeros permanentes, a propósito de la licencia de paternidad.
Uno de los ponentes de esta norma es el expresidente y hoy senador Álvaro Uribe Vélez, quien presentó una aclaración de ponencia en la cual pide que esa extensión de la licencia en las situaciones mencionadas sea no remunerada, lo cual significa que el trabajador podría tomar los días adicionales, pero sin recibir salario o pago alguno.
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El argumento principal es la supuesta afectación a las finanzas del sector salud, especialmente del Régimen Contributivo, en más de 5.000 millones de pesos, teniendo en cuenta que Uribe lo califica de “alto impacto económico en el Sistema de Salud”.
“Por lo anterior, se propone una licencia de paternidad de 15 días, de los cuales 8 días serán remunerados y el tiempo restante, 7 días, a libre elección del trabajador, serán no remunerados. De esta manera, se aleja del impacto fiscal este proyecto de ley que tiene tanta importancia, contenido social y familiar”, puntualiza el documento presentado al secretario general de la Comisión, Jesús María España.
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En ese orden, el Artículo que propone el congresista quedaría de la siguiente forma:
“El cónyuge o compañero permanente tendrá derecho a ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad en partos únicos a término. Cuando se trate de partos prematuros y/o múltiples, será potestativo del trabajador solicitar la ampliación de la licencia por 7 días más, que corresponden a licencia no remunerada y que deberá ser concedida por el empleador”.
La pregunta que se hacen otros miembros de esa célula legislativa es si con ese condicionamiento un padre de familia querrá acogerse al “beneficio”. La discusión alrededor de este tema no será fácil.
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