El presidente Gustavo Petro y el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, firmaron el Decreto 444 de 2023 en el cual se establecen más de 20 medidas para reducir los gastos de funcionamiento de las entidades del Gobierno nacional y que establecen nuevas condiciones para el pago de viáticos, la contratación de personal, la inversión en publicidad y hasta la remuneración por vacaciones para los funcionarios.
Las primeras medidas tienen que ver con la planta de personal, solo se podrán hacer modificaciones de la misma cuando sea a costo cero o se generen ahorros para la entidad y solo habrá excepción para aquellas reformas que avale la Presidencia y que se consideren prioritarias para cumplir las políticas del Gobierno. Adicionalmente, para contratar por prestación de servicios o como apoyo a la gestión, deberá haber una justificación explícita de la necesidad de ese contrato.
Sobre la remuneración a los funcionarios, se dispone que se deben adelantar acciones para reducir o racionalizar el pago de horas extra solo para aquellas que sean “estrictamente necesarias”, además que los trabajadores deben hacer uso de sus periodos de vacaciones sin que se acumulen y no se pueden remunerar en dinero, solo en caso de retiro.
También se establece para los gastos de arrendamiento de sedes de entidades que se debe reducir sus montos, por ejemplo, implementando planes de teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa, que el mantenimiento de las sedes solo se debe hacer para casos de seguridad o cuando no se puedan cumplir las funciones y además “las entidades deberán abstenerse de iniciar cualquier tipo de contratación que implique mejoras suntuarias u ostentosas, tales como el embellecimiento, el ornato, la instalación o adecuación de acabados estéticos de bienes inmuebles”.
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“Las entidades deberán promover y dar prelación a los encuentros virtuales y no presenciales sobre las actividades que impliquen desplazamiento físico de los servidores públicos, de manera que estos sean mínimos y plenamente justificados”, señala el artículo sexto del decreto.
Tiquetes y viáticos
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Se reitera que los tiquetes deben comprarse en clase económica aunque se establecen algunas excepciones, por ejemplo, en aquellos casos en los cuales los ministros de despacho tengan por objeto promover y gestionar el financiamiento de la Nación, o que el vuelo tenga una duración de más de ocho (8) horas.
Ya no se reconocerán gastos de transporte cuando los funcionarios se desplacen en vuelos de comitiva oficial y en los aviones de la Fuerza Área dispuestos para el presidente de la República o la vicepresidenta: “Los gastos de viaje se autorizarán únicamente si no están cubiertos por la entidad o por las entidades que organizan los eventos”.
“Cuando la totalidad de los gastos para manutención y alojamiento que genere la comisión de servicios sean asumidos por otro organismo o entidad, no habrá lugar al pago de viáticos", dice.
También le pone talanquera a los delegados oficiales porque las entidades deberán soportar con documentos que la participación de los funcionarios es absolutamente necesaria y la “necesidad de la asistencia del número plural de sus servidores, individualizando la justificación por cada uno de ellos, según el empleo que desempeña”.
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“Toda comisión de servicios y de estudios al exterior de servidores públicos de entidades que pertenecen a la rama ejecutiva del orden nacional, debe justificar la exigencia de la presencia física y deberá contar con la autorización previa del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República”.
Eventos oficiales
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El Gobierno del presidente Petro se ha caracterizado por la realización de eventos para distintas radicaciones de reformas como la salud y la laboral, así como la presentación del Plan Nacional de Desarrollo, también se convocó a un evento a la plaza de armas para un discurso del presidente Petro desde el balcón de Palacio de Nariño.
Sin embargo, en el decreto se establece que ahora hay condiciones para eventos como por ejemplo que se privilegie la virtualidad, darle prioridad a espacios institucionales si se hace presencial, coordinar su realización con otras entidades del Estado, racionalizar la entrega de refrigerios y almuerzos, así como privilegiar el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones para reducir el uso de papel.
Quedará prohibida la realización de recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos del presupuesto general de la Nación: “Se exceptúan de la anterior disposición los gastos que efectúe el departamento administrativo de la Presidencia de la República y los gastos para reuniones protocolarias o internacionales que requieran realizar los ministerios de Relaciones Exteriores, de Comercio, Industria y Turismo (exclusivamente para actividades encaminadas al fomento del comercio exterior)”.
Las entidades deberán abstenerse de adquirir regalos corporativos, souvenirs o recuerdos. No se financiarán regalos corporativos ni artículos promocionales o de mercadeo y queda prohibido el otorgamiento de condecoraciones de cualquier tipo que generen erogación.
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“Se exceptúan las condecoraciones que debe otorgar el Ministerio de Defensa Nacional Fuerzas Militares y Policía Nacional que deban otorgar para dar cumplimiento a los estatutos de carrera y las disposiciones en materia de estímulos y ascenso, las cuales deberán generar un ahorro en los gastos causados por estos conceptos por lo menos del 10 %, respecto a la vigencia anterior”.
Seguridad
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La Unidad Nacional de Protección iniciará una revisión a los esquemas de seguridad de los servidores públicos del Gobierno nacional en procura de reducir su conformación. Adicionalmente se deberá hacer un seguimiento a las horas extra que se pagan a los integrantes de los esquemas.
Sobre la compra de vehículos, solo se podrá hacer cuando los mismos tengan más de 6 años de uso y la necesidad de su cambio esté debidamente justificada con estudios que demuestren la conveniencia de su renovación. Pero también se advierte que se debe demostrar la necesidad en el uso de estos vehículos durante los fines de semana.
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