Con una multa de $172.619.940, la Superintendencia de Industria y Comercio, sancionó a Claro por, según el organismo, no atender las peticiones, quejas y/o reclamos (PQR) de sus usuarios.
Por esas mismas razones, sancionó a ETB con $109.023.120
“La investigación inició a partir de las quejas presentadas por usuarios, en donde se logró comprobar que los proveedores no respondieron las PQR presentadas en los términos establecidos por la ley, por lo que las sancionadas deberán atender de manera favorable las pretensiones de los usuarios al haberse configurado el Silencio Administrativo Positivo”, dice el organismo en un comunicado.
El organismo recordó que el silencio administrativo positivo aplica cuando el operador:
1. No contesta la PQR en un periodo de 15 días hábiles.
2. Responde a la PQR superando el tiempo legalmente establecido.
3. El operador responde, pero no pone la decisión adoptada en conocimiento del usuario.
4. La respuesta del operador es incompleta. Cuando esto se configura, el operador debe atender en forma favorable las pretensiones formuladas por el usuario en la PQR y se puede ver sujeto a sanciones por parte de esta Autoridad, como en el presente asunto.