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Tumban decreto que permitía a arrendatarios de comercios devolver los locales

El decreto permitía y regulaba temporalmente la terminación unilateral de los contratos de arrendamiento de los locales comerciales en todo el país

373972_Locales en arriendo // Foto: BLU Radio
Locales en arriendo // Foto: BLU Radio

Este jueves, la Sala Plena de la Corte Constitucional, con votación de cinco contra cuatro, declaró inconstitucional el decreto legislativo 797 de 2020.

El decreto permitía y regulaba temporalmente la terminación unilateral de los contratos de arrendamiento de los locales comerciales en todo el país para las actividades más afectadas por la emergencia del COVID-19 y que por la crisis en ese momento no estaban habilitadas para reabrir.

El decreto 797 habilitaba a los arrendatarios terminar de forma unilateral los contratos hasta el pasado 31 de agosto y se imponía la obligación de pagar un tercio de la cláusula penal pactada sin sanciones adicionales posteriormente.

Salvaron el voto los magistrados Richard Ramírez Grisales, Antonio José Lizarazo, Gloria Stella Ortiz Delgado y Cristina Pardo.

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