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UNAL pide al Consejo de Estado ampliar tiempo para entregar acta de designación de Leopoldo Múnera

Luego de admitir las demandas, el alto tribunal solicitó a la Secretaría General adjuntar las actas donde se designó como rector al profesor Leopoldo Múnera y donde se corrige la elección de José Ismael Peña.

Leopoldo Múnera
Leopoldo Múnera /
Foto: El Espectador

La Universidad Nacional de Colombia (UNAL) ya se pronunció sobre la firma del acta que el pasado 6 de junio designó al profesor Leopoldo Múnera como rector de este plantel educativo y que ya ha generado cuatro demandas de nulidad de este acto administrativo ante el Consejo de Estado.

Luego de admitir las demandas, el alto tribunal solicitó a la Secretaría General adjuntar las actas donde se designó como rector al profesor Leopoldo Múnera y donde se corrige la elección de Jose Ismael Peña.

Frente a esta solicitud, la profesora María Fernanda Lara Díaz, secretaria general de la Universidad Nacional, aclaró el procedimiento y el conducto regular que se tiene para la firma del acta 10 del 6 de junio de 2024, correspondiente a la designación del profesor Leopoldo Múnera Ruiz como rector de la Institución.

“ARTÍCULO 20. Elaboración de las Actas. Todas las sesiones y decisiones del Consejo Superior Universitario se harán constar en actas que firmarán la Presidencia y la Secretaría Técnica. Estas se numerarán consecutivamente con indicación del día, mes y año en que se expidan y deberán ser elaboradas dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la sesión y enviada a todos los integrantes del Consejo.

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ARTÍCULO 21. Aprobación de las Actas. Las y los integrantes del Consejo Superior Universitario tendrán cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la remisión de esta para enviar sus observaciones, en caso contrario, el acta se entenderá aprobada […]”.

Según estos lineamientos, y tal como asegura la Secretaria General, “a la fecha ya se surtió el proceso de elaboración del acta de la sesión 10, y el 26 de junio se remitió a los integrantes del Consejo Superior Universitario para cumplir con el procedimiento de aprobación descrito en el artículo 21 del Reglamento Interno, procedimiento para el cual los integrantes cuentan con 5 días hábiles para remitir sus observaciones”

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Por lo mismo, desde la Secretaría General se respondió solicitando ampliación del plazo para dar respuesta al requerimiento, por cuanto el procedimiento para la elaboración y aprobación de actas establecido en el reglamento interno del Consejo Superior Universitario contempla unas etapas y tiempos que se encuentran en curso y forman parte del conducto regular de lo estipulado en la normativa de la Universidad.

La profesora Lara, secretaria General, afirmó que “ya se está llevando a cabo de manera transparente y con todas las garantías” y a su vez envió “un mensaje de confianza a la comunidad universitaria sobre el proceso que se está llevando a cabo conforme a la normatividad vigente”

Recordemos que en su primer encuentro con la comunidad universitaria, el pasado 26 de junio, el profesor Múnera, hoy rector de la universidad más grande del país, dijo que acatará la decisión del Consejo de Estado, sea cual sea, porque en su posesión juró respetar la Ley y la Constitución Política.

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