El Consejo de Estado le ordenó al presidente Gustavo Petro retractarse por las declaraciones que hizo durante la II Asamblea General del partido Colombia Humana, en las que calificó de "asesinos" a quienes gritaban la consigna "Fuera Petro".
La decisión fue emitida en respuesta a una tutela interpuesta por unos ciudadanos, quienes señalaron que las afirmaciones del presidente Petro vulneraron sus derechos al buen nombre, la honra y la presunción de inocencia.
Fue durante su discurso el pasado 17 de agosto de 2024, cuando el jefe de Estado relacionó a los manifestantes que usaban la consigna "Fuera Petro" con los responsables del asesinato de miles de militantes de la Unión Patriótica, dicha expresión fue interpretada por los demandantes como un ataque directo a su derecho de ejercer oposición política y protesta pacífica.
En su defensa, el equipo jurídico de la presidencia argumentó que las declaraciones del presidente se hicieron en ejercicio de su libertad de expresión y dentro del contexto de un discurso político. Sin embargo, este alto tribunal, tras analizar el caso, determinó que las declaraciones de Petro excedieron los límites permitidos, debido a su carácter general y despectivo, afectando los derechos fundamentales de los ciudadanos.
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“Ordenar al señor presidente de la República, doctor Gustavo Francisco Petro Urrego que, en el término de cinco días contados a partir de la notificación de la presente providencia, ofrezca disculpas públicas por haber llamado "asesinos" a las personas que han gritado "fuera Petro".
Las disculpas deberán publicarse en las cuentas de las redes sociales de la Presidencia de la República, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y la cuenta personal de X petrogustavo”, señala la decisión.
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El tribunal recordó que, si bien los funcionarios públicos tienen derecho a la libertad de expresión, este derecho debe ejercerse con responsabilidad, especialmente cuando sus declaraciones pueden afectar la reputación de terceros. Además, subrayó que la protesta y la participación política son derechos protegidos por la Constitución, y no pueden ser objeto de descalificación.