Por un error en la imputación de los cargos por parte de la Fiscalía, una juez penal de Bogotá ordenó la libertad de Nilson Díaz y Carolina Galván, padrastro y madre de , Sara Sofia Galván, la menor desparecida desde comienzos del año.
La Juez decretó la nulidad de la imputación y la acusación de los dos detenidos porque la comunicación de los cargos efectuada por la Fiscalía el pasado 18 de marzo, no cumplió con los requisitos de claridad y precisión que exige la ley penal y por ende podría afectar el derecho de defensa de los acusados.
En consecuencia se declara la nulidad de lo actuado desde la audiencia de imputación celebrada el 18 de marzo de 2021 de acuerdo con las consideraciones en precedencia y una vez se informe la presente decisión deberá devolverse la actuación a la Fiscalía para lo pertinente. Así mismo, se ordena la libertad inmediata de Carolina Galván y Nilson Díaz, en tanto no tengan requerimientos pendientes de otra autoridad
La Fiscalía inicialmente presentó apelación a la decisión de la juez, sin embargo, posteriormente decidió retirarla para darle agilidad al proceso y deberá hacer una nueva solicitud de audiencia para presentar una nueva imputación y acusación contra los presuntos autores de la desaparición de la menor Sara Sofía.
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“La Fiscalía desiste del recurso de apelación para que a través de una audiencia de formulación de imputación, que se haga oportunamente, se puedan enmendar los yerros que usted ha planteado”, concluyó el fiscal Arsenio Velandia.
Por su parte, la Procuraduría estuvo de acuerdo en la decisión de la juez en el sentido de que, “de no haberse tomado la medida, se vulnerarían los derechos de los detenidos y de las víctimas”.
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La Juez explicó que como hechos jurídicamente relevantes, la Fiscalía hizo una lectura desordenada de la denuncia presentada por la tía de la menor. La pequeñaaún es buscada por las autoridades.
Explicó en qué radicaron sus falencias.
“Contrariando a lo establecido de tiempo atrás por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en el sentido de no confundir hechos jurídicamente relevantes con
hechos indicadores y medios de prueba, tales como la denuncia entrevistas informes etcétera", dijo.
"Además, contrariando los mínimos requisitos que debe reunir esta audiencia, no delimito cuál o cuáles fueron los delitos cometidos y la participación de cada imputado en el o los mismos, ni tampoco especificó las circunstancias de tiempo modo y lugar en que se cometieron las conductas punibles”, añadió la juez.
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Escuche la información en el audio adjunto:
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