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JEP imputa a 'Pablo Catatumbo' y otros exjefes guerrilleros por crímenes cometidos en Nariño

La Sala de Reconocimiento recopiló casos de desplazamientos masivo, violencia sexual, reclutamiento y homicidios, que se cometieron en tres municipios del departamento

Imputación de la JEP.jpg
Imputación de la JEP //
Foto: JEP

La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, llamó al excomandante de la extinta guerrilla de las Farc 'Pablo Catatumbo' y otros 14 exjefes guerrilleros a reconocer su responsabilidad por crímenes cometidos en los municipios de Ricaurte, Tumaco y Barbacoas, Nariño, durante el conflicto armado. Según datos recopilados por la Sala de Reconocimiento, estos delitos afectaron especialmente a los pueblos indígenas, el pueblo negro afrocolombiano y las comunidades campesinas.

En esa zona del país, la guerrilla tenía una política de control territorial y social cuyo objetivo era cooptar organizaciones, controlar territorios, obtener fuentes de financiamiento y regular el comportamiento de la población civil. Por esto, las estructuras que tenían presencia en estos municipios cometieron graves delitos como masacres, asesinatos selectivos y desapariciones forzadas, pues solo entre 1997 y 2016 se documentaron 314 asesinatos selectivos. Los pueblos étnicos fueron confinados y se registraron casos de reclutamiento de menores y violencia sexual contra mujeres y niñas, incluso se presentaron casos de esclavitud sexual, según informó la JEP.

El territorio también se vio afectado pues hubo destrucción de la naturaleza y por estos hechos deberán responder Pablo Catatumbo Torres, conocido como 'Pablo Catatumbo', Édgar López Gómez, conocido como 'Pacho Chino', Luis Eduardo Carvajal Pérez, conocido como 'Rambo o Gustavo', Hedier Espinosa Feria, conocido como 'Cachorro', Groelfi Rodríguez Moreno, conocido como 'Ramiro Cortés', entre otros.

"Los crímenes ejecutados por los máximos responsables de la extinta guerrilla de las FARC-EP determinados en el Caso 02 generaron daños graves, diferenciados y desproporcionados contra las mujeres y niñas, las personas con orientación sexual e identidades y expresiones de género diversas, las comunidades campesinas, las poblaciones urbanas y rurales el pueblo negro afrocolombiano y los pueblos indígenas" aseguró la magistrada Belkis Izquierdo.

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Las personas imputadas deberán enviar un documento a la JEP asumiendo su responsabilidad o negando su participación en los hechos, si consideran que no son responsables por estos hechos irán a juicio y de ser vencidos podrían incurrir en una pena de hasta 20 años de prisión.

"Con relación al daño individual se determinaron aquellos de naturaleza: (i) física, relacionados con la vida e integridad personal y que consisten en lesiones y alteraciones físicas, deterioro de la salud y desarrollo de enfermedades, entre otros; (ii) psicológicos y emocionales, asociados a trastornos de estrés postraumático, ansiedad, depresiones, traumas, miedos y afectaciones en las relaciones con otras personas, la pareja, la familia, la comunidad, y el entorno físico, social y cultural" explicó la JEP.

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