El presidente Gustavo Petro sancionó el pasado 31 de julio la Ley 2307 que establece la gratuidad en los programas de pregrado en las instituciones de educación superior públicas en el país, la cual deberá ser reglamentada en los próximo seis meses por el Ministerio de Educación.
“A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el Gobierno nacional garantizará la financiación necesaria para asegurar la gratuidad en el valor de la matrícula de los programas de pregrado en instituciones de educación superior pública”, establece el artículo segundo de la ley.
Pero además se ordena al Gobierno nacional que se promuevan medidas para enfrentar la deserción y garantizar la permanencia y terminación de los procesos formativos de los jóvenes, en ese sentido se pide reglamentar el acceso a auxilios de manutención.
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“El Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Educación Nacional, desarrollará de forma progresivo, de acuerdo o lo disponibilidad presupuestal anual, programas intersectoriales que permitan asignar apoyos para el sostenimiento de los estudiantes colombianos matriculados en programas de pregrado de los instituciones de educación superior públicos”, se advierte.
Y se señala que para dicho auxilio se deben priorizar a: "Los pertenecientes o grupos poblacionales en condiciones de vulnerabilidad de acuerdo con lo focalización socioeconómica Sisbén lV o el instrumento que hago sus veces definido por el Departamento Nocional de Planeación, víctimas del conflicto armado, los que pertenezcan o las comunidades étnicas: indígenas, ROM, raizales, afrodescendientes y palenqueras, así como a quienes pertenezcan a población con discapacidad, madres cabeza de familia y jóvenes graduados como. bachilleres de colegios oficiales ubicados en las zonas rurales del país".
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“El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Educación, se encargará de establecer los requisitos académicos poro lo permanencia de los estudiantes beneficiarios de lo gratuidad en lo matrícula. Asimismo, establecerá las medidas a imponer a los estudiantes que dejen su proceso de formación inconclusa y hayan sido beneficiarios de la gratuidad en la matrícula”, puntualiza la ley.
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