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Estas son las reglas del cese al fuego bilateral entre Gobierno y disidencias de 'Iván Mordisco'

Las partes acordaron el respeto de los derechos y libertades de la población civil, así como de la naturaleza.

Disidencias 'Iván Mordisco'
Disidencias 'Iván Mordisco'
Foto: AFP

Entre los acuerdos alcanzados entre el Gobierno nacional y las disidencias de las Farc al mando de ‘Iván Mordisco’ está el cese al fuego bilateral y nacional por tres meses, que contará con un Mecanismo de Veeduría, Monitoreo y Verificación.

Las delegaciones pactaron las reglas de juego de este cese que se podría ir prolongando a medida que avancen las negociaciones, que se harán enColombia en zonas donde hay presencia de este grupo ilegal.

El primer acuerdo del cese es respetar la vida en todas sus formas, incluyendo la naturaleza y los derechos de la población civil, y en particular de las comunidades étnico-territoriales. En este periodo también se debe garantizar la movilidad de las disidencias en los espacios geográficos acordados, con el objetivo de promover las transformaciones territoriales y las tareas del mecanismo de monitoreo.

"La fuerza pública continuará con el cumplimiento de la misión constitucional y legal en todo el territorio nacional, en vigencia del Estado Social de Derecho, en el marco del acuerdo de cese y sus respectivos protocolos. Evitar acciones ofensivas e incidentes armados entre la fuerza pública y el Estado Mayor Central de las Farc-Ep. Evitar situaciones que pongan en riesgo el cumplimiento del acuerdo de Cese al Fuego Bilateral", señala el documento.

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El mecanismo de monitoreo recolectará la información y verificará que se cumplan efectivamente los protocolos, hará informes y podrá calificar como incumplimientos los actos prohibidos. A partir de la firma de este protocolo, empezaron a regir 13 compromisos entre las dos partes.

"No afectar los derechos y libertades de la población civil. No ejecutar actos de violencia o de discriminación contra la población civil, incluidos aquellos por razones de género, étnicas, religiosas o políticas. No incurrir en infracciones al Derecho Internacional Humanitario -DIH-, en particular el Protocolo II de 1977, adicional a los Convenios de Ginebra de 1949. No realizar operaciones militares ofensivas, operaciones especiales de la Policía Nacional y acciones ofensivas entre el Estado Mayor Central de las Farc-Ep y la fuerza pública", señala el documento.

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Se debe mantener en todo momento un lenguaje respetuoso entre las partes, la información recolectada no se puede utilizar como ventaja militar, no se puede obstaculizar el trabajo de las misiones médicas y humanitarias o la atención de enfermos graves y heridos.

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