
El eje central de la propuesta es el reconocimiento de un incremento anual y proporcional del valor del contrato de prestación de servicios, ajustado con base en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el Dane . Este reajuste aplicará siempre que el contrato haya sido prorrogado automáticamente, y tiene como finalidad compensar los efectos de la inflación, garantizando al contratista una remuneración justa y acorde con el costo de vida actual.
El proyecto también busca consolidar una política estatal que asegure al contratista una remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad del trabajo realizado. Esto permitiría cubrir necesidades básicas como vivienda, salud, educación y recreación, contribuyendo a una vida digna tanto para el contratista como para su núcleo familiar.
Otro punto clave es la prohibición para las entidades contratantes de modificar las condiciones económicas del contrato una vez haya sido prorrogado. Se pretende salvaguardar la expectativa y confianza legítima del contratista de que sus honorarios no serán desmejorados, protegiendo así su estabilidad económica y contractual.

Finalmente, el proyecto contempla una medida contra una práctica común y nociva: la ejecución de labores sin contrato formal durante los primeros meses del año. En muchos casos, contratistas prestan servicios en enero, febrero y marzo sin tener un contrato vigente, bajo la expectativa de renovación. Esta situación, calificada como ilegal, deja al trabajador sin remuneración ni garantías. La iniciativa propone responsabilizar a las entidades por permitir esta situación y obliga al reconocimiento y pago retroactivo de los honorarios correspondientes a ese tiempo trabajado.
Con este proyecto, se busca avanzar en la protección laboral de miles de contratistas en Colombia, reduciendo las brechas de desigualdad con los trabajadores vinculados por contrato laboral y reconociendo la dignidad y el valor del trabajo en el sector público.