Está listo el decreto con el que el Gobierno Nacional oficializa la declaratoria de desastre por las emergencias generadas por lluvias . El documento establece que las obras de reconstrucción de viviendas afectadas en la emergencia no requerirán expedición de licencias urbanísticas. Además, el Ministerio Hacienda deberá garantizar que el fondo nacional de gestión del riesgo cuente con recursos suficientes para atender la crisis.
“Mientras esté vigente la situación de desastre y previa evaluación de daños y análisis de necesidades que adelante el respectivo municipio y con observancia del Plan de Acción Específico, las obras de reconstrucción de viviendas, equipamiento, y establecimientos de comercio, o infraestructura agropecuaria que hayan sido afectadas en virtud de los hechos que motivan la presente declaración de desastre, no requerirán la expedición de licencias urbanísticas”, se lee en el documento.
Además, especifica que será la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo la encargada de elaborar el plan de acción especifico para la reconstrucción de todas las áreas afectadas, que se encuentran principalmente en el Chocó, La Guajira, Bogotá y Santander.
El Gobierno también estableció que el Ministerio de Hacienda deberá garantizar al fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres los recursos para enfrentar la emergencia. “El Gobierno nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, garantizará que en todo momento el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres cuente con recursos suficientes que permitan asegurar el apoyo a las entidades nacionales y territoriales en sus esfuerzos encaminados a realizar las actividades contempladas en la fase de respuesta y las actividades contempladas en el Plan de Acción Específico para la Recuperación de las zonas afectadas”.
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