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¿Qué significa el estado de emergencia decretado por el presidente Duque?

BLU Radio consultó a expertos sobre el significado de esta medida. El artículo 215 de la Constitución Política lo fija.

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Coronavirus_Colombia_Estado de Emergencia // Foto: Referencia AFP

Este martes, el presidente Iván Duque anunció su decisión de declarar estado de emergencia en todo el territorio nacional. Es una facultad que la Constitución política le da exclusivamente al presidente para que, en casos excepcionales, declare junto con la firma de todos sus ministros, una emergencia social y económica y pueda mediante decretos con fuerza de ley, conjurar la crisis.

Expertos consultados por BLU Radio explicaron que cuando no se declara el estado de excepción de emergencia social y económica no tendría facultades para decidir sobre impuestos y medidas de orden público y en ese caso tendría que radicar una ley que se demoraría.

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“El presidente lo puede decretar en eventos donde se ve amenazado el orden social o se advierta una grave calamidad pública. En cuanto a las formalidades, se requiere la firma de sus ministros. Y podrá ser por periodos de 30 días sin exceder los 90. La primera consecuencia del estado de emergencia es que el presidente queda facultado para expedir decretos con fuerza de ley”, dijo el abogado Óscar Sierra Fajardo, secretario general del Colegio de Abogados Penalistas.

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El artículo 215 señala:

“Cuando sobrevengan hechos distintos de los previstos en los artículos 212 y 213 que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá el presidente, con la firma de todos los ministros, declarar el Estado de Emergencia por períodos hasta de treinta días en cada caso, que sumados no podrán exceder de noventa días en el año calendario. Mediante tal declaración, que deberá ser motivada, podrá el presidente, con la firma de todos los ministros, dictar decretos con fuerza de ley, destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos”.

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El abogado Alejandro Magaldi, constitucionalista de la Universidad Externado, señaló que de esta manera con la medida se suple la autoridad normativa que tiene el Congreso mientras dura la crisis.

“En este caso es de tipo sanitaria, social. Se enmarca en la situación que vive Colombia. El objetivo es que el presidente tenga facultades que permitan la salida a la crisis”, señaló.

Julio Orozco, abogado y experto académico, considera que el presidente Duque ha pulseado bien la situación. “El Ejecutivo se hace a poderes especiales que no le son disponibles en condiciones normales”.

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